Malvinas: Balance y Perspectiva. Una alternativa de Solución?

 

 

ANEXO DOCUMENTAL

RESOLUCION 39/6 APROBADA POR LA ASAMBLEA GENERAL de ONU, del 6 de noviembre de 1984.

[sin remisión previa a una Comisión Principal (A/39/L.8)]

Cuestión de las Islas Malvinas (Falkland)

La Asamblea General,

Habiendo examinado la cuestión de las Islas Malvinas (Falkland) y recibido informe del Secretario General 1/,

Recordando sus resoluciones 1514 (XV) de 14 de diciembre de 1960, 2065 (XX) de 16 de diciembre de 1965, 3160 (XXVIII) de 14 de diciembre de 1973, 31/49 de 1 de diciembre de 1976, 37/9 de 4 de noviembre de 1982 y 38/12 de 16 de noviembre de 1983, así como las resoluciones 502 (1982) de 3 de abril de 1982 y 505 (1982) de 26 de mayo de 1982 del Consejo de Seguridad,

Reafirmando los principios de la Carta de las Naciones Unidas sobre el no uso de la fuerza o la amenaza del uso de la fuerza de en las relaciones internacionales por medios pacíficos y recordando que, a este respecto, la Asamblea General reiteradamente ha pedido a los Gobiernos de la Argentina y del Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte que reanuden las negociaciones a fin de encontrar a mayor brevedad posible una solución pacífica, justa y definida a la disputa de soberanía referida a la cuestión de las Islas Malvinas (Falkland),

Observando con preocupación que, no obstante el tiempo transcurrido desde la adopción de la resolución 2065 (XX), aquella prolongada controversia aún no ha sido resuelta,

Consciente del interés de la comunidad internacional en que los Gobiernos de la Argentina y del Reino Unido resuelvan sus diferencias, de acuerdo con ideales de las Naciones Unidas de paz y amistad entre los pueblos,

Tomando nota del comunicado emitido por los representantes del Gobierno de Suiza y del Gobierno del Brasil en Berna el 20 de julio de 1984 2/,

Reafirmando la necesidad de que las partes tengan debidamente en cuenta el interés de la población de las Islas Malvinas (Falkland) de conformidad con lo establecido por la Asamblea General en sus resoluciones 2065 (XX), 3160 (XXVII), 37/9 y 38/12,

1. Reitera su petición a los Gobiernos de la Argentina y del Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte de que reanuden las negociaciones a fin de encontrar a la mayor brevedad posible una solución pacífica a la disputa de soberanía y sus restantes diferencias referidas a la cuestión de las Islas Malvinas (Falkland);

2. Pide al Secretario General que continúe su misión renovada de buenos oficios a fin de asistir a las partes en el cumplimiento de los solicitado en este párrafo 1 supra, adoptando con tal propósito las medidas adecuadas;

3. Pide al Secretario General que presente un informe a la Asamblea General en su cuadragésimo período de sesiones acerca de los progresos realizados en el cumplimiento de la presente resolución;

4. Decide incluir en el programa provisional de su cuadragésimo período de sesiones el tema titulado «Cuestión de las Islas Malvinas (Falkland)».