Anuario de Relaciones Internacionales, Año 1994

 

EL SISTEMA DE COMERCIO MULTILATERAL
EL GATT Y SUS NORMAS

 

1. Origenes del GATT

Dentro del Orden Mundial surgido de la segunda posguerra, diseñado básicamente en torno al sistema de Naciones Unidas, la organización económica internacional se constituyó por los acuerdos de Bretton Woods, que contemplaban la creación de 3 instituciones:

- El Fondo Monetario Internacional -FMI- cuya misión es regular las finanzas mundiales

- El Banco Internacional de Reconstrucción y Fomento -BIRF

(actual Banco Mundial) cuya misión es atender el flujo de las inversiones y

- una institución que debía regular el comercio internacional.

A fin de concretar la idea de un organismo internacional de Naciones Unidas especializado en las relaciones comerciales, se convoca a una conferencia en La Habana bajo el nombre de " Conferencia Internacional sobre Comercio y Empleo" que sesiona entre Noviembre de 1947 y Marzo de 1948, y que produce como resultado la "Carta de La Habana" . En ésta carta se preveía la formación de la OIC (Organización Internacional del Comercio) que había de regular el intercambio mundial de mercaderías y así completar el trípode de instituciones en que basaba el orden económico de posguerra. Sin embargo esta Carta no llegó a entrar en vigor ya que EEUU retaceó su ratificación, entre otros motivos porque el idilio EEUU-URSS de finales de la 2º Guerra llegaba a su fin con el comienzo de la "Guerra Fría" expresión de la dura competencia por el predominio político, militar y económico entablada entre ambas potencias.

Cerrada la vía para la existencia de un organismo internacional, EEUU trabajo sobre la idea de un Acuerdo Intergubernamental que supliera la falta de dicha organización sobre todo en la negociación arancelaria multilateral, necesaria ésta para impulsar al naciente intercambio comercial de la posguerra. Es así que valiéndose del proyecto de Carta de La Habana, EEUU promovió el comienzo de negociaciones a fin de reducir las fuertes barreras proteccionistas existentes, 23 países aceptaron la propuesta y el 30 de Octubre de 1947 se firmó el Acuerdo General sobre Aranceles de Aduanas y Comercio más conocido por sus siglas en inglés: GATT General Agreement on Tariffs and Trade.

Este acuerdo, cuya sede está en Ginebra, consta de 38 artículos destinados a servir de base reguladora del comercio internacional. El preámbulo destaca cuales serán las normas fundamentales que regirán el sistema Multilateral de Comercio "las relaciones comerciales y económicas deberán orientarse al aumento del nivel de vida, la creación del pleno empleo, y de un nivel creciente de ingreso real y de demanda efectiva, la plena utilización de los recursos mundiales, el aumento de la producción y del intercambio de productos" . En éstas expresiones del Acuerdo General encontramos su objetivo fundamental: la búsqueda de una liberalización progresiva del comercio mundial.

Las negociaciones arancelarias son la forma concreta de expresión del GATT, que es ante todo un acuerdo para la institucionalización entre sus miembros (llamados partes contratantes) de la " cláusula de nación más favorecida" , por la cual cada miembro se compromete a otorgar a todos los demás el mismo trato en sus relaciones comerciales, es decir los aranceles resultantes de una negociación se "multilaterizan".

Dentro del marco normativo del Comercio Internacional, el GATT representa la expresión más global y abarcativa del sistema Multilateral.

Con respecto a la participación argentina en el GATT y debido a la actitud de rechazo al sistema multilateral de comercio que tuvo el peronismo en sus orígenes, Argentina recién solicitó su adhesión en Setiembre de 1960, siendo aceptada en forma provisoria en Diciembre del mismo año. Por Decreto-ley 17799 de Junio de 1968 se formalizó el ingreso definitivo, bajo el Gobierno de Onganía. Argentina se benefició por el ingreso con la Cuota Hilton, que favorece nuestras exportaciones hacia la CEE de cortes especiales de carnes.

