Revista de Relaciones Internacionales Nro. 15

"Antecedentes y perspectivas de la Zona de Paz

y Cooperación del Atlántico Sur"

 

 

Juan J Castelli - Fabián E Aouad

no hay currículum

Qué es la "Zona de Paz y Cooperación del Atlántico Sur"?, Cuál es su origen?, Cómo ve la Argentina esta iniciativa en la actualidad?, Cuál es el futuro del tema?

 

En el presente trabajo proponemos realizar un breve repaso a estos interrogantes, así como a los contenidos básicos del tema, tomando en consideración los documentos producidos durante las últimas reuniones Ministeriales, por su tratamiento en el marco de las Naciones Unidas, y por el análisis de las más recientes declaraciones del Gobierno Argentino sobre la cuestión.

 

I) Antecedentes y Evolución del tema

 

El inicio de un nuevo milenio nos sorprende asistiendo a un diario intercambio de opiniones, provenientes desde los más diversos sectores de la sociedad que tratan de explicar el fenómeno conocido como "globalización".

 

Sería sumamente interesante profundizar nuestro punto de vista sobre este fenómeno, pero excedería en mucho el objeto de nuestro trabajo. Podríamos decir brevemente que el mismo se estableció produciendo en el mundo fluctuaciones de las más variadas índoles, como producto de una vertiginosa ola de cambios que fue precedida, acompañada y transmitida por el imprevisto desarrollo de los medios de comunicación masivos y por la acelerada evolución de la tecnología.

 

Sin embargo, cuando a mediados de los ‘80 comenzó a debatirse la temática que luego se unificaría bajo el título «Zona de Paz y Cooperación del Atlántico Sur», la realidad era distinta.

 

En efecto, se trató de una iniciativa originada dentro de un mundo marcado por la "guerra fría", donde los dos grandes bloques mantenían fricciones, colocaban al mundo en tensión política, y maniobraban para fortalecerse a expensas del otro, situación ésta que traía aparejada una escasa movilidad en el escenario político internacional.

 

Dentro de este contexto fue el Presidente Sarney, en su discurso ante la 40ª Asamblea General de las Naciones Unidas, en 1985, quien introdujo la idea de preservar el Atlántico meridional como un área de paz.

 

Al año siguiente ese mismo órgano de las Naciones Unidas adoptó, con escasas reservas y objeciones, la Resolución A/41/11, por la que se declaró solemnemente el Océano Atlántico Sur como «Zona de Paz y Cooperación».

 

Desde la perspectiva de la década pasada, la citada declaración buscó definir una instancia en que los países de la cuenca del Atlántico Sur se movilizaran para endosar la idea un océano libre de amenazas nucleares y militares, frente a un contexto mundial signado por el conflicto y la amenaza.

 

Sin embargo el nuevo orden internacional que comenzó a definirse a partir de la caída del muro de Berlín y del fin de la bipolaridad, hacia fines de 1989, provocó un estancamiento en el tratamiento de la temática de la Zona, dado que su razón de ser primaria perdía en cierta medida su potencialidad originaria al tiempo que cedían las carreras armamentistas y las amenazas nucleares.

 

Este cambio de contexto provocó que los actores de la Zona comenzaran, de una forma o de otra, a percibir que antiguas modalidades y conflictos desaparecían, incluso debido a sus propias conductas -tanto en el marco regional como en el plano mundial- surgiendo la necesidad de reinterpretar el curso de los acontecimientos y la adaptación de los mecanismos internacionales ya existentes a las nuevas realidades.

 

Los impulsores de la Zona, entonces, coincidieron en la necesidad de ampliar la visión de futuro que tenían de la misma, reforzando la importancia del grupo como instrumento regional para la coordinación, el diálogo y la cooperación en las diversas esferas de su relacionamiento.

 

En ese sentido, fueron evidentes los esfuerzos realizados en la III reunión de Brasilia en 1994, oportunidad en la que se adoptaron cuatro declaraciones y una Decisición relativa a la creación del Comité Permanente de la ZPCAS (que luego veremos), así como el curso de acción seguido durante la IV reunión Ministerial realizada en Somerset West, Ciudad del Cabo, entre el 1 y 2 de abril de 1996. Respecto de ésta última se observa, considerando los trabajos anteriores, un esfuerzo adicional del grupo reflejado tanto en la Declaración Final -usual en estas reuniones- como por la adopción al termino de los trabajos y deliberaciones de tres Decisiones que expresaron intenciones concretas relativas a la cooperación específica en los ámbitos de la Protección del Medio Ambiente Marino, de la Pesca Ilegal y del Tráfico Ilícito de Drogas.

