Revista de Relaciones Internacionales Nro. 6

Abjasia

RESOLUCION 876

(Aprobada el 19 de octubre 1993)

El Consejo de Seguridad,

Reafirmando sus resoluciones 849 (1993), de 9 de julio de 1993, 854 (1993), 6 de agosto de 1993, y 858 (1993), de 24 de agosto de 1993;

Recordando la declaración hecha por el Presidente del Consejo el 17 de septiembre de 1993 (S/26463) en la cual el Consejo de Seguridad expresó su profunda preocupación por la situación de Abjasia (República de Georgia) e instó a todos los países a que alentaran el reinicio del proceso de paz;

Habiendo estudiado la carta del Presidente del Parlamento, jefe de Estado de la República de Georgia, de fecha 12 de octubre de 1993 (S/26576, anexo);

Habiendo estudiado también el informe del Secretario General de 7 de octubre de 1993 (S/26551);

Profundamente preocupado por los sufrimientos causados a los seres humanos por el conflicto en la región, así como por los informes sobre los casos de "depuración étnica" y otras violaciones graves del derecho humanitario internacional;

Afirmando que la continuación del conflicto en Abjasia (República de Georgia) constituye una amenaza para la paz y la estabilidad en la región;

1. Afirma la soberanía y la integridad territorial de la República de Georgia;

2. Reafirma su enérgica condena de la grave violación cometida por el lado abjasio del Acuerdo de cesación del fuego de 27 de julio de 1993 entre la República de Georgia y las fuerzas de Abjasia, así como de las medidas posteriores que violan el derecho humanitario internacional;

3. Condena asimismo el asesinato del Presidente del Consejo de Defensa y del Consejo de Ministros de la República Autónoma de Abjasia;

4. Exige que todas las partes se abstengan del uso de la fuerza y de toda violación del derecho humanitario internacional y acoge con beneplácito la decisión del Secretario General de enviar una misión de investigación de los hechos a la República de Georgia a ese respecto, en particular para investigar los informes sobre casos de 'depuración étnica";

5. Afirma el derecho de los refugiados y de las persona desplazadas a regresar a sus hogares y exhorta a las partes a que faciliten ese retorno;

6. Acoge con beneplácito la asistencia humanitaria ya prestada, en particular por organismos internacionales de ayuda, e insta a los Estados Miembros a que contribuyan a tales esfuerzos por prestar socorro;

7. Pide que se brinde acceso sin trabas para la asistencia internacional de socorro humanitario en la región;

8. Exhorta a todos los Estados a que impidan que desde su territorio o por personas bajo su jurisdicción se preste al lado abjasio toda asistencia, excepto la humanitaria, y en particular que impidan el envío de cualesquiera armas y municiones;

9. Reitera su apoyo a los esfuerzos del Secretario General y de su Enviado Especial, en colaboración con el Presidente en funciones de la Conferencia sobre la Seguridad y la Cooperación en Europa (CSCE) y con la asistencia del Gobierno de la Federación de Rusia como mediador, por llevar adelante el proceso de paz a fin de lograr una solución política global;

10. Toma nota de las medidas provisionales que ha tomado el Secretario General en relación con la Misión de Observación de las Naciones Unidas en Georgia (UNOMIG), y acoge con beneplácito su intención de presentar un nuevo informe tanto sobre el futuro de la UNOMIG como sobre los aspectos políticos de la función de las Naciones Unidas de tratar de poner fin al conflicto de Abjasia;

11. Decide continuar ocupándose de la cuestión.