2. Las negociaciones arancelarias multilaterales- "Rondas"

El mecanismo básico de funcionamiento del GATT son las Conferencias Arancelarias ó Rondas. Hasta la Ronda Uruguay,

se han realizado 7 ruedas negociadoras, las que tuvieron una duración diversa, entre 2 años las más breves, hasta 6 años como sucedió con la Ronda Tokio. Las primeras se llevaron a cabo principalmente entre los países desarrollados y tuvieron como objetivo el intercambio de productos industriales, obteniendo como resultado la eliminación de las restricciones cuantitativas. En las tres últimas Rondas se implementaron rebajas progresivas de aranceles.

3. Cuestiones pendientes y Ronda Uruguay

El GATT contribuyó al crecimiento del Comercio Internacional y a la integración creciente de la economía mundial, ejes del desarrollo económico actual. Sin embargo su gestión presento serias falencias en :

- la no inclusión del sector agrícola

- La separación de los textiles del GATT

- La modesta participación de la periferia

- La proliferación de barreras no arancelarias

Estas falencias que afectan fundamentalmente a los países en vías de desarrollo, han generado en forma permanente en todos los foros y organismos internacionales movimientos para su tratamiento y deliberación. Fueron en definitiva estos reclamos, unidos a las necesidades de los países desarrollados de ajustar ciertas normas del Comercio Internacional a los cambios tecnológicos e incluir un rubro de creciente importancia como son los servicios, los que motivaron la decisión de llevar adelante la Ronda Uruguay.

Esta Ronda ha sido seguramente, la negociación económica internacional más compleja que se haya llevado adelante en la posguerra y puso a prueba, para arribar a feliz término, toda la madurez y experiencia que el Sistema Internacional ha ganado en este período.

Podemos señalar como objetivos de esta Ronda los siguientes:

1) Avanzar en la liberalización del comercio internacional de mercancías, aspirando a una reducción de las tarifas y a una eliminación de las barreras no arancelarias, a la incorporación del comercio de textiles en el seno de las reglas del GATT y, particularmente, la reducción de los subsidios a la exportación y la producción agrícola, especialmente en los países de la OCDE.

2) Definir un marco multilateral que regule el comercio de servicios, uno de los componentes más dinámicos en la evolución comercial reciente. Esto significa establecer procedimientos en torno a transacciones bancarias y servicios financieros, seguros, consultorías, transportes, turismo, servicios de pasajeros, etc y acordar un marco que regule la propiedad intelectual y las patentes.

Los servicios representan cerca de un quinto del comercio mundial, en el orden de U$S 600.000 Millones anuales. En el período 1970/87 crecieron a una tasa anual del 13%.

3) Fortalecer el peso del GATT como instancia multilateral de regulación del comercio internacional, mejorando en rapidez y efectividad los mecanismos de resolución de disputas, disciplinando el uso de subsidios y medidas compensatorias y fortaleciendo la capacidad de supervisión de las políticas comerciales de los países miembros con la ayuda del FMI y el Banco Mundial.

La Conferencia Ministerial de Punta del Este, Uruguay, desarrollada entre los días 16 a 20 de Setiembre de 1986, marcó el comienzo formal de las negociaciones, cuyo primer plazo para la conclusión fue Diciembre de 1990, luego se fijaron sucesivos plazos que fueron venciendo , pudiendo llegarse recién a un trabajoso acuerdo final en Diciembre de 1993, acuerdo que es analizado en particular en un articulo ad-hoc..

TRATAMIENTO INTERNACIONAL DE LAS INVERSIONES EXTRANJERAS

Una de las cuestiones de gran importancia en la economía mundial ha sido el tratamiento de las inversiones extranjeras por parte de los estados y su impacto sobre el destino de los flujos de inversión.

Es esta una temática muy vinculada con la legislación interna de los estados, pero también relacionada con el tratamiento realizado a nivel internacional tanto en el campo multilateral, cuanto en el de los acuerdos bilaterales.

Las normas internacionales tratan de consagrar un equilibrio entre los intereses del estado de nacionalidad del inversor internacional, con los intereses de los estados receptores de la inversión.

Anteriormente a la constitución de la organización internacional de pos-guerra, se ejercitaba el cobro compulsivo de la deuda pública mediante el bloqueo de puertos y otras medidas de fuerza como la toma de las aduanas como forma de garantía de las inversiones, y la imposición del arbitraje con base a reclamaciones exageradas.