 

Una breve mirada de estos documentos finales y de las negociaciones llevadas a cabo en Sudáfrica reflejan, en general, que los contenidos adoptados en esa oportunidad incorporaron consensuadamente elementos de alta significación para la Zona destacándose, en particular, los siguientes:

a) La continua adhesión de los países miembros a los principios del respeto a la soberanía e integridad territorial así como al fomento de la democracia y el pluralismo político, y a la defensa y promoción de los derechos humanos;

b) El reiterado compromiso con la no proliferación de armas de destrucción masiva y la desnuclearización del Atlántico Sur;

c) La cooperación e intercambio de información respecto del transporte a través del Atlántico Sur de materiales altamente radiactivos, plutonio y desechos nucleares de alta actividad;

d) El reconocimiento de la importancia que asume para la zona de paz y cooperación del Atlántico Sur el Acuerdo sobre la aplicación de las disposiciones de la Convención de las Naciones Unidas sobre el Derecho del Mar del 10 de diciembre de 1982 relativas a la conservación y ordenación de las poblaciones de peces transzonales y las poblaciones de peces altamente migratorios, adoptado en Nueva York el 4 de agosto de 1995; y

e) La Decisión relativa a la cooperación contra la demanda, la producción y el tráfico ilícito de estupefacientes y sustancias sicotrópicas.

 

II) El tema en las Naciones Unidas

 

A) Asamblea General

 

Como se mencionó al principio del trabajo, esta temática fue adelantada por el presidente Sarney en 1985, durante la 40ª Asamblea General de las Naciones, y luego formalizada en una resolución de ese órgano, en 1986.

 

Por consiguiente, una mirada a la actuación del grupo en ese foro nos remite, básicamente, a las resoluciones anuales que la Zona ha presentado para su adopción en el plenario de los miembros de la Asamblea General de las Naciones Unidas.

 

Como es habitual en muchas de las resoluciones de la Asamblea los documentos de la Zona han ido reflejando -a través de los años- contenidos esenciales, asi como otros más coyunturales vinculados a circunstancias específicas como por ejemplo la evolución de los conflictos africanos. Si miramos el último documento de ese tipo -Res. 52/14 del 20 de noviembre de 1997 (52 AGNU)- vemos que entre los primeros, siguiendo las disposiciones contenidas en la resolución sobresalen, en particular, aquellos dirigidos a destacar:

i) El reiterado compromiso de la Zona con la no proliferación de armas de destrucción masiva y la desnuclearización del Atlántico Sur;

ii) El fomento de la democracia y el pluralismo político, y de promover y defender todos los derechos humanos y las libertades fundamentales, así como de cooperar para el logro de esos objetivos;

iii) La importancia que los Estados miembros atribuyen al medio ambiente de la región, reconociendo la amenaza que cualquier tipo de contaminación representa para el medio marino y costero, su equilibrio ecológico y sus recursos;

iv) El apoyo a los diversos procesos de paz en el Africa, así como a los esfuerzos de la comunidad internacional para la reconstrucción, la asistencia humanitaria y desarrollo de aquellos países africanos cuyas circunstancias lo requieren;

v) La importancia del Atlántico Sur para las actividades marítimas y las transacciones comerciales mundiales, así como su determinación de preservar la región para todos los fines y actividades pacíficos protegidos por el derecho internacional, en particular por la Convención de las Naciones Unidas sobre el Derecho del Mar;

vi) La necesidad de que el sistema de las Naciones Unidas proporcionen toda la asistencia que puedan solicitar los Estados de la Zona en el marco de sus esfuerzos conjuntos para dar efecto a la Declaración de la Zona de Paz y Cooperación del Atlántico Sur;

vii) El pedido al Secretario General de las Naciones Unidas de que mantenga en examen la aplicación de la resolución 41/11, y de otras resoluciones posteriores sobre el tema y que le presente un informe, en el que tenga en cuenta, entre otras cosas, las opiniones expresadas por los Estados Miembros;

viii) La importancia de que todos los Estados cooperen en la promoción de los objetivos establecidos en la declaración de la Zona y se abstengan de emprender cualquier actividad que no sea compatible con esos objetivos, con la Carta de las Naciones Unidas y con las resoluciones pertinentes de esa Organización, en particular las actividades que puedan crear o agravar situaciones de tensión y de posible conflicto en la región.

