Anuario de Relaciones Internacionales, Año 1995

 

Informe del Comité de Derechos Humanos

Presentado a la Asamblea General en su

cuadragésimo noveno período de sesiones

 

Islandia

El Comité, resaltando los aspectos positivos, se congratula de que una nueva ley establezca la separación entre el Poder Judicial y el Poder Ejecutivo, así como por los cambios introducidos en el sistema y procedimientos judiciales; también por la ley sobre la igualdad de condición y derechos de la mujer y el establecimiento de los Comités de la Igualdad de los Derechos a nivel municipal.

Sugiere y recomienda a Islandia que incorpore las disposiciones del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos en la legislación interna en un pie de igualdad con los instrumentos regionales de derechos humanos, que considere la posibilidad de modificar la Constitución a fin de reflejar las disposiciones del mencionado Pacto, que reexamine la necesidad de mantener las reservas, con miras a retirarlas y que adopte medidas a fin de dar mayor difusión a sus disposiciones.

Noruega

El Comité, resaltando los aspectos positivos, se congratula por el nivel alcanzado en el respeto de los derechos humanos, por la ratificación del Segundo Protocolo Facultativo del Pacto sobre abolición de la pena de muerte; destaca el esfuerzo realizado respecto de la promoción de la educación de derechos humanos en las escuelas y universidades, así como la capacitación para los miembros de la Policía; acoge con satiafacción la creación de órganos investigadores independientes para estudiar las denuncias de delitos perpetrados por miembros de la policía, cuyos informes han sido seguidos por una serie de enjuiciamientos. Asimismo celebra la concesión a los extranjeros del derecho de voto y a desempeñar un cargo público.

Sugiere y recomienda a Noruega anular las disposiciones anticuadas de la Constitución, en relación con la libertad de conciencia, religión y expresión y adecuarlas al Pacto; y se estudie la reserva hecha al art. 14 del Pacto, con miras a retirarla.

 

Japón

El Comité, resaltando los aspectos positivos, menciona la mejora de la situación de los derechos humanos en el país, la ayuda del Japón a la promoción de los derechos humanos en el plano internacional, la conciencia de la sociedad de este país de las disposiciones del Pacto, que se confirma en el interés de organizaciones no gubernamentales japonesas.

El Comité sugiere y recomienda al Japón que ratifique ambos Protocolos Facultativos del Pacto y la Convención contra la Tortura y Otros Tratos o Penas Crueles, Inhumanos o Degradantes; que enmiende la legislación relativa a los niños nacidos fuera del matrimonio y que tome medidas tendientes a abolir la pena de muerte.

Rumania

El Comité, resaltando los aspectos positivos, subraya los cambios producidos en relación al avance hacia la democracia y el pluralismo, la reforma de la legislación interna [en especial la constitucional] que permite al Pacto y otros instrumentos de derechos humanos ocupar una posición superior en la jerarquía jurídica; destaca también la abolición de la pena de muerte y la adhesión al Primer y Segundo Protocolo Facultativos.

Sugiere y recomienda a Rumania que garantice que todas las leyes sean compatibles con las disposiciones del Pacto, que tome medidas para luchar contra las actitudes racistas y xenófobas, que ejerza un mayor control sobre la policía debido al reciente pasado autoritario del que está saliendo la sociedad, que fortalezca la situación de la mujer y los niños en la igualdad de oportunidades, que procure reducir la mortalidad infantil y que aliente la cultura de la independencia en el poder judicial.

México

El Comité, resaltando los aspectos positivos, menciona el establecimiento de la Comisión Nacional de Derechos Humanos encargada de realizar investigaciones y de formular recomendaciones al gobierno, la preparación de una legislación para reprimir la tortura e indemnizar a las víctimas de esa práctica, la ampliación del derecho de voto y la posibilidad que se ofrece a organizaciones no gubernamentales de llegar con su trabajo a todo el territorio del país.

