Anuario de Relaciones Internacionales, Año 1997 Departamento de Malvinas, Antártida e Islas del Atlántico Sur

 

DEPARTAMENTO DE MALVINAS, ANTARTIDA E ISLAS DEL ATLANTICO SUR

 

Presentación:

María Elena Baquedano

 

Documentos:

María Elena Baquedano (Malvinas), Carlos Biangardi Delgado (Antártida)

 

Cronología:

María Cristina Lavalle, Thelma Bogue y Raúl Andrés

 

 

Presentacion

Las Islas Malvinas: La Situación a 1996 y el futuro.

Un nuevo año transcurre en la continuidad de este Anuario, y con el, la entrega que los integrantes de este Departamento hacen al mismo para la causa que tan antigua, tan noble, tan triste y tan profunda es para todos los argentinos, como es la causa de las Islas Malvinas.

La estructura del trabajo, similar a las anteriores publicaciones de este Anuario, nos permite enfocar el tema desde el aspecto multilateral (ONU-OEA), negociación bilateral, actos unilaterales, y con gran satisfacción, el documento elaborado a raíz de la reunión de los miembros del MERCOSUR, en Potrero de los Funes, sin dejar de resaltar la cronología periodística de todos los sucesos que directa o indirectamente se relacionan con la problemática de las Islas Malvinas.

 

Ambito Multilateral

En este ámbito debemos hacer un comentario a la discusión previa que se sucedió a la Resolución que por consenso aprobó el Comité de Descolonización, en el marco de la Asamblea General de Naciones Unidas, con fecha 22 de julio de 1996.

En dicho Comité se hallaban presentes, el Sr. Goss y el Sr. Stevens, miembros del Consejo Legislativo de las Islas Falkland; el Sr. Vernet, tataranieto del primer gobernador argentino de las Islas Malvinas y ciudadano argentino; el Sr. Ancell, representante de la provincia de Santa Cruz (Argentina), ante el Congreso Nacional de la Argentina y descendiente de malvinenses; el Sr. Betts, el Sr. Somavia -de Chile-, Di Tella -Argentina-, el Sr. Valle -Brasil-, el Sr. Rodriguez Parrilla -Cuba-, el Sr. Rojas -Venezuela-, el Sr. Farhadi -Afganistán-, la Sra. Khan-Cumini -Trinidad y Tobago- y el Sr. During -Sierra Leona-.

El Consejero Goss defiende la trayectoria de una población que habita en las Islas desde hace 163 años, por lo tanto sostiene que el Comité debería apoyar el derecho a la libre determinación de los isleños. Reconoce el espíritu de colaboración de la Argentina en relación con el control y la conservación de las poblaciones de peces que «comparte» (el entrecomillado me pertenece) con las Islas Falkland, plasmado en la Comisión de Pesca, pero requieren un acuerdo duradero. E insiste que la Argentina debe ser consciente de los beneficios económicos que obtendrá cuando deje de reclamar la soberanía sobre las Islas Falkland. Como planteamiento novedoso dice que en la controversia hay tres partes: dos sostienen la misma tesis (Reino Unido y el pueblo de las Islas Falkland); la tercera - Argentina - se opone a las otras dos, recurriendo a argumentos basados en un endeble adoctrinamiento emocional. Y textualmente se transcribe su última alocusión:»El Comité, en lugar de ocuparse de la fútil controversia sobre la pertenencia de las Islas, debe tener en cuenta el origen de sus habitantes, el tiempo que llevan poblando las islas y el hecho de que no hayan desplazado a ninguna población autóctona...».

El Consejero Stevens sostiene que la única semejanza entre las Islas y el territorio argentino es la gran inmigración europea que contribuyó a poblar estas tierras. Pero las diferencias surgen a partir de los gobiernos que se sucedieron en uno y otro lado. Pues mientras las Islas Falkland fueron desarrollándose en el marco del imperio de la ley, en Argentina se sucedían dictadura, guerras civiles y constantes revoluciones.

Sostiene también que los españoles desplazaron a la población autóctona de Argentina, como también lo sometió Juan Manuel de Rosas. Y también alude a que después de la anexión de Falkland, otros países se anexionaron territorios (cita el ejemplo de Estados Unidos con relación a Texas en 1845), porque en esos tiempos las conquistas eran aceptables.

Como lo sostuvo el Consejero Goss, las Islas Falkland tienen garantizado el futuro, a través de la industria pesquera y el petróleo. Y agrega «La Argentina y las Islas Falkland comparten la misma región del mundo, explotan sus recursos pesqueros en zonas económicas separadas y los supervisan en pro del bien común...». Haciendo homenaje a los 160 años de existencia de la población de las Islas, recalca las diferencias entre las culturas de los diferentes pueblos «el pueblo de las Islas no desea formar parte de la Argentina» (sic).