 

Sin duda este último punto constituye un llamado generalizado de la Asamblea General a todos los Estados para que se abstengan, en el Atlántico Sur, de llevar a cabo actividades o conductas que choquen con la Carta. Pero aún más, llama a evitar que en aquellos casos en que efectivamente hay una situación de tensión o conflicto la misma se vea agravada.

 

Si nos detenemos unos instantes en esta provisión de la Zona y de la ONU, tal vez podamos establecer alguna relación entre ese llamamiento y la particular situación colonial de las Islas Malvinas en el Atlántico Sur.

 

En efecto, daría la impresión de que estos tradicionales contenidos expresados por la Asamblea General vendrían a complementar y reforzar los pronunciamientos específicos, también anuales, sobre la Cuestión de las Islas Malvinas dentro del Comité Especial de Descolonización de la ONU, en los que se llama reiteradamente a las partes en la disputa, es decir Argentina y Reino Unido, a reiniciar las negociaciones de soberanía relativas a las islas.

 

De todas maneras, en ese marco de reflexión, resulta de interés la circunstancia de que el Reino Unido haya mantenido informada a las Naciones Unidas sobre cuestiones que hacen a la paz y la seguridad en el Atlántico Sur. A ese respecto, nos da un panorama el informe producido por ese país, el 3 de julio de 1997, por el que, conforme surge del documento A/52/462 del 14 de octubre de 1997, le indica al Secretario General de las Naciones Unidas, respecto a la Zona de Paz de marras, lo que sigue:

 

«El Gobierno del Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte celebra los objetivos de la resolución 51/19 de la Asamblea General de promover la paz y la cooperación en el Atlántico Sur y desea señalar a la atención del Secretario General la evolución de las relaciones anglo-argentinas, que ha contribuido a reducir la tensión en el Atlántico Sudoccidental. Prosigue la cooperación en el marco de la Comisión de Pesca del Atlántico Sur, entre cuyas prioridades se destaca la conservación de las especies de peces , y en la Comisión sobre Hidrocarburos del Atlántico Sudoccidental en la cual, en particular, se están desarrollando las disposiciones relativas a la explotación conjunta de los hidrocarburos en la zona especial de cooperación establecida por el Reino Unido y la Argentina en la Declaración Conjunta de 27 de septiembre de 1995».

 

B) Comité Permanente

 

También dentro del ámbito de las Naciones Unidas la Zona constituyó un mecanismo de seguimiento intersesional o Comité Permanente con el propósito de dar apoyatura a los diversos trabajos en la agenda del grupo.

 

En ese sentido recordamos que hasta 1994 los trabajos se llevaron a cabo, principalmente, a través de las llamadas «reuniones de la Zona», también referidas en algunos casos como reuniones de Alto Nivel o Ministeriales, en las que se fijaban los lineamientos conceptuales del foro y se convocaban las reuniones de «expertos» pertinentes.

 

Fue durante la III reunión celebrada en Brasilia, en 1994, que se concretó la idea de contar con el referido mecanismo intersesional de seguimiento conocido como «Comité Permanente de la ZPCAS». Este tiene como objetivo coordinar el seguimiento de las decisiones que adopten sus miembros y asegurar la continuidad del diálogo «intrazona». De esta forma la Zona daba un nuevo paso en la dirección de su mayor afianzamiento, asegurándose que entre una reunión y la próxima existiera una instancia para el seguimiento de sus decisiones.

 

En esa línea de pensamiento y con espíritu práctico -considerando que todos sus Estados miembros tienen Misiones Permanentes acreditadas ante las Naciones Unidas - se convino que los respectivos Representantes Permanentes en Nueva York integrarían ese «Comité Permanente». A su vez, el representante del último país sede oficiaría como coordinador de las actividades hasta la siguiente reunión (de Alto Nivel o Ministerial).

