Anuario de Relaciones Internacionales, Año 1997 DOCUMENTOS

 

MALVINAS

Organización de Estados Americanos

 

Declaración sobre la cuestión de las Islas Malvinas (Tema 12)- XXVI Asamblea General Ordinaria de la OEA

El día 4 de junio de 1996, la Asamblea General de la Organización de los Estados Americanos emitió la siguiente

Declaración sobre la Cuestión Malvinas:

«La Asamblea General,

CONSIDERANDO que en reiteradas oportunidades ha declarado que la Cuestión de las Islas Malvinas constituye un tema de permanente interés hemisférico;

RECORDANDO su resolución AQ/RES. 928 (XVIZI-0/88), aprobada por consenso el 19 de noviembre de 1988, que pide a los Gobiernos de la República Argentina y del Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte que reanuden las negociaciones a fin de encontrar, a la brevedad posible, una solución pacífica a la disputa de soberanía, y

TENIENDO EN CUENTA que en su resolución AG/RES.1049 (XX-0/90) manifestó su satisfacción por la reanudación de las relaciones diplomáticas entre ambos países y su Declaración AG/DEC. 5 (XXIII-0/93) en la que destacó el excelente estado alcanzado por las relaciones bilaterales;

HABIENDO ESCUCHADO la exposición del Jefe de la Delegación de la República Argentina,

EXPRESA su satisfacción por la reafirmación de la voluntad del Gobierno argentino de continuar explorando todas las vías posibles de solución pacífica de la controversia, particularmente, sus positivas consideraciones sobre los habitantes de las Islas Malvinas, y

DECIDE continuar examinando la Cuestión de las Islas Malvinas en los sucesivos períodos de sesiones de la Asamblea General, hasta su solución definitiva»

 

 

 

 

 

VI. Declaraciones Conjuntas:

a) Grupo Argentino-Británico de Alto Nivel:

b) Grupo de Trabajo Argentino-Británico sobre Asuntos del Atlántico Sur.

c) Comisión de Pesca del Atlántico Sur

1.- La duodécima reunión de la Comisión de Pesca del Atlántico Sur se celebró en Buenos Aires los días 26 y 27 de noviembre de 1996. La delegación argentina estuvo presidida por el Consejero Legal, Embajador Orlando R. Rebagliati y la delegación británica por el Director del Departamento Atlántico Sur y Antártida, Sr. Anthony Longrigg.
La reunión se desarrolló en una atmósfera amistosa y constructiva.

2.- Las delegaciones argentina y británica acordaron que se aplica a la reunión y a sus resultados la fórmula sobre la soberanía de las Islas Malvinas, Georgias del Sur y Sandwich del Sur y sus espacios marítimos circundantes, acordada por los Gobiernos argentino y británico en el Punto 2 de la Declaración Conjunta dada en Madrid el 19 de octubre de 1989.

3.- La Comisión de Pesca del Atlántico Sur recibió los Informes de la Séptima y de la Octava Reuniones del Subcomité Científico que tuvieron lugar en Londres el 8 y 9 de julio de 1996 y en Mar del Plata el 21 y 22 de noviembre de 1996, respectivamente. Se tomó nota de la cooperación entre el Instituto de Investigación y Desarrollo Pesquero (INIDEP) y el Imperial College y de los avances realizados en materia de investigación conjunta. La Comisión manifestó su satisfacción por los progresos logrados por el Subcomité Científico respecto de la organización de futuros trabajos conjuntos y acordó recomendar a los Gobiernos las propuestas formuladas por dicho Subcomité.

4.- Ambas delegaciones expresaron su compromiso con la conservación de los recursos pesqueros en el Atlántico Sur y acordaron recomendar a sus Gobiernos continuar cooperando para alcanzar un mayor grado de conocimiento científico sobre las especies de altura más significativas en el área de cooperación. Para coadyuvar al logro de ese objetivo y como tuviera lugar en años precedentes, en 1997 se llevará a cabo un crucero de investigación conjunta para la evaluación del nivel de la abundancia de la población de calamar illex.

5.- Ambas delegaciones recordaron que en 1995 habían expresado su interés para que el INIDEP y al IMPERIAL COLLEGE analizaran mecanismos de perfeccionamiento del sistema de alerta temprana para el calamar illex. La Comisión tomó nota del importante progreso alcanzado por el Subcomité en la elaboración de sus propuestas, entre las que se incluye el intercambio de datos en tiempo real para los buques que participan en la pesquería del calamar illex y acordó recomendarlas a los Gobiernos. La Comisión también acordó recomendar a los Gobiernos realizar todos los esfuerzos conducentes a asegurar para el término de la temporada 1997 un nivel de biomasa desovante de calamar illex de al menos 40.000 toneladas.

6.- La Comisión tomó nota de la preocupación manifestada por el Subcomité con respecto a la merluza polaca y las incertidumbres de orden metodológico que han surgido en su evaluación científica. Al respecto, la Comisión acordó recomendar a los Gobiernos que se intensifique la investigación conjunta sobre esta especie.

7.- La delegación argentina hizo referencia a la preocupación del Gobierno argentino por la situación creada por decisión británica en el área descripta en el Anexo a la Declaración Conjunta del 28 de noviembre de 1990 y en el área al, oeste de la misma. Asimismo expresó su esperanza de que este tema sea debidamente tratado a fin de superar esta situación. La delegación británica hizo saber su posición al respecto.

