FICHA
Fecha y Lugar :
Viena, Austria, 10 al 17 de abril de 2000
Países Participantes :
135
ONGs Participantes:
66. Más de 300 expertos participaron como observadores a titulo personal
Principales documentos resultantes :
Declaración de Viena sobre la delincuencia y la justicia: frente a los retos del siglo XXI.
Otros documentos relevantes vinculados a la Conferencia:
Conferencias anteriores :
Congreso de las Naciones Unidas sobre Prevención del Delito y Tratamiento del Delincuente, Ginebra, Suiza, 1955.
Segundo Congreso de las Naciones Unidas sobre Prevención del Delito y Tratamiento del Delincuente, Londres, Reino Unido, 1960.
Tercer Congreso de las Naciones Unidas sobre Prevención del Delito y Tratamiento del Delincuente, Estocolmo, Suecia, 1965.
Cuarto Congreso de las Naciones Unidas sobre Prevención del Delito y Tratamiento del Delincuente, Kioto, Japón, 1970.
Quinto Congreso de las Naciones Unidas sobre Prevención del Delito y Tratamiento del Delincuente, Ginebra, Suiza, 1975.
Sexto Congreso de las Naciones Unidas sobre Prevención del Delito y Tratamiento del Delincuente, Caracas, Venezuela, 1980.
Séptimo Congreso de las Naciones Unidas sobre Prevención del Delito y Tratamiento del Delincuente, Milán, Italia, 1985.
Octavo Congreso de las Naciones Unidas sobre Prevención del Delito y Tratamiento del Delincuente, La Habana, Cuba, 1990.
Noveno Congreso de las Naciones Unidas sobre Prevención del Delito y Tratamiento del Delincuente, El Cairo, Egipto, 1995.
Compromisos :
En la "Declaración de Viena sobre la delincuencia y la justicia: frente a los retos del siglo XXI" los Estados participantes se comprometieron a:
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Otorgar prioridad a la conclusión de las negociaciones para lograr una Convención de las Naciones Unidas contra la delincuencia organizada transnacional.
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reforzar la cooperación internacional a fin de crear un entorno propicio para la lucha contra la delincuencia organizada.
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a tener en cuenta y abordar toda dispar repercusión de los programas y políticas penales en hombres y mujeres.
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a establecer formas más eficaces de colaboración mutua con miras a erradicar el flagelo de la trata de personas y el tráfico y transporte ilícitos de migrantes.
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a aumentar la cooperación internacional y la asistencia judicial recíproca a fin de actuar contra la fabricación y el tráfico ilícito de armas de fuego
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a intensificar las medidas internacionales contra la corrupción
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a otorgar prioridad a las medidas encaminadas a contener el crecimiento del número de detenidos en espera de juicio
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a establecer planes de acción nacionales, regionales e internacionales en apoyo a las víctimas
Décimo Congreso de las Naciones Unidas sobre Prevención del Delito y Tratamiento del Delincuente
El 9 de Diciembre de 1998 la Asamblea decidió celebrar el Décimo Congreso de las Naciones Unidas sobre Prevención del Delito y Tratamiento del Delincuente en Viena del 10 al 17 de abril del 2000, con una consulta precongreso el 9 de abril del mismo año (resolución 53/110).
A tal efecto invitó a los responsables nacionales en el campo de la prevención del crimen, organizaciones intergubernamentales y ONGs con carácter consultivo en el Consejo Económico y Social a involucrarse en los preparativos del Congreso. El organismo encargado de la preparación del Congreso fue la Comisión para la Prevención del Crimen y la Justicia Penal, mientras que la Secretaría fue el Centro de Prevención del Delito Internacional de la Oficina de Fiscalización de Drogas y Prevención del Delito de las Naciones Unidas.
El Congreso tuvo por tema: "La delincuencia y la justicia: frente a los retos del siglo XXI" y en él se abordaron los siguientes tópicos:
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Promoción del imperio de la ley y fortalecimiento del sistema de justicia penal;
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Cooperación internacional contra la delincuencia transnacional: nuevos desafíos en el siglo XXI;
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Prevención eficaz del delito: adaptación a las nuevas situaciones;
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Delincuentes y víctimas: responsabilidad y equidad en el proceso de justicia
Asimismo se realizaron cuatro cursos técnicos de orientación práctica sobre los siguientes temas:
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Lucha contra la corrupción;
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Delitos relacionados con las redes de computadoras;
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Participación de la comunidad en la prevención del delito;
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La mujer en el sistema de justicia penal
El documento final del Congreso lleva por título Declaración de Viena sobre la delincuencia y la justicia: frente a los retos del siglo XXI (en adelante Declaración de Viena). Se trata de un documento corto en cuanto a su extensión -apenas un preámbulo y 29 puntos- pero rico en cuanto a su contenido, que responde a muchas de las preocupaciones planteadas por el Secretario General de las Naciones Unidas en su informe "Situación del delito y la justicia penal en el mundo" 1
La Declaración de Viena ya en su preámbulo hace referencia a que la existencia de un sistema de justicia penal equitativo, responsable, etico y eficiente "es un factor importante para promover el desarrollo económico y social, y para la seguridad humana", adelantando con ello la orientación que dejará ver a lo largo de su contenido.