 

Tras esta breve descripción de los objetivos y composición del mismo sólo nos resta agregar que, tanto por sus trabajos concretos como así también por sus debates, el Comité demostró ser un mecanismo adecuado, cuyo funcionamiento posibilitó un nivel de diálogo intrazona más dinámico y fluido. Ello se reflejó en las cuidadosas preparatorias de las reuniones de Somerset West (1996) y Buenos Aires (1998) por un lado, a la vez que por otro también demostró su eficacia durante los trabajos con motivo de la elaboración de los pronunciamientos sometidos a la consideración de las Naciones Unidas. Sin duda la circunstancia de haberse dispuesto su constitución y funcionamiento en Nueva York facilitó enormemente el dinamismo de este mecanismo.

 

C) Declaraciones Argentinas

 

 

Como cierre de esta aproximación a los trabajos vinculados a la Zona de Paz y Cooperación del Atlántico Sur en el marco de las Naciones Unidas, nos queda por examinar la posición de nuestro país relativa al tema.

 

Al respecto, merecen destacarse los más recientes pronunciamientos realizados ante ese foro por nuestra delegación ante la ONU. En efecto, las precisiones realizadas durante la intervención efectuada en noviembre de 1997 con motivo del debate previo a la adopción de la resolución 52/14, resultan esclarecedores de los enfoques y alcances que Argentina atribuye a las cuestiones en la agenda actual de la Zona. Veamos:

1) Se definió la Zona como un ámbito para promover el entendimiento y mejorar la cooperación entre los países del Atlántico Sur.

2) Se asignó especial significación a conceptos fundamentales como la «democracia y el pluralismo político», y el respeto y defensa de los derechos humanos y las libertades individuales. Considerando a los mismos como conceptos básicos que fundamentan los propósitos y principios de la Zona.

3) Se observó que las Zonas libres de armas nucleares contribuyen de manera significativa a la paz y seguridad internacionales, al ir limitando los espacios para el uso o amenaza de uso de dichas armas.

4) Se sostuvo con firmeza la necesidad de preservar el medio ambiente marino así como sus recursos vivos y al respecto destaca la importancia que revisten las normas adoptadas en el marco de la Organización Marítima Internacional que buscan preservar el medio ambiente marino de los vertidos y desechos derivados del transporte y el acuerdo de 1995 relativo a la conservación y ordenación de las poblaciones de peces transzonales y de peces altamente migratorios.

5) Se señaló la relevancia que reviste la cuestión del transporte de combustible nuclear irradiado, plutonio y desechos altamente radiactivos. Dejando sentada, en este sentido, la preocupación argentina, ciertamente compartida con otros países de la zona, por los riesgos que implica el tránsito, por el Atlántico Sur, de barcos transportando desechos radiactivos.

6) Se destacó la importancia de favorecer la adopción en las aguas sometidas a jurisdicción argentina de medidas reconocidas por el derecho internacional en resguardo de la salud de sus habitantes y sistemas marinos, a la vez que reiteró la convicción de reforzar la regulación internacional en esta materia.

7) Se puntualizó que en relación a la lucha contra el narcotráfico y sus delitos conexos, la Argentina reiteraba una vez más su permanente disposición a cooperar en el logro de los objetivos de la Zona en el Atlántico Sur, de conformidad a la declaración formulada al respecto en Somerset West.

8) Se ratificó, una vez más, que la República Argentina comparte plenamente la exhortación anual que los miembros de la Zona efectúan a todos los estados a fin de que cooperen en la promoción de sus objetivos y se abstengan de realizar actos incompatibles con los mismos, en particular, aquellos actos que puedan crear o agravar, situaciones de tirantez y posible conflicto en la región, y extendió esta exhortación para que todos los Estados no sólo prevengan los conflictos, sino para que, conforme a los principios y objetivos de la Carta de las Naciones Unidas y las resoluciones pertinentes de la organización, se aboquen a la búsqueda pacífica y negociada de una solución definitiva y justa a las disputas pendientes en la región.

 

Por último, en relación a las intervenciones en ONU que estamos analizando, resulta valioso para completar la visión expuesta por la Argentina lo expresado por el Ministro de Relaciones Exteriores en su más reciente discurso, con motivo del debate general del 53ª período anual de sesiones ordinarias de la Asamblea General, el pasado 21 de septiembre de 1998, oportunidad en la que se refirió a la cuestión de la siguiente manera:

 

"....El natural interés de la Argentina en el Atlántico Sur se refleja en nuestra participación en la Zona de Paz y Cooperación que reúne a veinticuatro países africanos y latinoamericanos, a ambas márgenes del Atlántico. Es para mi, particular motivo de orgullo anunciar que la República Argentina será sede, entre los días 21 y 22 de octubre, de la V reunión Ministerial de los países miembros de la Zona de Paz y Cooperación.

