Revista de Relaciones Internacionales Nro. 3

RESOLUCION 777

(aprobada el 19 de setiembre de 1992).

 

EI Consejo de Seguridad

Reafirmando su resolución 713 (1991), de 25 de setiembre de 1991, y todas las resoluciones posteriores pertinentes,

Considerando que el estado conocida anteriormente como República Federativa Socialista de Yugoslavia ha dejado de existir,

Recordando en particular la resolución 757 (1992), en la que se observa que "la reivindicación de la República Federativa de Yugoslavia (Serbia y Montenegro) de asumir automáticamente el lugar en la antigua República Federativa Socialista de Yugoslavia en las Naciones Unidas no ha tenido aceptación general",

I. Considera que la República Federativa de Yugoslavia (Serbia y Montenegro) no puede asumir automáticamente el lugar de la antigua República Federativa Socialista de Yugoslavia en las Naciones Unidas; y, por lo tanto, recomienda que la Asamblea general decida que la República Federativa de Yugoslavia Serbia y Montenegro) deberia solicitar su admisión como Miembro de las Naciones Unidas y

no participará en los trabajos de la Asamblea General;

2. Decide volver a examinar la cuestión antes de que concluya la parte principal del cuadragésimo periodo de sesiones de la AsambleaGeneral.