8.- Las partes mantendrán consultas por la vía diplomática para concertar el lugar y fecha de la próxima reunión de la Comisión.

Buenos Aires, 27 de noviembre de 1996.

d) Comisión de Hidrocarburos

 

 

1. Comunicado de Prensa Conjunto de la Primera Reunión de la Comisión sobre Hidrocarburos en el Atlántico Sudoccidental

1. Los días 29 de febrero y 1 de marzo de 1996 se celebró en Buenos Aires el encuentro argentino-británico durante el cual se estableció la Comisión sobre Hidrocarburos en el Atlántico Sudoccidental. La delegación argentina estuvo presidida por el Sr. Subsecretario de Política Exterior del Ministerio de Relaciones Exteriores, Comercio Internacional y Culto, Embajador Guillermo González, y la delegación británica por el Sr. Subsecretario para las Américas del Foreign and Commonwealth Office, Embajador William Marsden.

2. Las delegaciones argentina y británica acordaron que se aplica a esta reunión y a sus resultados la fórmula sobre la soberanía de las Islas Malvinas, Georgias del Sur y Sandwich del Sur y los espacios marítimos circundantes, incluida en el párrafo 1 de la Declaración Conjunta del 27 de septiembre de 1995.

3. Ambas delegaciones reafirmaron su compromiso de aplicar la mencionada Declaración Conjunta y expresaron su respaldo a la nueva Comisión, en su tarea de llevar a cabo las funciones establecidas por la Declaración Conjunta. Al respecto, las delegaciones acordaron la metodología de trabajo de la Comisión, que se reunirá por lo menos dos veces al año.

4. La Comisión estableció un Subcomité, de acuerdo con lo previsto por la Declaración Conjunta. El Subcomité estará constituido por funcionarios y expertos de las dos Partes, para asesorar a la Comisión sobre los aspectos técnicos de las actividades hidrocarburíferas en el Área de Cooperación Especial.

5. Las delegaciones examinaron, también, medidas para la protección ambiental del Atlántico Sudoccidental e intercambiaron información al respecto. También informaron sobre las medidas administrativas propuestas por sus respectivos gobiernos de conformidad con la Declaración Conjunta.

6. Las delegaciones acordaron sobre la necesidad de abordar una serie de cuestiones prácticas detalladas antes del lanzamiento del llamado a licitación en el Área de Cooperación Especial, tal como fuera definido en la Declaración Conjunta. Ambas Partes consideraron que se han efectuado buenos progresos en este sentido.

7. Ambas delegaciones reiteraron su intención de promover, a través de la Comisión, la exploración y explotación de hidrocarburos en las áreas marítimas del Atlántico Sudoccidental sujetas a una disputa de soberanía y jurisdicción, y a ese fin, promover la cooperación entre la industria de ambas Partes, incluyendo la formación de joint-ventures y la elaboración de proyectos conjuntos para la exploración, producción y uso de infraestructura.

8. La reunión tuvo lugar en una atmósfera constructiva y cordial y ambas delegaciones expresaron su confianza en que la cooperación sobre hidrocarburos en el Atlántico Sudoccidental facilitará el desarrollo económico de la región, dando especial consideración a la protección del medio ambiente marino.

9. La próxima reunión de la Comisión se celebrará en la segunda mitad del corriente año. El Subcomité se reunirá por primera vez, en Londres, en abril/mayo de 1996.

Buenos Aires, 1º de marzo de 1996

 

 

2.Comunicado de Prensa Conjunto de la Segunda Reunión de la Comisión sobre Hidrocarburos en el Atlántico Sudoccidental.

Londres, 10 de diciembre de 1996

1. La Segunda Reunión de la Comisión de Hidrocarburos del Atlántico Sudoccidental tuvo lugar en Londres el 10 de diciembre de 1996. La delegación argentina estuvo presidida por el Embajador Alberto Daverede, Subsecretario de Política Exterior del Ministerio de Relaciones Exteriores, Comercio Internacional y Culto, y la británica por William Marsdea, Director para las Américas de la Cancillería Británica, El día 9 de diciembre se celebró una reunión del Subcomité, relativa al Área Especial de Cooperación.

2. Las delegaciones de la Argentina y el Reino Unido acordaron que se aplica a la reunión y sus consecuencias la fórmula de soberanía sobre las Islas Malvinas, Georgias del Sur y Sandwich del Sur y los espacios marítimos circundantes, descripta en el párrafo 1 de la Declaración Conjunta del 27 de septiembre de 1995.

3. La Comisión Conjunta expresó su satisfacción por el progreso realizado por su Subcomité en la elaboración de entendimientos para un llamado a licitación en el Área de Cooperación Especial. La Comisión aprobó el acuerdo alcanzado sobre la configuración de bloques, el enfoque impositivo y los lineamientos sobre el marco regulatorio.

4. La Comisión Conjunta consideró particularmente las cuestiones vinculadas a la protección del medio ambiente marino del Atlántico Sudoccidental y al desarrollo de una estrategia conjunta para el manejo de los temas ambientales, de salud y seguridad.