El documento, tras reconocer los trabajos realizados por las reuniones preparatorias del encuentro (hubo 4 reuniones preparatorias regionales, a saber: Reunión Preparatoria Regional de Asia y el Pacífico 2 , celebrada en Bangkok del 2 al 4 de noviembre de 1998; Reunión Preparatoria Regional de Asia Occidental 3 , celebrada en Beirut del 11 al 13 de noviembre de 1998; Reunión Preparatoria Regional de África 4 , celebrada en Kampala del 7 al 9 de diciembre de 1998 y; Reunión Preparatoria Regional de América Latina y el Caribe 5 , celebrada en San José del 22 al 24 de febrero de 1999) refirma el compromiso de los Estados presentes en el Décimo Congreso con las metas de las Naciones Unidas en materia de delito y justicia penal, haciendo expresa mención del respeto a los derechos humanos y libertades fundamentales y a la promoción de normas estrictas de equidad, humanidad y conducta profesional.
Sobre este asunto regresa la Declaración de Viena en su punto 22 cuando afirma que "las reglas y normas de las Naciones Unidas en materia de prevención del delito y justicia penal contribuyen a los esfuerzos por combatir eficazmente la delincuencia (.) Nos esforzaremos, según proceda, por utilizar y aplicar las reglas y normas de las Naciones Unidas en materia de prevención del delito y justicia penal en el derecho y la práctica nacionales."
Los Estados asumen su propia responsabilidad de establecer y sostener sistemas penales que sigan las pautas de equidad, responsabilidad, ética y eficiencia para mencionar a renglón seguido un tema que será constante a lo largo de toda la Declaración de Viena y que es la piedra basal de toda estrategia en la materia: la cooperación internacional, asumiendo su necesidad y calificando de "responsabilidad común y compartida" la toma de medidas en el combate contra la delincuencia mundial. El desarrollo de la capacidad para cooperar es puesto de relieve.
Inmediatamente la Declaración de Viena avanza sobre un tema clave: la conclusión de las negociaciones relativas a alcanzar una Convención de las Naciones Unidas contra la Delincuencia Organizada Transnacional y una serie de Protocolos a la misma 6 . Al respecto los Estados acuerdan en otorgar prioridad al logro de tal objetivo, y en los puntos siguientes expresan su voluntad de hacerlo mediante el fortalecimiento de las capacidades de los Estados Miembros, la capacitación, la asistencia técnica y la promoción de legislación.
En el mismo tenor, el punto 7 de la Declaración de Viena se refiere, en sus incisos b), c) y d) a los esfuerzos que los países deciden emprender en la intensificación de la cooperación bilateral y multilateral, en el fomento de la cooperación en aquellas cuestiones vinculadas con la prevención del delito y en el refuerzo de la capacidad del Centro para la Prevención Internacional del Delito y de la red de programas de las Naciones Unidas en materia de prevención del delito y justicia penal, en todas aquellas cuestiones que serán de incumbencia de la futura Convención.
El punto 23 de la Declaración reconocerá en este sentido "el valor de los tratados modelo sobre cooperación internacional en materia penal como importantes instrumentos para el fomento de la cooperación internacional" invitando en consecuencia "a la Comisión de Prevención del Delito y Justicia Penal a que inste al Centro para la Prevención Internacional del Delito a que revise el Compendio a fin de proporcionar las versiones más actualizadas de los tratados modelo a los Estados que deseen utilizarlos.
Volviendo al mencionado punto 7, cuenta con un inciso a) dirigido a enfrentar la delincuencia desde otro ángulo, por el cual los Estados acuerdan en esforzarse por "Incorporar un componente de prevención del delito en las estrategias nacionales e internacionales de desarrollo". Ambas cuestiones quedan en consecuencia vinculadas, aseveración esta que se ve reforzada en el punto 10: "Nos comprometemos a reforzar la cooperación internacional a fin de crear un entorno propicio para la lucha contra la delincuencia organizada, promoviendo el crecimiento y el desarrollo sostenible y erradicando la pobreza y el desempleo."
