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BCRA prohíbe la compra de criptoactivos a través de entidades financieras

Sin dudas el mundo avanza hacia una digitalización de todo tipo de transacción comercial, al punto que, el hábito de utilizar el celular para pagar servicios, adquirir bienes y/o servicios, traspasar dinero entre amigos o familiares es una realidad que sigue ampliándose día a día.

Con la llegada de las billeteras virtuales, muchas personas están además adquiriendo distinto tipos de criptoactivos, y por ende comienzan a insertarse en esta ola digital que hasta hace les resultaba hasta la llegada de las Fintechque ha facilitado a quienes no estaban bancarizados a realizar transacciones a través de tarjetas de crédito y débito.

Por lo comentado ut supra los bancos comienzan a ver cómo ciertas transacciones que indefectiblemente debían ser canalizadas a través de su entidad comienzan a tener que competir con estos nuevos jugadores.

Hoy en día todos contamos con acceso a plataformas digitales en las que recibimos dineropor nuestros trabajos, de amigos, familiares y, en general, muchas de estas operaciones las llevamos adelante desde nuestro celular.

Un punto aparte son los niños o adolescentes que están creciendo con un concepto muy diferente al que puede tener una persona de edad mediana respecto del dinero y la forma no solo de recibirlo, sino de gastarlo.

Hecho este pequeño cuadro de situación que describe a grandes rasgos el panorama actual, lo que vemos es que, desde unos años hasta ahoray, sobre todo, desde la pandemia que aún seguimos atravesando,nuestros hábitos de compras y gastos se han modificado y es una situación de no retorno a la anterioridad modalidad.

Dicho escenario de tener que comenzar a realizar nuestras operaciones bancarias o solucionar nuestros inconvenientes o simplemente realizar los trámites bancarios a través del homebanking hizo que los mismos bancos, más temprano que tarde -y por necesidad-comenzaran a facilitar el acceso a distintos servicios que antes eran obligatoriamente realizados en persona en alguna sucursal. Dentro de todas las modificaciones que fuimos atravesando en este tiempo, sin dudas, la compra de criptoactivos comenzó a expandirse y ciertas entidades financieras en la Argentina quisieron -y de hecho pudieron brindar esa posibilidad a sus clientes- al menos por un muy breve período.

Mientras esto ocurría, la mayoría de los Estados comenzaron a alertar sobre el peligro de adquirir este tipo de activo virtual; de hecho, uno de los puntos del Directorio del BCRA hace mención a los riesgos, debido a la falta de respaldo si por casualidad quien las adquiriera sufriera algún tipo de inconveniente, entre otros de los argumentos esgrimidos para prohibir la compra a través de estas entidades.

Si bien todos los argumentos que esgrime el BCRA son ciertos, también es cierto que siempre corremos riesgos al realizar operaciones de manera online, debido a que podemos ser engañados o redirigidos a ciertas páginas que no son las oficiales.

Por otro lado, se debe hacer hincapié en que esta nueva opción de adquirir un activo virtual representa ante los Estados un desafío, dado que no son éstos quienes pueden manejar su emisión, y si las personas comienzan a prescindir de la moneda de curso legal para realizar sus transacciones diarias, el sistema tributario tal y como lo conocemos hasta ahora deberá ser modificado.

Es tal el furor que se ha dado por la compra de criptoactivos, aun cuando no todo el mundo esté convencido que sea viable en el tiempoy que, si bien ha tenido subas muy pronunciadas, así también lo ha sido su descenso, (algo que hemos visto en las últimas horas), arrastrando a muchas personas a perder lo que habían invertido.

En esta fiebre por la adquisición de estos criptoactivos, en la Argentina el Banco Galicia y Brubank comenzaron a permitir a sus clientes que puedan adquirir a través de sus plataformas los criptoactivos aún sin que existiera un marco regulatorio para este tipo de entidades.

Para lograr que sus clientes pudieran acceder a este tipo de activos virtuales como los define el GAFI, se asociaron a Lirium, que, al estar regulado por la normativa europea permite a las billeteras y bancos que ofrezcan la posibilidad de vender, recibir, comprar, enviar o simplemente atesorar distintos tipos de cripto.

Pero como comentara en párrafos anteriores, esto duró muy poco, dado que el Banco Central de la República Argentina en la Comunicación A7506 resolvió que:

“Servicios complementarios de la actividad financiera y actividades permitidas”, que las entidades financieras no pueden realizar ni facilitar a sus clientes la realización de operaciones con activos digitales –incluidos los criptoactivos y aquellos cuyos rendimientos se determinen en función de las variaciones que ésos registren– que no se encuentren autorizados por una autoridad reguladora nacional competente ni por el Banco Central de la República Argentina.”

Sin dudas este tema aún tiene mucha tela por cortar, y con el tiempo veremos cómo se va dirimiendo lo que al día de hoy pudo ser contenido. Esto quizás cambie en el futuro debido al auge que siguen teniendo estos activos (más allá del desplome del precio), ya que -al menos en la Argentina- muchos sirveno son utilizados como resguardo ante la inflación.

La pregunta que muchos empiezan o continúan haciéndose es si los Estados, antes de decidir sobre la libertad económica de cada individuo deberían poder garantizar, la salud, la educación y la seguridad, y, en todo caso, luego de que esta tríada se consolidara, preocuparse por la seguridad económica de los individuos del planeta.

Mariano Corbino
Secretario
Observatorio en Prevención de Lavado de Activos y Compliance (OPLAC)
Departamento de Seguridad Internacional y Defensa
IRI – UNLP