5. La Comisión Conjunta coordinó la recomendación del Subcomité en cuanto a que los gobiernos permitan la realización de estudios aéreos y sísmicos del Área de Cooperación Especial. Hasta el momento se han recibido dos solicitudes. La Comisión Conjunta acordó coordinar el otorgamiento de los correspondientes permisos no-exclusivos de los Gobiernos. Éstos procurarían hacerlo de modo de pedir que el primer estudio comience en febrero de 1997.

6. La Comisión Conjunta confirmó que procuraría anunciar el llamado a licitación en el área de Cooperación Especial a fines de 1997. La Comisión observó que los trabajos tendrían que ser clasificados para materializar este objetivo. La Comisión Conjunta recomendó que se debería dar particular prioridad a los trabajos sobre los detalles de la invitación a las empresas a solicitar permisos en el Área de Cooperación Especial. La próxima reunión del Subcomité en Buenos Aires, en Marzo de 1997, avanzará sobre el tema.

7. Ambas partes analizaron formas de cooperación para la promoción de la exploración y explotación de hidrocarburos en áreas marítimas del Atlántico Sudoccidental sujetas a una controversia de soberanía y jurisdicción, y para el uso de la infraestructura existente. Acordaron»: hacer arreglos para la realización de una misión a la región del sector petrolero a fin de analizar áreas potenciales de cooperación en el desarrollo de hidrocarburos en el Atlántico Sudoccidental. La cooperación debería estar guiada por criterios comerciales acordes con la Declaración Conjunta de septiembre de 1995.

8. La Comisión Conjunta estuvo satisfecha con el significativo progreso realizado desde su última reunión. Los trabajos conjuntos se desarrollaron en una atmósfera cordial y constructiva. Se planea realizar la próxima reunión de la Comisión Conjunta en Buenos Aires en la primera mitad de 1997,

VII Declaración de los Presidentes del MERCOSUR.

Declaración de los Presidentes de los Estados Partes del Mercosur y de la República de Bolivia y de la República de Chile

"Declaración sobre Malvinas"

 

Los Presidentes de los Estados Partes del Mercosur y los Presidentes de la República de Bolivia y de la República de Chile, reafirman su respaldo a los legítimos derechos de la República Argentina en la disputa de soberanía referida a la cuestión de las Islas Malvinas. Asimismo, recuerdan el interés hemisférico en que la prolongada disputa de soberanía entre la República Argentina y el Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte sobre dichos territorios, alcance una pronta solución de conformidad con las resoluciones de las Naciones Unidas y de la Organización de los Estados Americanos.

Hecha, el 25 de Junio de 1996 en la localidad de Potrero de los Funes, Provincia de San Luis, República Argentina.

CARLOS SAUL MENEM FERNANDO HENRIQUE CARDOSO

JUAN CARLOS WASMOSY JULIO MARÍA SANGUINETTI

GONZALO SANCHEZ DE LOSADA EDUARDO FREI RUIZ TAGLE

VIII Resolución del Comité de la Internacional Socialista.

Reunión del Comité de la IS para América Latina y el Caribe (SICLAC)

Santo Domingo, República Dominicana, 22-23 de marzo de 1996.

Proyecto de Resolución sobre el Atlántico Sur.

El Comité de la Internacional Socialista para América Latina y el Caribe (SICLAC), reunido en la Ciudad de Santo Domingo, República Dominicana, los días 22 y 23 de marzo de 1996, expresa su esperanza de que los gobiernos de la República Argentina y del Reino Unido inicien, a la mayor brevedad, un diálogo que abarque la totalidad de los temas que los vinculan, incluido el futuro de las Islas Malvinas, ya que continuar con la exclusión de los puntos que constituyen la disputa pendiente, aumenta peligrosamente el riesgo de agravar la reciente tensión creada en el Atlántico Sur a raíz de medidas tomadas unilateralmente en materia de pesca, en abierta violación del sistema del Tratado Antártico.

 

IX 4a. Reunión de los Estados Miembros de la Zona de Paz y Cooperación del Atlántico Sur

Declaración final

(Somerset West - República de Sudáfrica, 1º - 2 de abril de 1996).

Los representantes de los Estados Miembros de la Zona de Paz y Cooperación del Atlántico Sur (ZPCAS - de aquí en adelante "la Zona"), reunidos en Somerset West (Sudáfrica) los días 1° y 2 de abril de 1996, teniendo en cuenta las conclusiones de la tercera reunión de alto nivel, que se realizó en Brasilia, los días 21 y 22 de septiembre de 1994,

1. Felicitan al presidente y al Bureau del Comité Permanente de la Zona por el fructífero trabajo que han realizado como coordinadores de la Zona a partir de la reunión de Brasilia;

2. Reafirman que la Zona es un instrumento útil que promueve comprensión y de la cooperación entre los países del Atlántico Sur y contribuye a la paz y a la seguridad internacionales, y acuerdan sobre la necesidad de reforzar su carácter de instrumento regional de coordinación y de diálogo;

3. Acuerdan en que la cooperación entre los países de la Zona debe continuarse en todos los campos en los que la acción común es posible, especialmente en los de la economía, la tecnología, el medio ambiente, la cultura y los deportes;

4. Reiteran asimismo que su cooperación se funda en el respeto de la soberanía y de la integridad territorial de los Estados y en los otros principios pertinentes del derecho internacional y en el derecho de los pueblos de elegir libremente su sistema económico y político;