No obstante, donde mejor se refleja la aproximación desde la óptica social al fenómeno de la delincuencia es en el punto 25 de la Declaración de Viena, que transcribimos íntegramente: "Reconocemos que las amplias estrategias de prevención del delito en los planos nacional, regional y local deben abordar las causas profundas y los factores de riesgo relacionados con la delincuencia y la victimización mediante la adopción de políticas sociales, económicas, de salud, educacionales y judiciales. Encarecemos la elaboración de esas estrategias, conscientes del éxito demostrado de las iniciativas de prevención en numerosos Estados y confiados en que la delincuencia puede reducirse aplicando y compartiendo nuestra experiencia colectiva."
Dentro de esta misma lógica de interrelación entre cuestiones, los siguientes puntos se dedican especialmente a destacar la necesidad de tener en cuenta dentro de la elaboración e implementación de políticas de justicia penal la cuestión de género.
El punto 24 reconoce la problemática particular de los niños y adolescentes: "Reconocemos (.) que los niños y adolescentes en circunstancias difíciles corren a menudo el riesgo de convertirse en delincuentes o de caer fácilmente en las redes de los grupos delictivos, incluidos los que se dedican a la delincuencia organizada transnacional, y nos comprometemos a adoptar medidas de lucha para prevenir este fenómeno cada vez más frecuente y a incluir, cuando sea preciso, disposiciones relativas a la justicia de menores en los planes nacionales de desarrollo y en las estrategias internacionales de desarrollo, así como a incorporar la administración de la justicia de menores en nuestras políticas de financiación de la cooperación para el desarrollo."
El delito de trata de seres humanos, destacándose la situación de mujeres, niñas y el transporte ilícito de migrantes, es abordado con una particularidad ya que los Estados, tras considerar la posibilidad de apoyar el programa mundial contra la trata de personas formulado por el Centro para la Prevención Internacional del Delito y por el Instituto Interregional de las Naciones Unidas para Investigaciones sobre la Delincuencia y la Justicia, acuerdan que el año 2005 será el límite temporal "para conseguir una disminución apreciable de la incidencia de esos delitos en todo el mundo y, en los casos en que ello no se logre, para evaluar la aplicación efectiva de las medidas promovidas."
Similar determinación se adopta respecto de un aumento en la cooperación internacional y la asistencia judicial en la lucha contra la fabricación y tráfico ilícito de armas de fuego, sus piezas, sus componentes y sus municiones, aunque aquí no se habla de evaluar la aplicación de medidas en 2005 sino sólo de un objetivo de "conseguir una disminución apreciable" de este delito a nivel mundial para ese año.
La corrupción es otro de los delitos considerados, y tras reafirmar los compromisos existentes a nivel global y regional (estos últimos contraídos sobre la base de instrumentos jurídicamente vinculantes) se pone de relieve en el punto 16 "la urgente necesidad de elaborar un instrumento jurídico internacional eficaz contra la corrupción" 7
A paso seguido, el punto 17 menciona el delito de blanqueo de dinero y, más genéricamente, se hace alusión a la "economía delictiva". Se hace aquí una escueta mención al apoyo de iniciativas orientadas a combatir el blanqueo de dinero en aquellos "Estados y territorios que ofrezcan servicios financieros extraterritoriales que permitan el blanqueo de producto de delito", una forma de referirse directamente a los denominados "paraísos fiscales"
Se mencionan a continuación, siguiendo los parámetros de la necesidad de la cooperación internacional como herramienta de combate conjunto contra los delitos transnacionales, a aquellos cometidos mediante el uso de tecnología informática y de alta tecnología; al terrorismo en cualquiera de sus formas, y a las manifestaciones de discriminación racial, xenofobia y otras formas conexas de intolerancia. Se hace mención especial, sin explicación alguna del por qué, al combate de la violencia generado específicamente en la discriminación de bases étnicas, resolviendo los Estados en el punto 21 de la Declaración de Viena "hacer una contribución decisiva en materia de prevención del delito y justicia penal a la proyectada Conferencia Mundial contra el Racismo, la Discriminación Racial, la Xenofobia y las Formas Conexas de Intolerancia." 8
Una comprensión amplia en consecuencia de las causas y desafíos planteados por la delincuencia trasnacional, hacen obvio el motivo de inclusión del punto 13 de la Declaración de Viena sobre la Delincuencia y la Justicia: "Hacemos hincapié en que toda medida eficaz de prevención del delito y justicia penal requiere la participación, como asociados y protagonistas, de los gobiernos, las instituciones nacionales, regionales, interregionales e internacionales, las organizaciones intergubernamentales y no gubernamentales y los diversos sectores de la sociedad civil, incluidos los medios de información y el sector privado, así como el reconocimiento de sus respectivas funciones y contribuciones.