Las naciones emisoras de la inversión echaron mano al instituto de la protección diplomática para proteger a sus nacionales, desplegando de esta manera su mayor poderío económico para forzar un tratamiento favorable a los inversores.

En contraposición, el diplomático y jurista argentino J. Calvo desarrolló la doctrina que llevaría su nombre, declarando ilegítima la protección diplomática, y sosteniendo que el inversor extranjero sólo cuenta con los recursos internos y su única protección le es dada por la legislación del Estado receptor.

Desde estas dos posiciones extremas, las relaciones entre las economías desarrolladas y las de los países necesitados de capital, fueron adecuándose al momento histórico por el que atravesaban y fueron las determinantes del sentido de los flujos de inversión.

Por ejemplo, durante los primeros años de la posguerra las economías latinoamericanas se encontraron con un buen nivel de reservas y con una posición acreedora frente a las naciones europeas, siendo este el contexto propicio para el desarrollo de políticas de industrialización basadas en el mercado interno, con promoción a la utilización del capital nacional y con una fuerte presencia del estado en la economía.

No se evidenció en este primer período un aumento de la conflictividad en materia de inversiones internacionales, puesto que las mismas fueron dirigidas a sectores específicos de la economía y en líneas generales las remesas de utilidades fueron razonables y no impactaron en mayor medida en las cuentas nacionales.

El proceso evolucionó hacia el reconocimiento de que las inversiones internacionales pueden reportar al estado receptor nuevas fuentes de trabajo, la incorporación de nuevas tecnologías y formas de gestión y la capacitación de los recursos humanos importantes para el proceso de la integración de la economía nacional a la mundial.

En la década del 50 se verificó este cambio en el modelo de acumulación del capital, permitiéndo las naciones en vías de desarrollo una participación mayor de los capitales extranjeros y la incorporación de nuevas tecnologías procedentes de las naciones más desarrolladas.

De los resultados en materia de sector externo de los países receptores, se advierte en la década del 60 que el flujo de capitales comienza a hacerse negativo. En numerosos países receptores los egresos de divisas por utilidades, intereses y regalías superaron a los ingresos por inversiones directas incidiendo negativamente sobre la balanza de pagos.

Como contrapartida para el conjunto mundial de regiones y para todos los sectores de la actividad económica en el periodo 1957/1965 el 52 % de los recursos que financiaron la expansión del activo total de las grandes empresas norteamericanas en el exterior provino de recursos de la propia empresa y generados localmente, 27 % provino de recursos captados en los paises que actuaba la empresa o en terceros paises y solo el 21 % tuvo origen en los Estados Unidos. Vale decir que, el 79 % de los recursos provino de las sociedades que esas empresas fueron a radicarse.

Otro de los aspectos negativos de las inversiones para las economías receptoras, se vincula con la orientación hacia el mercado interno de las producciones con capital extranjero y con el alto componente importado.

A partir de allí, se desarrollaron políticas restrictivas a las inversiones extranjeras con procedimientos estrictos para la aprobación de las mismas, la reserva de ciertos sectores a empresas nacionales, el establecimiento de límites sobre las remesas de beneficios permitidos, la repatriación de capital y los dividendos invertidos, la exclusión total del capital extranjero como accionista mayoritario y otras restricciones tales como el control de precios, o la limitación sobre el uso de marcas comerciales.

El Banco Mundial ha sido el ámbito multilateral donde se han intentado conciliar las posiciones de los países emisores de inversiones, con la de los países receptores. En su seno se da forma a la convención de Washington de 1965 sobre la creación de un Centro Internacional para el Arreglo de Diferencias relativas a las Inversiones internacionales (CIADI) por el que se crea un mecanismo de cobertura de los denominados riesgos políticos que pueden afectar a las inversiones, tales como la expropiación o la nacionalización sin indemnización adecuada, o las restricciones monetarias y cambiarias a la remesas de utilidades o a la repatriación de capitales, entre otros. El sistema se basa en la imposición de un Tribunal Arbitral Imparcial, eliminándose de esta manera la utilización de la protección diplomática y otorgando a su vez preeminencia al Derecho Internacional por sobre el Derecho Interno. Los adversarios en el litigio no son ya dos Estados, sino que es el Estado receptor por un lado, y la empresa extranjera o el particular inversor por el otro.