5. Recuerdan la voluntad de los Miembros de la Zona de fomentar la democracia y el pluralismo, de promover y defender los Derechos Humanos y las libertades fundamentales, y de colaborar en la realización de estos objetivos;

6. Están de acuerdo en que la Zona deberá cumplir un rol importante en la concertación de las cuestiones multilaterales, principalmente en aquellas vinculadas con el mantenimiento de la paz y la seguridad internacionales, en la promoción de la cooperación internacional con miras al desarrollo económico y social, a la protección del medio ambiente y al fortalecimiento del rol de la Organización de las Naciones Unidas;

7. Reiteran su convencimiento en lo que respecta a la no proliferación de cualquier tipo de armas de destrucción masiva en pos de lograr su total eliminación e impedir su introducción en la Zona, ratifican en este contexto la validez de la Declaración sobre la Desnuclearización del Atlántico Sur, adoptada en la Tercera Reunión de los Estados Miembros de la Zona y sugieren a la Conferencia sobre el Desarme que firmen, a la brevedad, un tratado de prohibición total de pruebas de armas nucleares;

8. Destacan la importancia de la comprensión y de la estrecha cooperación en el campo nuclear entre los países de la Zona, que han permitido avanzar en el camino hacia la aplicación integral del Tratado para la prohibición de las armas nucleares en América Latina (Tratado de Tlatelolco) y firmar el Tratado para la creación de una zona libre de armas nucleares en África (Tratado de Pelindaba);

9. Reciben con satisfacción el texto definitivo del Tratado de Pelindaba e invitan a todos los Estados Africanos y a otros Estados involucrados a firmar y ratificar este Tratado y sus protocolos para su pronta entrada en vigencia;

10. Comprometen a los países que poseen armas de destrucción masiva al estricto cumplimiento del Estatuto de Zona como región exenta de este tipo de armas;

11. Expresan su convicción de que los Tratados de Tlatelolco, Pelindaba, Antártico, Rarotonga y el más reciente sobre la creación de una zona exenta de armas nucleares en el Sudeste Asiático contribuirán a la desnuclearización del Hemisferio Sur y de las regiones vecinas afectadas por estos tratados;

12. Apoyan los esfuerzos de los países de la Zona en pos de la resolución de conflictos a través de la negociación y de la promoción del principio de solución pacífica de los diferendos;

13. Comprometen a todos los Estados Miembros de la Zona a apoyar los procesos de paz que tienen lugar en la región y los invitan a contribuir en las operaciones de mantenimiento de la paz que las Naciones Unidas desarrollan en la Zona;

14. Reconocen los importantes sacrificios y los constantes esfuerzos realizados por los Estados Miembros de la CEDEAO, especialmente por su presidente y por otros dirigentes de la subregión, para restablecer la paz en Liberia, y convocan una vez más a la comunidad internacional a honrar el compromiso de aplicar el Acuerdo de Abuja y participar en la reconstrucción de Liberia;

15. Están satisfechos de las elecciones democráticas que tuvieron lugar en la República de Benin y en la de Sierra Leona y manifiestan su confianza en que los gobiernos recientemente elegidos en ambos países dedicarán sus esfuerzos a consolidar la paz, la seguridad y la estabilidad en la subregión en pos del desarrollo socioeconómico de sus pueblos y del cumplimiento de los objetivos de la ZPCAS;

16. Invitan a las partes en conflicto en Sierra Leona a actuar para alcanzar los objetivos del proceso de paz de Yamussukro;

17. Ven con agrado las medidas positivas tomadas por el gobierno angolés para cumplir sus obligaciones en el marco del proceso de paz en Angola. Expresan su profunda preocupación ante los sucesivos retrasos en la aplicación del Protocolo de Lusaka; y comprometen a la UNITA a transferir sin demora en forma ordenada y efectiva todas sus tropas hacia las zonas de acantonamiento;

18. Expresan su agradecimiento a la comunidad internacional y a la Organización de las Naciones Unidas y felicitan al Secretario General y a su Representante Especial por los esfuerzos realizados para apoyar el proceso de paz en Angola y la Misión UNAVEM III, invitándolos a continuar su acción en pos de estos objetivos;

19. Están dispuestos a contribuir con todos los medios a su alcance al restablecimiento de una paz efectiva y duradera en Angola e invitan una vez más a la comunidad internacional a realizar las contribuciones anunciadas para el resurgimiento y la reconstrucción económica de Angola en los plazos previamente establecidos en el cronograma;

20. Ratifican la importancia de la diplomacia preventiva, de la promoción, mantenimiento y refuerzo de la paz, medios adecuados para el próximo restablecimiento de la paz y la seguridad, y señalan, a su vez, que la eliminación de la pobreza y la promoción del desarrollo económico y social son condiciones previas al logro de paz y seguridad duraderas;

21. Están persuadidos de la necesidad de reestructurar y revitalizar el sistema de las Naciones Unidas y apoyan las acciones tendientes a reforzar la Organización en todos los campos y fomentan en este sentido los trabajos que realiza el Grupo de Trabajo con un número ilimitado de miembros sobre la representación equitativa en el Consejo de Seguridad y sobre el aumento de la cantidad de sus miembros y de otros temas analizados vinculados a dicho Consejo; asimismo, ponen de manifiesto la necesidad de mejorar la coordinación con las instituciones de Breton Woods y preparar el sistema de las Naciones Unidas para responder a las necesidades de la comunidad internacional en el Siglo XXI,