 

Lamentablemente, en el Atlántico Sur resta un importante tema sin resolver: la disputa de soberanía entre la República Argentina y el Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte por las Islas Malvinas, controversia cuya existencia ha sido reconocida de manera inequívoca en numerosas resoluciones de ésta misma Asamblea General y del Comité de Descolonización, como así también en distintos foros internacionales......"

 

Como vemos el Canciller argentino identificó en éstos párrafos de su discurso dos cuestiones centrales de la política exterior argentina. Por un lado, ratificó el interés natural que revisten para nuestro país todas aquellas cuestiones vinculadas a un área clave como el Atlántico Sur a la vez que, por otro, llamó la atención de la Asamblea sobre la subsistencia de una disputa de soberanía aún irresuelta por las Islas Malvinas, destacando que se trata de una cuestión respecto de la cual las propias Naciones Unidas históricamente se han pronunciado en forma inequívoca.

 

III) Reunión Ministerial de Buenos Aires

 

Hemos visto en la cita de los párrafos anteriores que el Canciller argentino adelantó la realización en Buenos Aires, de la V reunión Ministerial.

 

En efecto hace pocos días tuvo lugar una nueva reunión de la Zona, más precisamente los días 21 y 22 de octubre de 1998. En esta oportunidad, sus miembros trabajaron sobre la base de una agenda que, en general, marcó una continuidad en los temas de Somerset West, abarcándose las siguientes cuestiones: i) Paz y Seguridad, ii) Protección del Medio Ambiente Marino y Costero, iii) Protección de los Recursos Vivos Marinos, iv) Promoción del Comercio e Inversiones Externas y v) Asistencia Humanitaria.

 

Asimismo, en la presente ocasión, como ha sido costumbre en cada reunión ministerial de la Zona, al cabo de sus trabajos y deliberaciones también se adoptó una "Declaración Final" y como elemento novedoso en el marco de los trabajos del grupo, se destaca la adopción de un "Plan de Acción".

 

Por su parte, los miembros de la Zona expresaron que durante su reciente paso por Buenos Aires acordaron, por consenso, el compromiso de profundizar la cooperación en áreas de su interés común, tales como la conservación de los recursos vivos marinos, la promoción del comercio y las inversiones, el desarrollo de la cooperación técnica, la lucha contra el narcotráfico y sus delitos conexos, la asistencia humanitaria, y los esfuerzos para alcanzar una regulación apropiada del transporte marítimo de desechos radioactivos.

 

Por otro lado, señalaron que la Declaración también se refiere a "diversas áreas de tensión y conflicto" que fueron debidamente consideradas. En efecto, en ese sentido, una rápida mirada al contenido de aquella demuestra que las varias problemáticas africanas ocuparon gran parte de la atención de sus miembros. El proceso de Paz en Guinea-Bissau, la democratización de Nigeria, la confrontación armada en la República Democrática del Congo (ex Zaire), y la crisis en Angola, merecieron pronunciamientos específicos, con un llamamiento general para la pronta solución de los mismos, por medios pacíficos.

 

A) Plan de Acción de Buenos Aires

 

El "Plan de Acción" en sí mismo, siguiendo los propios dichos de la Zona, viene a servir como un complemento para la "instrumentación de aquellas medidas acordadas en la Declaración Final y para reforzar las actividades de cooperación tanto bilaterales como multilaterales, en los diferentes campos del común interés de sus miembros".

 

Se trata de una iniciativa - argentina- que procura dotar a la Declaración Final de una canalización práctica y concreta. Podría decirse que se trata de una suerte de articulado "operativo" respecto de los contenidos siempre genéricos de todas las declaraciones finales del grupo. Dicho ello, cabría agregar que el destinatario lógico de los mismos no parece ser otro -atento sus funciones específicas- que el ya mencionado Comité Permanente, al que seguramente corresponderá tomar estas directivas con miras al desarrollo de las cuestiones en la agenda.

