Revista de Relaciones Internacionales Nro. 3

RESOLUCION APROBADA POR LA ASAMBLEA GENERAL

 

47/1. Recomendación del Consejo de Seguridad de 19 de septiembre de 1992

La Asamblea General

Habiendo recibido la recomendación del Consejo de Seguridad, de 19 de septiembre de 1992, de que la República Federativa de Yugoslavia (Serbia y Montenegro) deberia soticitar su admisión como Miembro de las Naciones Unidas y no participará en los trabajos de la Asamblea General 1/,

1. Considera que la República Federativa de Yugoslavia (Serbia y Montenegro) no puede asumir automáticamente el lugar de la antigua República Federativa Socialista de Yugoslavia en las Naciones Unidas, y, por lo tanto, decide que la República Federativa de Yugoslavia ( Serbia y Montenegro) deberia solicitar su admisión como miembro de las Naciones Unidas y no participará en las trabajos de la Asamblea General;

2. Toma nota de la intención del Consejo de Seguridad de volver a examinar la cuestión antes de que concluya la parte principal del cuadragésimo séptimo periodo de sesiones de la Asamblea General.

7a. sesión plenaria

22 de septiembre de 1992