22. Sostienen la necesidad de reforzar aún más la cooperación en el campo económico y financiero y resaltan la utilidad de la "Agenda para el Desarrollo" en este sentido;

23. Manifiestan una vez más su convicción de la conveniencia de que los acuerdos surgidos de las negociaciones de Uruguay permitan reforzar el acceso a los mercados, desarrollar el comercio mundial, aumentar las ganancias y crear nuevos empleos a través del mundo, fundamentalmente en los países en desarrollo;

24. Tienen confianza en que, cuando se haga efectiva la plena vigencia de la Organización Mundial del Comercio, ésta permitirá la rápida desaparición de prácticas comerciales desleales y de medidas proteccionistas unilaterales y tomará las medidas apropiadas para proteger los legítimos intereses de los países menos desarrollados;

25. Destaca el rol de la integración regional y subregional en el mejoramiento de la competitividad internacional de las economías nacionales y en el refuerzo del proceso de desarrollo;

26. Invitan a los ámbitos universitarios, científicos y técnicos de los Estados Miembros a participar en los debates sobre el refuerzo de la cooperación en la Zona y comprometen su apoyo para la organización de seminarios y otros medios para profundizar la mutua comprensión;

27. Reconocen con agrado los avances realizados para crear la comunidad de los países lusófonos que comparten los objetivos de consolidación de la paz y cooperación con los países de la Zona;

28. Alientan a los Estados Miembros a continuar explorando y a implementar los medios que permitan facilitar la iniciativa privada en el contexto de la consolidación de la cooperación económica regional y de los lazos comerciales en el Atlántico Sur, entre los Estados Miembros de la Zona;

29. Promueven asimismo que los Estados Miembros faciliten el establecimiento de vínculos marítimos y aéreos y las telecomunicaciones a través del Atlántico Sur, entre los Estados Miembros de la Zona;

30. Comprometen a los Estados Miembros, en el contexto de la consolidación de la cooperación Sur-Sur, a promover la colaboración regional para la implementación de nuevas técnicas en el sector público y privado, a poner en común de los recursos naturales y de los sistemas internacionales de comunicación en el campo de la ciencia y de la técnica y a valorar los recursos humanos;

31. Expresan su preocupación con respecto a la seguridad del transporte a través del Atlántico Sur de combustible nuclear irradiado, de plutonio y de desechos nucleares altamente radiactivos en buques, que debe efectuarse de acuerdo a las normas de seguridad establecidas por el Código de 1993 de la Organización Marítima Internacional;

32. Promueven la continuación de la cooperación e intercambio de información entre todos los Estados sobre el transporte de materias nucleares y de desechos radiactivos y del trabajo en el marco de la Organización Marítima Internacional y de la Agencia Internacional de Energía Atómica en vistas del cabal cumplimiento del Código;

33. Están persuadidos de que los mecanismos internacionales sobre la responsabilidad resultan indispensables en las operaciones de indemnización por daños de origen nuclear factibles durante el transporte de combustible nuclear irradiado de plutonio y de desechos altamente radiactivos;

34. Reiteran la importancia de que los países miembros de la Zona apliquen los acuerdos internacionales sobre el medio ambiente, principalmente los relativos a los cambios climáticos, a la lucha contra la desertificación en los países que enfrentan graves problemas de sequía y/o de desertificación, en especial en África, a la protección de la capa de ozono, a la preservación y a la utilización racional de la biodiversidad y al traslado de desechos peligrosos a través de las fronteras;

35. Confirman la importancia de la Declaración sobre el Medio Ambiente Marino, adoptada en la Tercera Reunión y expresan una vez más su apoyo a la cooperación internacional entre los Estados Miembros de la Zona, de acuerdo a la Convención de las Naciones Unidas sobre el Derecho del Mar del 10 de diciembre de 1982;

36. Destacan la importancia que, para la Zona, tiene el Acuerdo sobre la Aplicación de las Disposiciones de la Convención de las Naciones Unidas sobre el Derecho del Mar del 10 de diciembre de 1982 sobre la conservación y la gestión de los stocks de peces cuyos desplazamientos se realizan tanto en el interior de zonas económicas exclusivas (stocks fluctuantes) como por fuera de las mismas y de los stocks de peces grandes migradores, del 4 de agosto de 1995, cuyas disposiciones completan y refuerzan la Declaración sobre el Medio Ambiente Marino, adoptada en la tercera Reunión de los Estados Miembros de la Zona;

37. Sugieren a los Estados Miembros que apliquen eficazmente, a nivel nacional y regional, el Programa de Acción Mundial para la Protección del Medio Marino contra la Contaminación debida a las Actividades Terrestres, adoptada en Washington en noviembre de 1995, por la Conferencia Intergubernamental, en el marco del Programa de las Naciones Unidas para el Medio Ambiente (PNUMA);

