Revista de Relaciones Internacionales Nro. 8

IRAQ

Resolución 949.

Aprobada el 15 de octubre de 1994.

El Consejo de Seguridad.

Recordando todas sus resoluciones pertinentes anteriores, y reafirmando las resoluciones 678 (1990), de 29 de noviembre de 1990, 686 (1991), de 2 de marzo de 1991, 687 (1991), de 3 de abril de 1991, 689 (1991), de 9 de abril de 1991, y 833 (1993), de 27 de mayo de 1993, y en particular el párrafo 2 de la resolución 678 (1990),

Recordando que la aceptación por el Iraq de la resolucion 687 (1991) aprobada de conformidad con el Capítulo VII de la Carta de las Naciones unidas constituye la base de la cesación del fuego,

Observando las anteriores amenazas iraquíes y los casos de utilizacion concreta de la fuerza por parte del Iraq contra sus países vecinos,

Reconociendo que cualquier otro acto hostil o de provocación del gobierno del Iraq contra sus países vecinos constituye una amenaza a la paz y la seguridad en la región,

Acogiendo con beneplácito todos los esfuerzos diplomáticos y de otra índole tendientes a resolver la crisis,

Decidido a impedir que el Iraq recurra a amenazas y a la intimidacion de sus países vecinos y de las Naciones unidas,

Subrayando que considerará al Iraq enteramente responsable por las graves consecuencias de cualquier incumplimiento de las exigencias estipuladas en la presente resolución,

Observando que el Iraq ha afirmado estar dispuesto a resolver de manera positiva la cuestión del reconocimiento de la soberanía y las fromteras de Kuwait, según lo dispuesto en la resolución 833 (1993), pero subrayando que el Iraq debe comprometerse inequívocamente mediante procedimientos constitucionales plenos y formales arespetar la soberanía, la integridad territorial y las fronteras de Kuwait, conforme lo requieren las resoluciones 687 (1991) y 833 (1993),

Reafirmando el compromiso de todos los Estados Miembros con respecto a la soberanía, la integridad territorial y la independencia política de Kuwait y el Iraq,

Reafirmando su declaración del 8 de octubre de 1994 (S/1994/prst/58),

Tomando nota de la carta del Representante Permanente del Iraq del 10 de octubre de 1994 (S/1994/1149), en la que se anunció que el gobierno del Iraq había decidido retirar las tropas que recientemente había desplegado en la dirección de la frontera conKuwait,

Actuando de conformidad con el Capítulo VII de la Carta de las Naciones Unidas,

1. Condena los recientes desplieges militares del Iraq en la dirección de la frontera con Kuwait,

2. Exige que el Iraq lleve a cabo inmediatamente la retirada a sus posiciones originales de todas las unidades militares desplegadas recientemente hacia el sur del Iraq,

3. Exige que el Iraq no vuelva a utilizar sus fuerzas militares u otras fuerzas de manera hostil o provocadora para amenazar a los países vecinos o a las operaciones de las Naciones Unidas en el Iraq,

4. Exige, por lo tanto, que el Iraq no redespliege al sur las unidades a las que se hace referencia en el párrafo 2 supra ni tome ninguna otra medida para reforzar su capacidad militar en el sur del Iraq,

5. Exige que el Iraq coopere cabalmente con la Comisión especial de las Naciones Unidas,

6. Decide seguir considerando activamente el asunto.