El punto 26 de la Declaración hace referencia directa al tratamiento del delincuente. Por él los Estados se comprometen a dar prioridad a aquellas medidas que buscan frenar el número de detenidos en espera de sus juicios y el número mismo de los reclusos, con el fin de evitar las situaciones de hacinamiento carcelario, "promoviendo alternativas seguras y eficaces en sustitución del encarcelamiento".
La justicia para las víctimas es considerada en los puntos 27 y 28, dándose un lugar destacado a la idea de justicia restitutiva, y proponiendo planes de acción en los niveles nacional, regional e internacional orientado a la misma, en los que se incluyan procedimientos de mediación. El punto 27 fija el año 2002 "como plazo para que los Estados revisen sus prácticas pertinentes, amplíen sus servicios de apoyo a las víctimas y sus campañas de sensibilización sobre los derechos de las víctimas y consideren la posibilidad de crear fondos para las víctimas, además de formular y ejecutar políticas de protección de los testigos." El punto siguiente solicita el respeto de los derechos, necesidades e intereses de las víctimas, pero también de los delincuentes, la comunidad y todas las partes interesadas.
En el punto final se invita a la Comisión de Prevención del Delito y Justicia Penal de las Naciones Unidas a formular medidas concretas para el cumplimiento y el seguimiento de los compromisos asumidos en virtud de la Declaración de Viena sobre la Delincuencia y la justicia: frente a los restos del siglo XXI
Hacia los Objetivos de Desarrollo del Milenio: aporte del Décimo Congreso de las Naciones Unidas sobre Prevención del Delito y Tratamiento del Delincuente
En este Congreso se mantiene una interesante vinculación de cuestiones sociales con las que son propias de la temática propia del encuentro. Fenómenos como la discriminación, la pobreza, las dificultades propias de grupos sociales más expuestos a sufrir daños tales como los niños, los adolescentes, las mujeres son tenidos en cuenta.
No se ve en este congreso una vocación por fijar objetivos con plazos ciertos y de cumplimiento capaz de ser evaluado cuantitativamente, sino tibias menciones al año 2005 como fecha de revisión de progresos sin especificar que indicadores serán tenidos en cuenta entonces ni cuál es el punto de partida que se adoptará para seguir la evolución de los temas, y de los dos supuestos en que esta mención temporal se hace presente (trata de seres humanos y tráfico y transporte ilícito de migrantes y fabricación y tráfico ilícito de armas de fuego, sus piezas, componentes y municiones) sólo encontramos que en el primero de ellos se prevé para entonces una evaluación de la efectiva aplicación de las "medidas promovidas"
No obstante, las menciones a la necesidad de que diferentes sectores de la sociedad y el respeto de sus intereses estén presentes en el proceso del diseño de planes en el ámbito de la lucha contra la delincuencia, sumado a la mención de la seguridad como un componente del Desarrollo y por tanto subsumiendo a la misma como parte integrante del todo mayor que ese concepto implica, y fundamentalmente considerando que a lo largo de todo el documento está presente la idea de la necesaria cooperación internacional como herramienta capaz e indispensable para enfrentar los desafíos comunes que la delincuencia trasnacional plantea, dejan ver que elementos fundamentales en la concepción de los ODMs también se hallan presentes en este tema que, a primera vista, puede parecer alejado del contorno que se dio a aquellos.
1 Naciones Unidas A/Conf.187/5
2 Naciones Unidas A/Conf.187/RPM.1/1
3 Naciones Unidas A/Conf.187/RPM.2/1
4 Naciones Unidas A/Conf.187/RPM.3/1
5 Naciones Unidas A/Conf.187/RPM.4/1
6 Esto finalmente tendría lugar en Palermo, Italia, en la Conferencia para la firma de la Convención de las Naciones Unidas contra la Delincuencia Organizada Transnacional realizada en diciembre de 2000, cuyo estudio también integra esta publicación
7 En diciembre de 2003 en la ciudad de Mérida, México, tendría lugar una Conferencia de Alto Nivel para la Firma de la Convención de las Naciones Unidas contra la Corrupción, que también es analizada en el presente trabajo.
8 La Conferencia Mundial contra el Racismo, la Discriminación Racial, la Xenofobia y formas conexas de Intolerancia se reunió en Durban, Sudáfrica, entre el 31 de agosto y el 7 de septiembre de 2001. Esta Conferencia es analizada en el ámbito del presente trabajo.