38. Expresan su preocupación ante el desarrollo del tráfico ilícito de droga dentro o a través de los países de la Zona y manifiestan su decisión de elaborar un programa de cooperación para la ayuda mutua en pos del control y la eliminación de las actuales redes de tráfico de droga que afectan la seguridad de los países de la Zona; por esto, han acordado cooperar para reforzar el intercambio de información sobre narcotraficantes y sus actividades ilegales en los países de la zona para frenar el aumento de la criminalidad y de la violencia vinculadas a la droga;

39. Solicitan a los Estados Miembros que aún no lo han hecho que ratifiquen a la brevedad las tres principales convenciones de las Naciones Unidas sobre la droga o que adhieran a las mismas. Invitan a los Estados Miembros a adoptar y promulgar leyes que contemplen lo dispuesto por estas convenciones. Además, los Estados Miembros deberían analizar las medidas a tomar para atacar las consecuencias del tráfico ilícito de droga;

40. Comprometen el apoyo de los Estados Miembros a los esfuerzos realizados por las instituciones especializadas en la investigación y la educación sobre el SIDA para frenar la expansión de esta pandemia;

41. Manifiestan su convencimiento de que la Zona seguirá teniendo una participación activa en la consolidación de la cooperación intra e interregional y, en este sentido, se comprometen a promover sus objetivos;

42. Expresan su gratitud al pueblo de Sudáfrica por su hospitalidad y al gobierno de este país por haber acogido a la Cuarta Reunión de los Estados Miembros de la Zona;

43. Felicitan al gobierno sudafricano por el apoyo que brindó a los objetivos de la Zona y por su vitalidad;

44. Aceptan con sumo agrado el ofrecimiento del gobierno argentino de ser la sede de la Quinta Reunión Ministerial de la ZPCAS.

Antártida

Cumpliendo con los mecanismos acordados para el funcionamiento del Sistema del Tratado Antártico, se celebró entre el 29 de abril y el 10 de mayo de 1996, en la ciudad de Utrech, Países Bajos, la XX Reunión Consultiva de los Gobiernos Partes del Tratado; a fin de intercambiar información y adoptar decisiones para promover los principios y objetivos contenidos en el mencionado instrumento jurídico internacional.

Ante una agenda de trabajo que refleja los múltiples aspectos de la problemática antártica, destácase la preocupación por la protección del medio ambiente a partir de las normas establecidas en el Protocolo al Tratado Antártico sobre Protección del Medio Ambiente, también conocido como Protocolo de Madrid, que si bien aún no entró en vigencia promueve un fuerte compromiso por parte de los países involucrados, quienes han decidido adelantar su cumplimiento en la medida de lo posible.

En ese sentido se realizó la segunda sesión de trabajo del Grupo Interino sobre Medio Ambiente, el cual una vez vigente el Protocolo se constituirá en Comité sobre Protección Ambiental. En el marco de este foro fueron tratados temas referidos a las áreas protegidas, evaluación y seguimiento ambiental como así también prevención de impactos acumulativos, entre otras cuestiones del complejo sistema medioambiental antártico.

Asimismo continuaron los trabajos de expertos legales con miras a redactar un nuevo Anexo al Protocolo de Madrid sobre «Responsabilidad». Dicho Anexo constituirá una verdadera «piedra angular» para sostener la estructura normativa establecida en dicho Protocolo. No obstante ello, en Utrech no se han logrado progresos significativos en torno al texto en cuestión.

Desde el punto de vista institucional existe consenso en la necesidad de contar con una Secretaria que facilite el intercambio de información, programación y coordinación entre las Partes Consultivas del Tratado Antártico.

Recuérdase que Argentina ofreció ser sede de dicha Secretaría contando con la aprobación de la mayoría de las Partes, no habiéndose alcanzado a la fecha un acuerdo definitivo al respecto.

La XX Reunión Consultiva adoptó cinco Resoluciones destacándose las referidas a valores estéticos de la Antártida, eficacia en la gestión y conservación de sitios y monumentos históricos y modificaciones en la lista de inspecciones para bases antárticas; asimismo adoptó dos Medidas que contemplan cuestiones vinculadas a áreas protegidas.

La próxima Reunión Consultiva se celebrará en la ciudad de Christchurch, aceptando el ofrecimiento formulado por Nueva Zelanda, en el mes de mayo de 1997.-

Antartida

Resoluciones y Medidas adoptadas durante la XX Reunión consultiva del Tratado Antártico.

Anexo A.

Resoluciones

1 Texto agregado a la Lista de Verificación A «Estaciones Antárticas Permanentes e Instalaciones Asociadas»

anexada a la Resolución 5 (1995).

2 Valores estéticos de la Antártida.

3 Prórroga de las fechas de vencimiento para los Sitios de Especial Interés Científico.

4 Eficacia en la Gestión y Conservación de los Sitios y Monumentos Históricos.

5 Revisión del nuevo sistema de numeración para las Zonas Antárticas Protegidas.

Anexo B.

