Revista de Relaciones Internacionales Nro. 8

Conferencia ministerial mundial sobre la

Delincuencia Transnacional Organizada

 

 

Declaración Política

Nosotros. Jefes de Estado y de Gobierno, y Ministros encargados de los sistemas de justicia penal, y demás representantes de alto nivel de los gobiernos,

Reunidos en Nápoles por primera vez en la historia, en visperas del cincuentenario de las Naciones Unidas, con el fin de examinar los medios de fortalecer y mejorar la capacidad de respuesta de los países y la cooperación internacional contra la delincuencia transnacional organizada y de sentar las bases de una acción mundial concertada y eficaz para combatir la delincuencia transnacional organizada y prevenir su expansión,

Profundamente preocupados por la extraordinaria propagación de la delincuencia organizada durante el último decenio y por sus dimensiones mundiales, lo cual constituye una amenaza para la seguridad y la estabilidad internas de los Estados soberanos,

Alarmados por el elevado costo humano y material de la delincuencia transnacional organizada, así como por sus repercusiones en las economías nacionales, el sistema financiero mundial, el orden jurídico y los valores sociales fundamentales,

Conscientes de las necesidades de muchos países, particularmente de los países en desarrollo y de los países en transición, que se esfuerzan por modernizar y hacer más funcionales sus sistemas de justicia penal a fin de aumentar su capacidad de respuesta frente a la delincuencia transnacional organizada,

Convencidos de la urgente necesidad de dispositivos internacionales más eficaces para prestar asistencia a los Estados y facilitar la aplicación de estrategias conjuntas para prevenir y combatir la delincuencia transnacional organizada, así como de la necesidad de afianzar el papel de las Naciones Unidas como centro de coordinación en este campo,

Reafirmando la responsabilidad conferida a las Naciones Unidas en la esfera de la prevención del delito y la justicia penal y reconociendo la necesidad de fortalecer la función que le compete en el desarrollo de un amplio programa de acción para la lucha contra la delincuencia transnacional organizada y su prevención,

Conscientes de las diferencias que subsisten entre los países en la percepción y evaluación de este fenómeno y, por consiguiente, en su elección de políticas para combatir la delincuencia organizada,

Proclamamos nuestra voluntad política y firme determinación y nuestro inequívoco compromiso de asegurar la plena y rápida aplicación de la presente Declaración Política y Plan de Acción Mundial contra la Delincuencia Transnacional Organizada.

1. Resolvemos proteger a nuestras sociedades de la delincuencia organizada en todas sus formas, a través de medidas legislativas estrictas y eficaces y de instrumentos operacionales, que sean en todo conformes con los derechos humanos y las libertades fundamentales internacionalmente reconocidos.

2. Estamos decididos a aunar nuestras fuerzas y a luchar juntos contra la expansión y diversificación de la delincuencia transnacional organizada y observamos con grave inquietud los vinculos existentes entre la delincuencia transnacional organizada y los actos de terrorismo. Pese a ciertos éxitos recientes, somos conscientes de que debe intensificarse aún más la coordinación de las estrategias así como otras formas de cooperación internacional.

3. Nos esforzaremos de modo especial por abatir el poder social y económico de las organizaciones delictivas y su capacidad para infiltrarse en las actividades económicas lícitas, blanquear el producto de sus actividades delictivas y recurrir al terror y la violencia.

4. Afirmamos que los Estados, así como todas las organizaciones mundiales y regionales competentes, deben otorgar una alta prioridad a la lucha contra la delincuencia transnacional organizada, con el debido apoyo del público en general, de los medios informativos, de las empresas, de las instituciones y de las organizaciones no gubernamentales.

5. Aunque la delincuencia organizada tenga repercusiones mundiales, reconocemos que la labor de prevención y lucha contra ella ha de variar por fuerza de un Estado a otro y de una región a otra y ha de estar basada en el perfeccionamiento de la capacidad nacional de respuesta, en un conocimiento más perfecto de los grupos delictivos organizados y en el aprovechamiento en común de la experiencia adquirida al respecto.

6. Observamos con inquietud que la delincuencia transnacional organizada amenaza el avance económico y social de los países en desarrollo y de los países en transición, así como sus instituciones. La comunidad internacional debe prestar asistencia a los esfuerzos de estos países por dotar de medios a las instituciones de su sistema de justicia penal para prevenir y combatir adecuadamente la delincuencia organizada, con el debido respeto de los derechos humanos y de las libertades fundamentales internacionales.

7. Expresamos nuestra satisfacción por el establecimiento de la Comisión de Prevención del Delito y Justicia Penal. Recomendamos encarecidamente que, en el programa de las Naciones Unidas en materia de prevención del delito y justicia penal, se siga prestando una atención prioritaria al fortalecimiento de la cooperación internacional contra la delincuencia transnacional organizada, al tiempo que reconocemos que la limitación de recursos impone ciertas restricciones al cumplimiento de sus mandatos. Instamos al Secretario General a que asigne recursos humanos y financieros adecuados para las actividades de las Naciones Unidas destinadas a la lucha contra la delincuencia transnacional organizada,habida cuenta del alcance de sus responsabilidades.

8. Instamos a los Estados que aún no sean partes en la Convención de las Naciones Unidas contra el Tráfico Ilícito de Estupefacientes y Sustancias Sicotrópicas, de 1988, instrumento de reconocida importancia, a que la ratifiquen o se adhieran a ella sin demora. Se insta a todos los Estados a que pongan plenamente en práctica esta Convención y todo otro acuerdo ya vigente y a que, de ser necesario, preparen instrumentos que contemplen la amplia gama de delitos perpetrados por la delincuencia transnacional organizada, sin limitarse a los delitos de tráfico de drogas.

9. Deseamos potenciar y afianzar la capacidad de los Estados, así como de las Naciones Unidas y de otras organizaciones mundiales y regionales competentes, para el logro de una cooperación más eficaz contra la amenaza que plantea la delincuencia transnacional organizada, particularmente en relación con:

a) Una mayor armonización de los textos legislativos relativos a la delincuencia organizada;

b) El fortalecimiento de la cooperación internacional en asuntos operacionales a nivel de la instrucción de la causa, de la acusación y del juicio;

c) El establecimiento de modalidades y de principios básicos para la cooperación internacional a nivel regional y mundial;

d) La preparación de acuerdos internacionales contra la delincuencia transnacional organizada;

e) Las medidas y estrategias para prevenir y combatir el blanqueo de dinero y la utilización del producto del delito.

10. Otorgamos particular importancia y la máxima prioridad a la aplicación de la presente Declaración Política y Plan de Acción Mundial contra la Delincuencia Transnacional Organizada y, a tal efecto, nos esforzaremos por mejorar la asistencia financiera y de otra índole prestada a los programas que se estén llevando a cabo en los países en desarrollo y los países en transición y por movilizar fondos de la asistencia oficial para el desarrollo en general y de otras fuentes oficiales para programas destinados a combatir la delincuencia organizada; y exhortamos a la Comisión de Prevención del Delito y Justicia Penal a que mantenga en constante examen las actividades descritas en estos textos.

El Informe completo de la Conferencia Ministerial Mundial sobre la Delincuencia Transnacional Organizada, que se celebró en Nápoles, del 21 al 23 de noviembre de 1994, se publicará en la

Sección Anexo del Anuario 95 del IRI.