Revista de Relaciones Internacionales Nro. 10
Acuerdo Marco General de Paz en Bosnia y Herzegovina
La República de Bosnia y Herzegovina, la República de Croacia y la República Federativa de Yugoslavia (las "Partes"),
Reconociendo la necesidad de un arreglo amplio para poner fin al trágico conflicto en la región,
Deseosas de contribuir al logro de ese fin y de promover una paz y una estabilidad perdurables,
Afirmando su compromiso con los Principios Básicos Acordados publicados el 8 de septiembre de 1995, los Nuevos Principios Básicos Acordados publicados el 26 de septiembre de 1995 y los acuerdos de cesación del fuego del 14 de septiembre y el 5 de octubre de 1995,
Destacando el Acuerdo del 29 de agosto de 1995, por el que se autorizó a la delegación de la República Federativa de Yugoslavia a firmar, en nombre de la República Srpska, las partes del plan de paz que le concerniera, con la obligación de aplicar estricta y consecuentemente el Acuerdo a que se llegara,
Han acordado lo siguiente:
Artículo I
Las Partes se guiarán en sus relaciones por los principios enunciados en la Carta de las Naciones Unidas y en el Acta Final de Helsinki y otros documentos de la Organización para la Seguridad y la Cooperación en Europa. En particular, las Partes respetarán plenamente la igualdad soberana de las demás, arreglarán las controversias por medios pacíficos y se abstendrán de todo acto, mediante amenaza o uso de la fuerza o por otro medio, contra la integridad territorial o la independencia política de Bosnia y Herzegovina o de cualquier otro Estado.
Artículo II
Las Partes acogen complacidas y hacen suyas las disposiciones que se han adoptado en relación con los aspectos militares del arreglo de paz y los aspectos concernientes a la estabilización regional, que se enuncian en el anexo 1-A y el anexo 1-B de los acuerdos. Las Partes respetarán plenamente los compromisos asumidos en el anexo 1-A y promoverán su cumplimiento, y cumplirán plenamente los compromisos enunciados en el anexo 1-B.
Artículo III
Las Partes acogen complacidas y hacen suyas las disposiciones adoptadas respecto de la demarcación de las fronteras entre las dos Entidades, es decir, la Federación de Bosnia y Herzegovina y la República Srpska, que se enuncian en el anexo 2 del Acuerdo. Las Partes respetarán plenamente los compromisos asumidos en ese anexo y promoverán el cumplimiento de éstos.
Artículo IV
Las Partes acogen complacidas y hacen suyo el programa de elecciones para Bosnia y Herzegovina enunciado en el anexo 3. Las Partes respetarán plenamente ese programa y promoverán el cumplimiento de éste.
Artículo V
Las Partes acogen complacidas y hacen suyas las disposiciones respecto de la Constitución de Bosnia y Herzegovina que se enuncian en el anexo 4. Las Partes respetarán plenamente los compromisos asumidos en ese anexo y promoverán el cumplimiento de éstos.
Artículo VI
Las Partes acogen complacidas y hacen suyas las disposiciones respecto del establecimiento de un tribunal de arbitraje, una Comisión de Derechos Humanos, una Comisión para las Personas Desplazadas y los Refugiados, y una Comisión de Preservación de los Monumentos Nacionales, así como respecto del establecimiento de empresas públicas en Bosnia y Herzegovina, que se enuncian en los anexos 5 a 9 de los acuerdos. Las Partes respetarán plenamente los compromisos asumidos en esos anexos y promoverán el cumplimiento de éstos.
Artículo VII
Reconociendo que la observancia de los derechos humanos y la protección de los refugiados y las personas desplazadas revisten importancia fundamental para el logro de una paz duradera, las Partes acuerdan las disposiciones relativas a los derechos humanos que se enuncian en el capítulo 1 del Acuerdo del anexo 6, así como las disposiciones relativas a los refugiados y las personas desplazadas que figuran en el capítulo 1 del Acuerdo del anexo 7, y cumplirán plenamente esas disposiciones.
Artículo VIII
Las Partes acogen complacidas y hacen suyas las disposiciones respecto de la aplicación de este arreglo de paz, incluidas particularmente las relativas a la aplicación en el plano civil (no militar) que se enuncian en el Acuerdo del anexo 10, así como las relativas a la fuerza internacional de policía, que se enuncian en el Acuerdo del anexo 11. Las Partes respetarán plenamente los compromisos asumidos en esos anexos y promoverán el cumplimiento de éstos.
Artículo IX
Las Partes cooperarán plenamente con todas las entidades participantes en la aplicación de este arreglo de paz, que se describen en los anexos del presente Acuerdo o que hayan recibido autorización de otra forma del Consejo de seguridad de las Naciones Unidas, con arreglo a la obligación de todas las Partes de cooperar en la investigación de los crímenes de guerra y otras violaciones del derecho internacional humanitario y el enjuiciamiento de los responsables.
Artículo X
La República Federativa de Yugoslavia y la República de Bosnia y Herzegovina se reconocen mutuamente como Estados Soberanos independientes dentro de sus fronteras internacionales. Otros aspectos de ese reconocimiento mutuo serán objeto de futuras conversaciones.
Artículo XI
El presente Acuerdo entrará en vigor en cuanto haya sido firmado.
HECHO en París el 21º día de noviembre de 1995, en textos en los idiomas bosnio, croata, inglés y serbio, todos los cuales son igualmente auténticos.
Firmaron:
Por la República de Bosnia y Herzegovina
Unión Europea
Por la República de Croacia
Por la República Francesa
Por la República Federativa de Yugoslavia
Por la República Federal de Alemania
Por el Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte
Por los Estados Unidos de América
Por la Federación de Rusia
Anexos
Anexo l-A Acuerdo sobre los aspectos militares del arreglo de paz
Anexo l-B Acuerdos de estabilización regional
Anexo 2 Acuerdo sobre la línea fronteriza entre las entidades y cuestiones
Anexo 3 Acuerdo relativo a las elecciones
Anexo 4 Constitución de Bosnia y Herzegovina
Anexo 5 Acuerdo de arbitraje
Anexo 6 Acuerdo sobre derechos humanos
Anexo 7 Acuerdo relativo a los refugiados y las personas desplazadas
Anexo 8 Acuerdo sobre la Comisión de Preservación de los Monumentos Nacionales
Anexo 9 Acuerdo sobre el establecimiento de empresas públicas en Bosnia y Herzegovina
Anexo 10 Acuerdo sobre el cumplimiento de los aspectos civiles del arreglo de paz
Anexo 11 Acuerdo sobre la Fuerza Internacional de Policía