Medidas

1 Descripción y Plan de Gestión revisados para los Sitios de Especial Interés Científico (SEIC).

2 Sistema de Zonas Antárticas Protegidas: Nuevos Sitios y Monumentos Históricos.

1.-Resolución 1 (1996)

Texto agregado a la Lista de Verificación A «Estaciones Antárticas Permanentes e Instalaciones Asociadas» anexada a la Resolución 5 (1995)

Los Representantes de las Partes Consultivas,

Recordando la Resolución 5 (1995) sobre las listas de verificación de las inspecciones;

Considerando que en virtud del Artículo VII del Tratado Antártico se pueden realizar inspecciones de los campamentos remotos y que al respecto sería útil contar con orientación para la planificación y la realización de dichas inspecciones;

Recomiendan:

Agregar el texto siguiente al final de la Lista de Verificación A «Estaciones Antárticas Permanentes e Instalaciones Asociadas» anexada a la Resolución 5 (1995):

«Esta lista de verificación podría ser útil para ayudar a preparar y guiar las inspecciones de campamentos remotos así como de estaciones permanentes e instalaciones asociadas. Algunos puntos de la lista pueden no ser pertinentes para la inspección de campamentos remotos. Al planear las inspecciones, la lista de verificación debiera examinarse y adaptarse a la instalación específica que se ha de inspeccionar».

2.-Resolución 2 (1996)

Valores Estéticos de la Antártida.

Los Representantes de las Partes Consultivas,

Constatando que la Antártida ha sido el tema de importantes obras de arte, música y literatura;

Reconociendo que el carácter singular de la Antártida de por sí representa una inspiración para proteger sus valores;

Recomiendan:

Promover el entendimiento y aprecio de los valores de la Antártida, particularmente de sus valores científicos, estéticos y de vida silvestre, incluyendo mediante:

a) oportunidades educativas, sobre todo para los jóvenes, y

b) la contribución de escritores, artistas y músicos.

3.-RESOLUCION 3 (1996)

Prórroga de las fechas de vencimiento para los Sitios de Especial Interés Científico.

Los Representantes de las Partes Consultivas,

Recordando las Recomendaciones VIII-3 y XII-5, y la Resolución 7 (1995);

Observando que la experiencia respecto a los efectos prácticos de los planes de gestión para estos sitios había demostrado que representaban un medio eficaz de reducir los riesgos de interferencia con las actividades científicas llevadas a cabo en las zonas de especial interés científico; y

Conscientes de la utilidad de continuar armonizando las fechas de vencimiento de los Sitios de Especial Interés Científico hasta la entrada en vigor del Protocolo al Tratado Antártico sobre Protección del Medio Ambiente y su Anexo V;

Recomiendan que:

1. Se prorrogue al 31 de diciembre del año 2000, según se había decidido durante la XIX RCTA, la fecha de vencimiento de los Sitios de Especial Interés Científico Nº 13 y 20.

2. Se prorrogue del 31 de diciembre de 1997 al 31 de diciembre del año 2000 la fecha de vencimiento de los Sitios de Especial Interés Científico Nº 2, 23, 24, 25, 26, 27 y 28.

3. Se prorrogue del 31 de diciembre de 1999 al 31 de diciembre del año 2000 la fecha de vencimiento de los Sitios de Especial Interés Científico Nº 29, 31 y 32.

4. Los Gobiernos de las Partes Consultivas velen por el cumplimiento de los Planes de Gestión de dichos Sitios, de conformidad con lo estipulado en los párrafos 3 y 4 de la Recomendación VII-3.

4.-Resolución 4 (1996).

Eficacia en la Gestión y Conservación de los Sitios y Monumentos Históricos.

Los Representantes de las Partes Consultivas,

Tomando nota de la necesidad de garantizar la eficacia en la gestión y conservación de los Sitios y Monumentos Históricos;

Conscientes de que las Partes originarias de un Sitio o Monumento Histórico no son necesariamente las mismas que proponen su designación como tal, ni que preparan sus planes de gestión;

Reconociendo la particular relevancia histórica y cultural de estos sitios para las Partes originarias;

Recomiendan que:

Durante los trabajos preparatorios para la presentación de una propuesta de designación de un Sitio o de un Monumento Histórico, o durante la redacción de su Plan de Gestión, se garantice un enlace apropiado, según proceda, entre la Parte que propone la designación y la Parte o Partes de dicho Sitio o Monumento Histórico.

5.- Resolución 5 (1996).

Revisión del nuevo sistema de numeración para las Zonas Antárticas Protegidas.

Los Representantes de las Partes Consultivas,

Tomando nota de los requisitos estipulados en el Artículo 3 (3) del Anexo V, según los cuales en el momento de su entrada en vigor todas las Zonas Especialmente Protegidas (ZEP) y todos los Sitios de Especial Interés Científico (SEIC) designados como tal por anteriores reuniones consultivas del Tratado Antártico deberán volverse a titular y a numerar en consecuencia;

Reconociendo que durante la XIX RCTA las Partes convinieron adoptar un nuevo sistema de numeración de tres dígitos;

Tomando en consideración las lagunas existentes en el sistema de numeración actual;

Recomiendan que:

1. Se adopte el sistema de numeración para las Zonas Antárticas Especialmente Protegidas (ZAEP) anexado a esta Resolución; y

2. Se introduzca el sistema de tres dígitos en el momento en que la RCTA adopte, para cualquier zona protegida, el Plan de Gestión al amparo del Anexo V;

3. Cuando una ZEP y un SEIC están ubicados juntos, se les asigne números separados a fin de no adelantarse a una revisión de sus respectivos planes de gestión.

