Revista de Relaciones Internacionales Nro. 9

LIBERIA

RESOLUCION 1014 (1995)

Aprobada el 15 de septiembre de 1995

El Consejo de Seguridad,

Recordando todas sus resoluciones anteriores relativas a la situación en Liberia, en particular la resolución 1001 (1995), de 30 de junio de 1995,

Habiendo examinado el informe del Secretario General de fecha 9 de septiembre de 1995 (S/1995/781) sobre la Misión de Observadores de las Naciones Unidas en Liberia (UNOMIL),

Acogiendo con satisfacción el reciente Acuerdo de Abuja firmado por las partes liberianas el 19 de agosto de 1995 (S/1995/742), por el que se modifican y complementan los Acuerdos de Cotonú y Akosombo (S/26272 y S/1994/1174) tal como fueron aclarados posteriormente por el Acuerdo de Accra (S/1995/7),

Acogiendo también con satisfacción la instauración de un nuevo Consejo de Estado, el restablecimiento de una cesación del fuego completa y efectiva, el comienzo de la separación de las fuerzas y el acuerdo sobre un nuevo calendario y plan para aplicar todos los demás aspectos del Acuerdo,

Encomiando el papel positivo que desempeña la Comunidad Económica de los Estados de Africa Occidental (CEDEAO) en sus esfuerzos permanentes por restablecer la paz, la seguridad y la estabilidad en Liberia,

Encomiando en particular los esfuerzos de los Gobiernos de Nigeria y Ghana como anfitrión y Presidente, respectivamente, de la Reunión de Abuja, que han contribuido de manera importante a la conclusión del Acuerdo de Abuja entre las partes liberianas,

Tomando nota de que con estas medidas positivas las partes liberianas han progresado considerablemente hacia la solución pacífica del conflicto,

Destacando la necesidad de que todas las partes liberianas respeten y apliquen plenamente todos los acuerdos y compromisos que han contraído, en particular con respecto al mantenimiento de la cesación del fuego, el desarme y la desmovilización de los combatientes y la reconciliación nacional,

Destacando asimismo una vez más que incumbe al pueblo de Liberia la responsabilidad última de lograr la paz y la reconciliación nacional,

Expresando su reconocimiento a todos los Estados africanos que han aportado y aportan contingentes al Grupo de Verificación de la CEDEAO (ECOMOG),

Encomiando también a los Estados Miembros que han facilitado asistencia en apoyo del proceso de paz, asistencia que ha incluido contribuciones al Fondo Fiduciario para Liberia,

Tomando nota asimismo de que, de resultas de la firma del Acuerdo de Abuja, el ECOMOG necesitará recursos adicionales en forma de contingentes, equipo y apoyo logístico para estar en condiciones de desplegarse en todo el país a fin de supervisar la aplicación de los diversos aspectos del Acuerdo, en particular el proceso de desarme y desmovilización,

1 Acoge con beneplácito el informe del Secretario General de fecha 9 de septiembre de 1995;

2 Decide prorrogar el mandato de la UNOMIL hasta el 31 de enero de 1996;

3 Acoge con beneplácito la intención del Secretario General de aumentar inmediatamente el número de observadores militares para vigilar la cesación del fuego y la separación de las fuerzas, y pide que todo nuevo aumento del número de observadores militares se base en los progresos logrados sobre el terreno en cuanto a la aplicación del acuerdo de paz;

4. Acoge también con beneplácito la intención del Secretario General de someter al Consejo, para su examen antes de fines de octubre de 1995, recomendaciones acerca del nuevo concepto de operaciones de la UNOMIL, que han de referirse a, entre otras cosas, las medidas para mejorar la relación entre la UNOMIL y el ECOMOG, aspectos del desarme y la desmovilización y los recursos que necesitará la UNOMIL para realizar eficazmente sus tareas; y expresa su intención de examinar las recomendaciones del Secretario General y responder a ellas con rapidez;

5. Insta a los Estados Miembros a que presten apoyo adicional al proceso de paz en Liberia aportando contribuciones al Fondo Fiduciario de las Naciones Unidas para Liberia y, a este respecto, hace un llamamiento a los Estados que han prometido asistencia para que cumplan sus compromisos;

6. Insta asimismo a todos los Estados Miembros a que faciliten asistencia financiera, logística y de otro tipo en apoyo del ECOMOG para permitirle llevar a cabo su mandato, en particular por lo que respecta al acantonamiento y desarme de las facciones liberianas;

7. Pide al Secretario General a este respecto que continúe esforzándose por obtener recursos financieros y logísticos de los Estados Miembros, y acoge con beneplácito su intención de organizar, en consulta con el Presidente de la CEDEAO, la celebración de una conferencia de promesas de contribuciones para Liberia lo antes posible a fin de obtener los recursos necesarios para el ECOMOG y para satisfacer otras necesidades esenciales para el avance del proceso de paz en Liberia

8. Acoge asimismo con beneplácito la intención del Secretario General de enviar una misión a Liberia para celebrar consultas con los dirigentes liberianos y otras partes interesadas sobre las necesidades a la luz de la aplicación del Acuerdo de Abuja y espera con interés su informe sobre los resultados y recomendaciones de la misión;

9. Alienta a los Estados Miembros, en particular a los países africanos, a que consideren la posibilidad de facilitar contingentes al ECOMOG ampliado;

10. Insiste en que la continuación del apoyo de la comunidad internacional al proceso de paz en Liberia, incluida la continuación de la participación de la UNOMIL, depende de que las partes liberianas sigan comprometidas a solucionar pacíficamente sus diferencias y lograr la reconciliación nacional;

11. Recuerda a todos los Estados su obligación de cumplir estrictamente el embargo de todos los envíos de armas y equipo militar a Liberia impuesto por la resolución 788 (1992) y de denunciar todos los casos de violaciones del embargo de armas al Comité establecido en virtud de la resolución 985 (1995);

12. Insta al ECOMOG a que, de conformidad con el acuerdo sobre las funciones y responsabilidades respectivas de la UNOMIL y del ECOMOG en la aplicación del acuerdo de Cotonú, adopte las medidas necesarias para velar por la seguridad de los observadores y del personal civil de la UNOMIL;

13. Exige una vez más que todas las facciones de Liberia respeten estrictamente el estatuto del personal del ECOMOG y la UNOMIL, así como de las organizaciones y organismos que prestan asistencia humanitaria en toda Liberia, y exige además que estas facciones faciliten el suministro de esa asistencia y que se atengan estrictamente a las normas aplicables del derecho internacional humanitario;

14. Encomia los esfuerzos que realizan los Estados Miembros, incluidos los países vecinos, y las organizaciones humanitarias para prestar asistencia humanitaria de emergencia a los refugiados liberianos y les pide que aumenten los esfuerzos para ocuparse del regreso voluntario y rápido de los refugiados a su país y de otros aspectos de la asistencia humanitaria;

15. Alienta a la Organización de la Unidad Africana a que siga colaborando con la CEDEAO en el proceso de consolidación de la paz después del conflicto a fin de promover la causa de la paz en Liberia;

16. Expresa su reconocimiento al Secretario General, a su Representante Especial y a todo el personal de la UNOMIL por sus incansables esfuerzos por lograr la paz y la reconciliación en Liberia;

17. Decide seguir ocupándose de la cuestión.