 

Sin duda hoy resulta imprescindible mirar a los documentos adoptados en Buenos Aires para tener una idea de los futuros trabajos del grupo, así como para evaluar el alcance que tendrán los mismos. A continuación reseñamos las provisiones más relevantes del Plan de Acción, las que, básicamente, se dirigen a:

1) Reforzar los vínculos económico-comerciales;

2) Impulsar la ratificación del Acuerdo para la Instrumentación de las Disposiciones de la Convención de las Naciones Unidas sobre Derecho del Mar del 10 de diciembre de 1982, relativa a la Conservación y Administración de Especies Transzonales y Especies Altamente Migratorias, adoptada en Nueva York, el 4 de agosto de 1995;

3) Intercambiar información sobre la registración de buques de pesca en el marco del Acuerdo para Promover el Cumplimiento de las Medidas Internacionales de Conservación y Administración por parte de Buques Pesqueros en Alta Mar, de la FAO, de 1993;

4) Cooperar Bilateral y Multilateralmente en el campo de la lucha contra el Narcotráfico y el Lavado de dinero, así como respecto de la prevención del abuso de drogas;

5) Impulsar la ratificación e implementación de la Convención de Ottawa, sobre prohibición de minas anti-personales;

6) Cooperar con la iniciativa "Cascos Blancos", e identificar los puntos focales nacionales, de conformidad con las correspondientes resoluciones de las Naciones Unidas;

7) Considerar iniciativas conjuntas contra el Tráfico Ilícito de Armas Livianas;

8) Los mecanismos para la financiación de proyectos conjuntos;

9) La posible creación de una base de datos de la Zona;

10) Establecer puntos focales nacionales para faciltar la coordinación entre los Estados Miembros.

 

B) Declaración Argentina de Apertura

 

En la tarea de acercarnos un poco más a la visión argentina actual de la Zona, iniciada en el punto anterior, nos ayuda significativamente lo expresado fuera de las Naciones Unidas por la delegación argentina al efectuarse la respectiva Apertura de la mencionada Quinta Reunión, en Buenos Aires. Veamos:

 

"...La iniciativa argentina de realizar la Quinta Reunión Ministerial de la Zona de Paz y Cooperación del Atlántico Sur en Buenos Aires refleja la importancia que nuestro país le asigna a esta última, que actualmente es el único foro regional de diálogo y acercamiento entre los países atlánticos de África y América del Sur. En nuestra opinión, la Zona de Paz constituye además un excelente ámbito para mejorar las políticas de cooperación y profundizar las estrategias de promoción del comercio recíproco entre ambos continentes, en el contexto de una relación crecientemente estrecha, activa y dinámica.

 

Desde siempre, la noción de océano plantea en sí misma una paradoja: representa un desafío y una oportunidad; un obstáculo y a la vez un medio. Que sea percibido de una u otra manera depende de la actitud de los actores relacionados con la Zona. En mi opinión, en el Atlántico Sur y no obstante el tiempo transcurrido desde 1986, esta contradicción no ha sido resuelta.

 

En estos doce años han tenido lugar cambios trascendentes en las relaciones internacionales. Un aspecto que me interesa subrayar es la tendencia a que los Estados se vinculen entre sí grupalmente, como regiones, como así también que los temas de conversación se refieran a asuntos prácticos. Ya en 1994, en la reunión de Brasilia, señalé que "...vemos esta iniciativa como un proyecto que, por sobre todas las cosas, debe apuntar a realizaciones concretas", "...lejos de la retórica y cerca de las preocupaciones de la gente".

 

Es por ello que, sin perjuicio de profundizar los mecanismos de cooperación que permitan consolidar al hemisferio sur y las áreas adyacentes como una zona completamente libre de armas nucleares, la cuestión de la protección del medio ambiente o el problema del consumo indebido de drogas y el combate al narcotráfico y sus delitos conexos, demandan una mayor cooperación entre los Gobiernos, tanto bilateral como multilateral.

 

Pienso que los países de la ribera sudamericana debemos considerar a los Estados africanos de la contracosta como nuestros vecinos y desarrollar juntos relaciones de buena vecindad. En este sentido, un mejor conocimiento mutuo redundará con el tiempo en la consolidación de una amistad ya existente desde la independencia de nuestros pueblos, en un reconocimiento de nuestros intereses comunes y en una expansión de nuestros vínculos comerciales.

 

Así como nuestros ríos desembocan en el mismo mar, nuestros esfuerzos deben converger para que el Atlántico Sur sea un espacio de confluencia para las naciones ribereñas..."