SEIC existentes Nº actual Nº pro- Año de adopción

Del sitio puesto del plan deGestión

En virtud del Anexo V

Taylor Rookery 1 101 1992

Islas Rookery 2 102 1992

Islas Andery y Odbert 3 103 1992

Isla Sabrina 4 104

Isla Beaufort 5 105

Cabo Crozier (redesignado como SEIC Nº4) - -

Cabo Hallet 7 106

Islas Dion 8 107

Isla Green 9 108

Península Byers (redesignada como SEIC Nº6) - -

Cabo Shireff (redesignado como SEIC Nº32) - -

Península Fides (redesignada como SEIC Nº5) - -

Isla Moe 13 109 1995

Isla Lynch 14 110

Isla Powell del Sur 15 111 1995

Península Coppermine 16 112

Isla Litchfield 17 113

Isla Coronación Norte 18 114

Isla Lagotellerie 19 115

Valle New College 20 116 1992

Isla Avian (anteriormente SEIC Nº30) 21 117

"Cryptogram Ridge" 22 118

Lagunas de Florida y del Valle Davis 23 119

Archipiélago de Pointe-Geologie 24 120 1995

Cabo Royds 1 121

Alturas Arribo 2 122

Valle Barwick 3 123

Cabo Crozier (anteriormente ZEP Nº6) 4 124

Península Fides (anteriormente ZEP Nº 12) 5 125

Península Byers (anteriormente ZEP Nº10) 6 126

Isla Haswell 7 127

Costa Occidental de la Bahía Laserre 8 128

Punta Rothera 9 129

Playa Caughley 10 116

"Tramway Ridge" 11 130 1995

Glaciar Canadá 12 131

Península Potter 13 132

Punta Armonía 14 133

Punta Cierva 15 134

Península Bayley 16 135

Península Clark 17 136

Isla White 18 137

Terraza Linaeus 19 138

Punta Biscoe 20 139

Partes de la Isla Decepción 21 140

"Valle Yukidori" 22 141

Svarthamaren 23 142

Cumbre del Monte Melbourne 24 118

"Marine Plain" 25 143

Bahía Chile 26 144

Puerto Foster 27 145

South Bay 28 146

Punta Ablation 29 147

Isla Avian (redesignada como ZEP Nº21) - -

Monte Flora 31 148

Cabo Shireff (anteriormente ZEP Nº11) 32 149

Isla Ardley 33 150

Lions Rump 34 151

Estrecho Bransfield Occidental 35 152

Bahía Dallman 36 153

1.- Medida 1 (1996)

Descripción y Plan de Gestión revisados para los Sitios de Especial Interés Científico (SEIC).

Los Representantes de las Partes Consultivas,

Recomiendan a sus gobiernos que adopten las siguiente Medida, de conformidad con el párrafo 4 del Artículo IX del Tratado Antártico.

Para los Sitios de Especial Interés Científico mencionados seguidamente;

(i) suprimir el Plan de Gestión en el Anexo de la Recomendación XIII-8 sobre la facilitación de la investigación científica: Sitios de Especial Interés Científico.

(ii) Incluir en el Anexo de la Recomendación XIII-8 sobre facilitación de la investigación científica: Sitios de Especial Interés Científico, los planes de gestión pertinentes para los Sitios de Interés Científico anexados a la presente medida.

Los Sitios de Especial Interés Científico mencionados son:

SEIC Nº 9 - Punta Rothera, Isla Adelaida.

SEIC Nº 19- Terraza Linnaeus, Cordillera Asgard, Tierra Victoria.

(iii)Garantizar el cumplimiento por parte de sus ciudadanos de las disposiciones obligatorias de los nuevos planes de acción.

(La restante documentación, correspondiente a la implementación de esta Medida no se transcribe por ser demasiado extensa. La misma se encuentra a disposición de los interesados en la sede del IRI - Archivo del Departamento Malvinas, Antártida e Islas del Atlántico Sur - Sección Antártida).

2.- Medida 2 (1996)

Sistema de Zonas Antárticas Protegidas: Nuevos Sitios y Monumentos Históricos.

Los Representantes de las Partes Consultivas,

Recordando las Recomendaciones I-IX, V-4, VI-14, VII-9, XII-7, XIII-16 y XIV-8, las Medidas 4 y 5 (1995) y la Resolución 8 (1995),

Recomiendan a sus gobiernos agregar los siguientes monumentos históricos a la «Lista de Monumentos Históricos Identificados y descritos por el o los Gobiernos Proponentes», anexada a la Recomendación VII-9 garantizando así su plena protección y respeto en virtud de los estipulado por las Recomendaciones mencionadas anteriormente.

Montículo de Mikkelsen, Islas Tryne, Cerro Vestfold. Un montículo de piedras y un mástil de madera erigidos por la expedición a tierra dirigida por el Capitán Klarius Mikkelsen del ballenero noruego Thorshavn, que incluía a Caroline Mikkelsen, la esposa del Capitán Mikkelsen, primer mujer que desembarcó en el este antártico. El montículo, ubicado en la latitud 68º 22 minutos 34 segundos latitud S, en la longitud 78º 24 minutos 33 segundos E fue redescubierto por las expediciones a tierra de la Expedición Nacional de Investigación Antártica de Australia en 1957 y nuevamente en 1995.