Sugiere y recomienda a México que dote a la Comisión Nacional de Derechos Humanos de los poderes necesarios para un funcionamiento eficaz e independiente, que se investiguen los casos de ejecuciones extrajudiciales, torturas y detenciones arbitrarias, lleve a juicio y castigue a los culpables e indemnice a las víctimas; sugiere por otra parte la adopción de medidas que permitan velar por una representación equitativa del cuerpo electoral en su totalidad y para que los escrutinios se realicen sin fraude.

Camerún

El Comité, resaltando los aspectos positivos, menciona la creación de un Comité Nacional de Derechos Humanos y Libertades, así como las leyes promulgadas, relativas a partidos políticos, que establecen el pluripartidismo.

Sugiere y recomienda a Camerún que aproveche la reforma constitucional para introducir en el ordenamiento jurídico nacional todos los derechos garantizados en el Pacto; adopte disposiciones para organizar elecciones libres, equitativas y transparentes; revise el Código Penal a fin de limitar las infracciones que se sancionan con la pena de muerte; adopte medidas para impedir las ejecuciones sumarias, la tortura, los malos tratos y detenciones ilegales; se investiguen los casos de ese tipo, se juzgue y castigue a los culpables e indemnice a las víctimas; se tomen urgentemente las medidas necesarias para asegurar que en las cárceles y centros de detención se respeten las disposiciones del Pacto; se garantice la independencia y la imparcialidad de los tribunales; se mejore la situación de la mujer, adoptando medidas educativas para vencer el obstáculo de ciertas costumbres o prácticas contrarias a sus derechos; y se elimine definitivamente la censura.

El Salvador

El Comité, subrayando los aspectos positivos, celebra que la situación en materia de derechos humanos y el progreso en la consolidación de la paz y el imperio de derecho hayan mejorado; celebra también la creación de la Comisión de la verdad y de la Comisión ad hoc encargada de investigar los abusos en materia de derechos humanos, de recomendar la adopción de medidas contra los responsables y de evitar que tales abusos vuelvan a repetirse; el establecimiento de la Procuraduría Nacional para la Defensa de los Derechos Humanos y de la Oficina de Información de Detenidos; la primacía acordada en la Constitución a los instrumentos internacionales de derechos humanos sobre la legislación interna.

Sugiere y recomienda a El Salvador que examine el efecto de la ley de amnistía y que enmiende o derogue esa ley, según sea necesario; que adopte medidas urgente para evitar que sigan cometiéndose violaciones de los derechos humanos; que se investiguen las violaciones, castigue a los responsables e indemnice a las víctimas; que fortalezca la Procuraduría Nacional para la defensa de los derechos humanos tanto en lo relativo a la competencia como a los recursos, con el fin de asegurar que ésta pueda desempeñar eficazmente sus funciones; que realice una reforma al sistema judicial, con el fin de establecer un sistema independiente e imparcial; que incorpore todos los artículos del Pacto en el sistema jurídico nacional; que se proporcione capacitación en derechos humanos a policías, jueces y militares; que se imparta enseñanza sobre derechos humanos en las escuelas; y que se promueva la participación activa de las organizaciones no gubernamentales en el proceso de democratización del país.

Jordania

El Comité menciona como aspectos positivos al proceso democrático iniciado en 1989, el levantamiento del estado de excepción y la derogación de las leyes de defensa y marcial; la liberación de presos políticos y la reincorporación de los funcionarios expulsados por razones políticas; los esfuerzos por reformar la legislación, en particular la ley de prensa y la ley de partidos políticos; la creación de una Comisión de Derechos Humanos y el establecimiento de las secciones jordanas de la Organización Arabe de Derechos humanos y Amnistía Internacional.