 

IV) Comentarios Finales

 

 

A lo largo del presente trabajo hemos repasado el origen del tema "Zona de Paz y Cooperación del Atlántico Sur" en la región, a partir de la introducción de la iniciativa por parte del presidente brasileño José Sarney en las Naciones Unidas y del marco internacional en que esta iniciativa fue propuesta.

 

Asimismo hemos repasado el tratamiento reciente de la cuestión en la Asamblea General de las Naciones Unidas, y considerado en ese contexto los trabajos del Comité Permanente, a la vez que procuramos reflejar la visión argentina actual tanto dentro de la Zona como ante la comunidad internacional.

 

De esta forma creemos haber satisfecho los dos primeros interrogantes que nos propusimos al principio de este trabajo, es decir definir el tema e identificar su origen. Por otro lado, también hemos descripto el tercer interrogante, referido a la visión de nuestro país sobre la cuestión.

 

A modo de corolario quisiéramos ahora ensayar algunas reflexiones sobre el futuro de la cuestión, procurando aportar un punto de vista más al debate sobre éste tema.

 

En ese sentido, y volviendo a lo expresado en los primeros párrafos, sobre la creación de la «ZPCAS», advertimos que no existe una visión generalizada o unánime en el plano internacional sobre los contenidos y la definición de aquello que una Zona de Paz es o debe ser, como así tampoco respecto de su forma de creación o constitución.

 

Ahora bien dicho ello al preguntarnos entonces qué es la Zona, podríamos ensayar que se trata más bien de una suerte de formulación de carácter político de los Estados que hacen tal tipo de declaración, antes que de una figura legal creadora de derechos y obligaciones internacionales, tanto frente a terceros como entre los propios integrantes del grupo.

 

En ese sentido, valga como ejemplo, la posición que al respecto han mantenido, si bien con matices en el tiempo -aunque no de fondo sino de forma- la delegación de los Estado Unidos en las Naciones Unidas, para el que las mismas sólo pueden ser creadas por acuerdos entre las partes interesadas (tratados) y no por medio de declaraciones generales de foros multilaterales.

 

Por último, se observa otra cuestión no menos importante que la anterior, referida a la delimitación del espacio que abarca la Zona. Siguiendo el articulado de las resoluciones de la Asamblea podemos decir que la misma ha sido definida, como «la región del océano Atlántico situada entre Africa y América del Sur».

 

Como vemos, se trata de una formulación que por genérica limita su configuración. Sin embargo, de ello podríamos también extraer que la voluntad de los Estados no fue la de crear un área para la aplicación concreta y específica de normas determinadas por la Zona sino, en cambio, se vislumbraría cierta voluntad de contar básicamente con un mecanismo o canal de diálogo político destinado a reforzar los vínculos que unen a los Estados Africanos y Latinoamericanos, a ambas márgenes del Atlántico Sur.

 

Para finalizar, cabe agregar que en el marco de lo expresado a lo largo del presente trabajo resultará, entonces, de sumo interés analizar los resultados que saldrán de la próxima reunión de los Estados miembros de la Zona, ocasión para la que ya se cuenta con el ofrecimiento de Benin para oficiar como sede de la VI reunión.

 

El seguimiento de la aplicación del referido Plan de Acción de Buenos Aires, sin duda abre positivas expectativas sobre las posibilidades de la Zona de profundizar la cooperación, a la vez que de avanzar en la reafirmación de instrumentos internacionales adoptados por la comunidad internacional y en la detección de aquellas cuestiones del interés común de los miembros de la Zona que puedan ser llevadas, coordinadamente, a los organismos internacionales competentes según la materia evitando, al mismo tiempo, la duplicación o superposición de los trabajos de la ZPCAS con los de otros foros.

 

Es de esperar que la próxima reunión en Benin continúe los trabajos de Buenos Aires, y que se examine la evolución de los mismos en los años por venir. También es de esperar que, de la mano de los procesos de democratización y apertura de las economías en los que se encuentran embarcados algunos Estados miembros de la Zona en ambas márgenes del Atlántico Sur, se genere un mayor espacio dedicado a la cooperación en el campo de lo económico y de la promoción del comercio y las inversiones.

Nota: Lo expresado en el presente trabajo no refleja la posición oficial del Gobierno argentino sobre el tema. Sólo contiene los puntos de vista personales de sus autores.