El Representante de Papúa Nueva-Guinea apoya el proyecto de consenso, y respalda los intentos del Reino Unido y Argentina de resolver la cuestión mediante la celebración de consultas y el diálogo, y recomienda a las partes a que recaben los buenos oficios del Secretario General, para que se reanuden las negociaciones que pongan fin a la controversia de soberanía.

El Sr. Vernet, luego de ilustrar al Comité con el relato histórico que conocemos, que se inicia en el año 1823, cuando Luis Vernet obtiene del gobierno de Buenos Aires autorización para usufructuar el ganado existente en las Islas Malvinas, y continúa con todos los sucesos posteriores que conocemos, finaliza su intervención deplorando «la actitud intransigente del Consejo Legislativo de las Islas, que ha sugerido que se prohiba el ingreso de ciudadanos argentinos a las Islas Malvinas, en la creencia de que de ese modo los argentinos relegarán al olvido un territorio que históricamente les pertenece».

El Sr. Ancell, luego de reafirmar los derechos argentinos sobre las Islas Malvinas, y el apoyo brindado en tal sentido tanto en el ámbito de la OEA (Comité Jurídico Interamericano, Asamblea General de OEA), señala también que el Comité de Descolonización ha reconocido la existencia de una controversia de soberanía, expresando que la solución pacífica es la forma de descolonizar un territorio. Y recordó que se rechazó la propuesta británica de otorgar a los isleños el derecho a la libre determinación, en la Asamblea General de ONU, el 27-XI-85. Y expresamente señaló: »La soberanía argentina sobre las Islas Malvinas no puede desconocerse aduciendo el derecho a la libre determinación de los pueblos. Es tan ilusorio pensar que un pueblo puede gozar del derecho a la libre determinación si no posee un territorio en el cual pueda ejercerlo como sostener que una población importada como resultado de una ocupación colonial y que carece de rasgos que la tipifiquen pueda tener derecho sobre un territorio arrebatado a la fuerza».

Alexander Betts es un ciudadano argentino que nació y creció en Malvinas. Es un kelper y no reniega de su origen. Por ello es importante su visión, en la que considera que debería llegarse a un acuerdo negociado y pacífico, teniendo debidamente en cuenta los intereses de los pobladores de las islas, que sentaría las bases para la cooperación económica en el Atlántico meridional.

El Representante de Chile, señala el compromiso de toda la América Latina en la causa de la descolonización, en cuyo marco se inscribe la Declaración de los Presidentes de los Estados Partes del MERCOSUR y los países asociados, del 25-6-96. Señala el deseo de que se cumpla lo dispuesto en la Resolución 2065, y Chile valora positivamente la disposición Argentina de respetar el estilo de vida desarrollado en las Islas y construir vínculos directos con sus habitantes.

La exposición del Canciller Di Tella se transcribe textualmente en la parte de documentos, por lo que el lector podrá consultarla en su totalidad.

El Representante de Brasil, da lectura a la «Declaración sobre las Islas Malvinas», aprobada en la Décima Reunión de Presidentes del MERCOSUR, del 25 de Junio de 1996, donde los miembros de dicho acuerdo más los estados asociados, reafirman su respaldo a los legítimos derechos de la República Argentina en la disputa de soberanía referida a la cuestión de las Islas Malvinas.

En el mismo sentido, se pronuncia el Representante de Cuba y el de Venezuela.

El Representante de Afganistán sostiene que la cuestión que examina el Comité es compleja, pero está convencido que se llegará a una solución de la controversia, y desea que el Proyecto de resolución se apruebe por consenso.

Trinidad y Tobago y Sierra Leona, luego de haberse aprobado el proyecto por consenso, explican su voto, diciendo que si bien se sumaron al consenso, habrían deseado que se incluya una frase referente a la libre determinación de conformidad con la Carta de Naciones Unidas y las resoluciones 1514 (XV) y 1541 (XV) de la Asamblea General.

En la Sección Documentos se transcribe la resolución que por consenso aprobó el Comité de Descolonización, con fecha 22 de julio de 1996.

En el ámbito de la OEA, se insistió que la cuestión de las Islas Malvinas es un tema de interés hemisférico, y que expresa su satisfacción por la reafirmación de la voluntad del gobierno argentino de continuar explorando todas las vías posibles para solucionar la controversia.

En cuanto a la relación bilateral, lo logrado en los comunicados conjuntos no parecen coincidir con los hechos que en forma unilateral practica el Reino Unido, en torno a las Islas Malvinas, como a Georgias y Sandwich del Sur y a las aguas circundantes.