Sugiere y recomienda a Jordania que continúe la reforma legislativa prevista en la Carta Nacional y aproveche para incorporar al derecho interno todas las disposiciones del Pacto; que estudie la posibilidad de pasar a ser parte en el Primer Protocolo Facultativo del Pacto así como también la posibilidad de abolir la pena de muerte y de adherirse al Segundo Protocolo Facultativo; que impida y ponga fin a las actitudes discriminatorias y los prejuicios contra la mujer; que considere la supresión del Tribunal de Seguridad del Estado; que los lugares de detención que dependan del Departamento Central de Inteligencia queden sometidos a la supervisión de las autoridades judiciales; que se adopten medidas para garantizar que no se produzcan actos de torturas, malos tratos y detenciones ilegales; se investigue, juzgue y castigue a los culpables de tales actos; que la detención administrativa y el régimen de incomunicación se apliquen en casos muy limitados y excepcionales, que se adopten más medidas que garanticen la libertad de religión y se elimine la discriminación; y que se tomen medidas para la mayor difusión del contenido de las disposiciones del Pacto.

Italia

El Comité subraya como aspectos positivos el nivel que ha alcanzado el respeto de los derechos humanos, el compromiso asumido por el Estado en la promoción y protección de los mismos; los esfuerzos realizados por promover la igualdad de oportunidades para la mujer; la aprobación de una ley destinada a fortalecer la prevención, la eliminación y el castigo de actos racistas; los acuerdos concertados entre el Estado y determinadas instituciones religiosas, así como el establecimiento de una oficina especial sobre la igualdad religiosa; las medidas adoptadas para proteger y promover los derechos de las personas pertenecientes a minorías lingüísticas.

Sugiere y recomienda a Italia revisar sus reservas al Pacto con miras a retirarlas; la adhesión al Segundo Protocolo Facultativo al Pacto; que considere la tipificación de la tortura como un delito penal concreto; que fortalezca aún más las medidas encaminadas a proteger los derechos de los detenidos, investigando rápidamente las acusaciones de malos tratos, impidiendo que se cometan tales actos mediante actividades que garanticen la observancia de las normas relativas a los detenidos; que se reduzca la duración de la detención preventiva; que proporcione capacitación en materia de derechos humanos a los funcionarios encargados de hacer cumplir la ley y al servicio penitenciario; que continúe el fortalecimiento de programas de enseñanza y capacitación con miras a eliminar la discriminación racial y promover la tolerancia y la comprensión entre los pueblos y las razas; y que garantice la participación de la mujer en la vida pública y una protección más efectiva de la misma contra todo tipo de violencia.

Azerbaiyan

El Comité destaca como aspectos positivos la declaración (por adhesión) del Estado por la cual manifiesta que esta obligado por el Pacto, aunque hubiera sido correcto que se considerara sucesor en las obligaciones del Pacto como Estado Miembro de la Ex Unión Soviética; también que el Estado no negó responsabilidad con respecto a los acontecimientos que han ocurrido después de la independencia pero antes de la adhesión; los esfuerzos hechos para incluir los derechos humanos en la nueva Constitución, la adopción de nuevas leyes sobre la materia y la garantía del imperio del derecho; y la demostración de voluntad de realizar reformas en el Poder judicial.

Sugiere y recomienda a Azerbaiyan que revise la legislación antigua para establecer un sistema democrático de acuerdo al Pacto; que ponga fin a las violaciones graves de los derechos humanos que se han producido y se producen, se investigue, castigue a los culpables e indemnice a las víctimas; que se reduzca la aplicación de la pena de muerte y se establezca el derecho de apelación de las sentencias que impongan la pena capital; que se modifique el sistema judicial y quede abolida la antigua "procuratura"; que se introduzcan en la legislación garantías a la libertad de información y de prensa; que se asegure el pluralismo de los partidos políticos y se supriman los obstáculos a su registro; que se elaboren textos legislativos destinados a proteger los derechos de las minorías; que se intensifiquen la información y educación en materia de derechos humanos; y que se considere la posibilidad de adhesión al Primer Protocolo Facultativo del Pacto.

