Malvinas: Balance y Perspectiva. Una alternativa de Solución?

 

 

ANEXO DOCUMENTAL

RESOLUCION 38/12 APROBADA POR LA ASAMBLEA GENERAL de ONU, del 6 de diciembre de 1983.

[sin remisión previa a una Comisión Principal (A/38/L.12)]

Cuestión de las Islas Malvinas

La Asamblea General,

Habiendo examinado la cuestión de las Islas Malvinas (Falkland), Consciente de que el mantenimiento de situaciones coloniales es incompatible con el ideal de paz universal de las Naciones Unidas,

Recordando sus resoluciones 1514 (XV) de 14 de diciembre de 1960, 2065 (XX) de 16 de diciembre de 1965, 3160 (XXVIII) de 14 de diciembre de 1973, 31/49 de 1 de diciembre de 1976 y 37/9 de 4 de noviembre de 1982,

Recordando asimismo las resoluciones 502 (1982 de 3 de abril de 1982 y 505 (1982) de 26 de mayo de 1982 del Consejo de Seguridad,

Habiendo recibido el informe del Secretario General sobre su misión de buenos oficios

Lamentando la falta de progreso en el cumplimiento de su resolución 37/9,

Consciente del interés de la comunidad internacional en que los Gobiernos de la Argentina y del Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte reanuden sus negociaciones a fin de encontrar a la brevedad una solución pacífica a la disputa de soberanía referida a la cuestión de las Islas Malvinas (Falkland),

Tomando en cuenta la existencia de una cuestión de hecho de las hostilidades en el Atlántico Sur y la intención manifestada por las partes de no reanudarlas,

Reafirmando la necesidad de que las partes tengan debidamente en cuenta los intereses de la población de las Islas Malvinas (Falkland) de conformidad con lo establecido por la Asamblea General en sus resoluciones 2065 (XX), 3160 (XXVIII) y 37/9,

Reafirmando asimismo los principios de la Carta de las Naciones Unidas sobre el no uso de la fuerza o la amenaza del uso de la fuerza en las relaciones internacionales y la solución pacífica de las controversias internacionales,

1. Reitera su petición a los Gobiernos de la Argentina y del Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte de que reanuden las negociaciones a fin de encontrar a la mayor brevedad posible una solución pacífica a la disputa de soberanía referida a la cuestión de las Islas Malvinas (Falkland);

2. Toma nota del informe del Secretario General sobre el cumplimiento de la resolucion 37/9 de la Asamblea General 1/;

3. Pide al Secretario General que continúe su misión renovada de buenos oficios a fin de asistir a las partes en el cumplimiento de lo solicitado en el párrafo 1 supra, adoptando con tal propósito las medidas adecuadas;

4. Pide al Secretario General que presente un informe a la Asamblea General en su trigésimo noveno período de sesiones acerca de los progresos realizados en el cumplimiento de la presente resolución;

5. Decide incluir en el programa provisional de su trigésimo noveno período de sesiones el tema titulado «Cuestión de las Islas Malvinas (Falkland)».

Trigésimo noveno período de sesiones

Tema 26 del programa