En este contexto, y ya en la década del 80, se observa que el destino de los flujos de inversiones disminuye en el sector protegido de América Latina. Se calcula en un 60 % la disminución los flujos de inversión directa en los países latinoamericanos entre 1981 y 1984. En la primera mitad de la década los países asiáticos en desarrollo, incluyendo China, superan a América Latina como principal región receptora de inversiones extranjeras. A tal fenómeno debe aditarse el hecho de que comienza en este período una mayor concentración de flujos de inversiones entre los mismos países industrializados.

En el año 1985 el Banco Mundial realiza un nuevo aporte en la temática mediante el auspicio de la suscripción del Convenio de constitución de la Organización Multilateral de Garantía de Inversiones (M.I.G.A.), por el que se crea una organización internacional destinada a acordar a los inversores, garantías o seguros contra riesgos políticos que pudieran producirse en los países receptores.

La institución internacional cubre el monto de la inversión y posteriormente se subroga en el reclamo ante el Estado receptor, también eliminándose la reclamación entre estados propia de la protección diplomática.

Paralelamente, las regulaciones internas de los países tanto emisores cuanto receptores comienzan a influir decididamente en los flujos de inversión. En los países en desarrollo, las dificultades para lograr el proceso de recuperación económica, la crisis de la deuda externa, las políticas de reducción de la demanda interna con miras a obtener superávit en la balanza comercial, y la formulación de políticas de manejo del tipo de cambio ante desequilibrios; crearon en su conjunto climas de incertidumbre con relación a las tasas de rendimiento de las inversiones y temores fundados con relación al eventual recorte de las mismas.

Otros de los factores que influyeron sobre dichos flujos, pueden encontrarse en el aumento de la actividad económica de los mismos países emisores y en el efecto de la incorporación de tecnologías sobre la proporción del salario en los costos totales de producción.

Entre las políticas de conciliación de intereses y para salvaguarda de las inversiones en los países en desarrollo, se fomentó la firma de tratados bilaterales.

Los países en desarrollo, ante la caída de la inversión pública y el desequilibrio externo, comenzaron a competir por las inversiones directas, como alternativa más ventajosa a los préstamos de la banca comercial, considerándolas más pertinentes para los programas de crecimiento.

Ante esta necesidad los países desarrollados han vuelto a insistir en el tratamiento bilateral mediante la propuesta de suscripción de tratados bilaterales de protección recíproca de inversiones (BIT), con el objetivo de proveer a la cooperación para que los riesgos no comerciales se vieran sensiblemente disminuidos y evitados. En esta instancia, el tratamiento bilateral es respetuoso de lo acordado en la materia en el ámbito de la organización internacional. Así, los tratados preveen la garantía de trato nacional, el compromiso de libre repatriación de capital y utilidades, el expreso reconocimiento de no expropiar salvo por causas de utilidad pública, y el recurso a un tribunal arbitral internacional.

La década del 90 encuentra a los países que cambiaron sus políticas, haciéndolas más receptivas, como favorecidos por las inversiones. La Corporación Financiera Internacional, organismo del Banco Mundial, destacó en un informe reciente que países como México, Argentina, Brasil y Chile han sido más elegibles por el inversor internacional, y se han visto duplicadas las inversiones directas en el período 1991 - 1993.

Actualmente, los fondos de pensión y las compañías de seguros estadounidenses son importantes fuentes de inversiones internacionales, habiendo registrado un aumento de 1.500 millones a 20.000 millones de dólares en cinco años.

Las formas de inversiones también han sufrido una evolución, de las tradicionales inversiones directas destinadas a plantas y equipos, se derivo a nuevas formas de inversión en que la empresa extranjera suministra bienes tangibles o intangibles que constituyen activos, pero no procede a ser la propietaria del proyecto en su totalidad, compartiendo generalmente propiedad, riesgos y beneficios con los inversores locales.

Los esfuerzos realizados por los países para captar inversiones, incluyen hoy un variado menú que va desde la recreación de sus mercados de capitales, la ampliación del mercado de bienes a través de los acuerdos de cooperación económica y el emplazamiento de áreas francas, hasta la suscripción de tratados de asociación particular y de protección de inversiones, en el marco de un proceso de apertura, privatización y desregulación crecientes.

Jorge Luis Ariza