Chipre

El Comité subraya como aspectos positivos que Chipre cuenta con disposiciones constitucionales e instituciones democráticas que aseguran el respeto básico del imperio de la ley y la protección de los derechos; y que hay organizaciones no gubernamentales que trabajan activamente en la promoción de los derechos humanos. Celebra la reforma legislativa general que comprende disposiciones del Pacto, como ser las relativas a procedimiento de arresto y detención, a la legislación laboral y al derecho de familia, contra la incitación al odio racial o religioso, contra la deportación de extranjeros, contra la violencia en perjuicio de la mujer; celebra también la existencia de la Comisión encargada de investigar las denuncias y acusaciones formuladas contra la policía y el proyecto de ley en trámite destinado a enmendar la Ley sobre el Comisionado de Administración, "ombudsman", a fin de que incluya entre sus funciones la de examinar las denuncias por malos tratos.

Sugiere y recomienda a Chipre que ajuste la legislación y los procedimientos administrativos a los requisitos del Pacto, en especial estipular en el Código Penal la presunción de inocencia, la legislación que impida el encarcelamiento por deudas civiles y que se eliminen las restricciones a la libertad de expresión y de reunión; que se adhiera al Segundo Protocolo Facultativo del Pacto; que adopte medidas para asegurar la investigación de las denuncias de tortura o malos tratos a los detenidos, juzgar y sancionar a los culpables de tales actos e impartir capacitación profesional a los encargados de hacer cumplir la ley; que enmiende las leyes relativas a los objetores de conciencia; que asegure la igualdad de derechos de la mujer, su participación en el proceso político y la aplicación efectiva de las leyes sobre violencia en el hogar; que revise y enmiende la legislación acerca de la protección del niño; y la imposición de la pena de muerte.

Eslovenia

El Comité menciona como aspectos positivos la transición a la democracia; la incorporación de los derechos humanos en la Constitución y la armonización de las leyes internas; la decisión de reparar a las víctimas de las violaciones a los derechos humanos cometidas por el antiguo régimen; la calidad de Eslovenia como estado Parte en instrumentos de derechos humanos como los dos Protocolos facultativos al Pacto; la abolición de la pena de muerte y la creación de la figura del "ombudsman" para proteger la observancia de estos derechos.

Sugiere y recomienda a Eslovenia traduzca a todos los idiomas que se hablan en el país los textos del Pacto y sus Protocolos Facultativos; adopte medidas para afianzar la participación de la mujer en la gestión de los asuntos públicos y en la vida económica y social del país, y para la protección contra todo tipo de violencia en perjuicio de la mujer; abrevie considerablemente el período máximo de la prisión preventiva; y garantice a todas las personas pertenecientes a minorías el disfrute pleno y en igualdad de condiciones de los derechos reconocidos en el Pacto.

Burundi

El Comité observa como aspectos positivos el hecho de que organizaciones gubernamentales extranjeras hayan podido realizar, sin obstáculos, investigaciones sobre las violaciones a los derechos humanos en el país, y podido tomar medidas para restablecer la paz civil entre los componentes de la población, a pesar de los resultados.

Sugiere y recomienda a Burundi iniciar un proceso de reconciliación nacional, a través del establecimiento de comisiones de investigación integradas por personas pertenecientes a diferentes etnias, u observadores imparciales extranjeros que colaboren para permitir que se identifique a las personas responsables de las violaciones masivas a los derechos humanos ocurridas en 1993, sancionarlas y juzgarlas; que proceda a depurar los diferentes cuerpos del Estado, en particular el ejército y la policía; se proceda a indemnizar a las víctimas y a sus familias; se utilicen los medios de comunicación para promover la reconciliación nacional; se garantice la participación equilibrada de todos los componentes de la población en la gestión de los asuntos públicos y el acceso sin discriminación de todo ciudadano a las funciones públicas; que el ejército quede de nuevo bajo el control efectivo de las autoridades civiles; que la magistratura y la administración actúen imparcialmente y sean representativos de toda la población; y recomienda al Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos que siga ocupando sus esfuerzos en favor del país para evitar nuevas violaciones, fomentando un mecanismo internacional de investigación y prestando asesoramiento técnico en materia de derechos humanos con la colaboración del Centro de Derechos Humanos de las Naciones Unidas.