Revista de Relaciones Internacionales Nro. 5

Haití

RESOLUCION 861

(Aprobada el 27 de agosto de 1993).

El Consejo de Seguridad,

Recordando los esfuerzos hechos por el Enviado Especial para Haití del Secretario General de las Naciones Unidas y del Secretario General de la Organización de los Estados Americanos,

Habiendo examinado las partes pertinentes del informe del Secretario General de fecha 12 de julio de 1993 (S/26063),

Tomando nota con aprobación del Acuerdo de Governors Island suscrito por el Presidente de la República de Haití y el Comandante en Jefe de las Fuerzas Armadas de Haití, incluidas las disposiciones del párrafo 4, según las cuales las partes convinieron en que las sanciones se suspenderían inmediatamente después de que el Primer Ministro fuera confirmado y asumiera sus funciones en Haití,

Habiendo examinado también el informe del Secretario General de fecha 13 de agosto de 1993 (S/26297) relativo al Pacto de Nueva York de 16 de julio de 1993,

Habiendo recibido el informe del Secretario General (S/ 26361) según el cual el Primer Ministro de Haití ha sido confirmado y ha asumido sus funciones en Haití,

Actuando de conformidad con el Capítulo VII de la Carta de las Naciones Unidas,

1. Decide que las medidas enunciadas en los párrafos 5 a 9 de la resolución 841 (1993) quedan suspendidas de inmediato y pide a todos los Estados que actúen lo antes posible de conformidad con esta decisión;

2. Confirma que, como se señala en la carta del Presidente del Consejo de fecha 15 de julio de 1993 (S/26085), está dispuesto a dejar sin efecto de inmediato la suspensión de las medidas mencionadas en el párrafo 1 supra si el Secretario General, teniendo en cuenta las opiniones del Secretario General de la Organización de los Estados Americanos, le informa en cualquier momento de que las partes en el Acuerdo de Governors Island o cualesquiera otras autoridades en Haití no han cumplido de buena fe las disposiciones del Acuerdo;

3. Se declara dispuesto a examinar todas las medidas enunciadas en los párrafos 5 a 14 de su resolución 841 (1993) con miras a dejarlas sin efecto definitivamente cuando el Secretario General, teniendo en cuenta las opiniones del Secretario General de la Organización de los Estados Americanos, le informa de que se han cumplido las disposiciones pertinentes del Acuerdo de Governors Island;

4. Decide mantener en examen la cuestión.