La bilateralidad en una relación tan desigual, hace que la misma no resulte equitativa para todas las partes.

En el comunicado emitido en la Primera Reunión de la Comisión sobre Hidrocarburos en el Atlántico Sudoccidental (del 29 de febrero y 1 de marzo de 1996) y en la segunda (del 10 de diciembre de 1996), se realizó bajo la fórmula del paraguas de soberanía establecido concretamente en Madrid I (1989).

No obstante ello, si nos detenemos en el examen cronológico de los hechos, veremos que hay una fractura entre los documentos y los hechos, pues la cordialidad que se resalta en los primeros, no se observa en las acciones llevadas a cabo por el Reino Unido con relación al conflicto pesquero en aguas de Georgias, durante los meses de marzo y abril de 1996, ni por lo manifestado por los Consejeros ante el Comité de Descolonización, ni con los resultados de la política de seducción llevada adelante por el Canciller Di Tella, la que aparentemente estaría llegando a su fin, o en todo caso, parece que por lo menos se acompañará con otras.

En cuanto a la posición Argentina, parecería que hay una intención de volver a insistir en tratar el tema de la soberanía, cuya cláusula del paraguas, en el momento de su concreción no prohibía dicho tratamiento, tal como erróneamente lo sostuvo el Sr. Presidente de la Nación en el 50º Aniversario de ONU, ello indica que se hizo un uso abusivo del paraguas, circunstancia bien aprovechada por el Reino Unido.

No obstante que la misma se utiliza en todas las reuniones donde se producen acuerdos entre las partes, ej. reuniones de la Comisión de Pesca y de la Comisión de Hidrocarburos, los actos unilaterales no quedan amparados por el paraguas, y constituyen actos reafirmatorios de soberanía. Personalmente entiendo que ellos se materializan en el control pesquero que unilateralmente lleva adelante el Reino Unido, el cobro de licencias, el poder jurisdiccional manifestado en condenas concretas a buques chilenos, la devolución del monto percibido por una multa a un buque argentino porque su licencia había sido transferida.

Los recursos -pesca y petróleo- deben ser aquellos que nos conduzcan a negociar la controversia de fondo, pero no en la interpretación que hacen los kelpers y que es la posición británica, en cuanto a que los acuerdos sobre los mismos se hacen en virtud de la cooperación, en la política del «buen vecino», en la télesis de preservación con la que se convocó a la Convención sobre Especies Altamente Migratorias, de estados con zonas económicas exclusivas enfrentadas. Estos acuerdos también serían posibles entre Malvinas y Chile, por ejemplo, si Chile fuese un país con costas enfrentadas a las aguas que el Reino Unido pretende de su propia jurisdicción. Desearía que los «acuerdos de caballeros» que se realizan con quienes son los diseñadores de la diplomacia mundial no pasen por alto estas observaciones. Como tampoco debería prestar conformidad a un acuerdo a largo plazo en el tema pesca, porque ello iría en contra de la cláusula transitoria inserta en la reforma constitucional del año 1994.

 

La ayuda de los vecinos.

Siguiendo la línea argumental del trabajo de investigación cuya autoría me pertenece «MALVINAS: Balance y perspectivas. Una alternativa de solución?, reafirmó la necesidad que los socios del MERCOSUR están llamados a cumplir un gran papel en la recuperación de la soberanía argentina de las Islas Malvinas.

¿De qué manera?. Acordando con ellos políticas comunes, tanto en lo referente a la política exterior (tal como en forma institucional lo hace la Unión Europea), y concretamente, en la explotación de los recursos: pesca y petróleo.

Si se observan los índices de exportación de productos de pesca, quizás no sea alentador para los productores locales pensar en compartir el recurso con los vecinos, pero si tenemos en cuenta las sumas que el gobierno de Menem ofreció como indemnización a los kelpers, y las probabilidades de poder explorar y explotar los hidrocarburos en el área, quizás sea conveniente.

Resulta alentador que el tema haya sido considerado en la Declaración de los Potreros de los Funes, (Pcia. de San Luis), por los miembros del MERCOSUR y sus asociados.

Con respecto a la Antártida, agradezco la colaboración de la Dirección Nacional de la Antártida, quien a través del Dr. Angel Ernesto Molinari nos ha brindado la situación del sector durante el año 1996, y la documentación elaborada en la XX Reunión Consultiva.

Agradecemos nuevamente al Departamento Malvinas, Antártida e Islas del Atlántico Sur, del Ministerio de Asuntos Exteriores, Comercio Internacional y Culto, que tan gentilmente nos brindó como lo hace año tras año, la documentación referente al tratamiento de la cuestión Malvinas.

 

Maria Elena Baquedano

Coordinadora