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Sobre la privación arbitraria de la nacionalidad por parte de Nicaragua

Ante la situación de apatridia a más de 300 personas, caracterizadas por ser opositoras al régimen, perpetrada por parte del gobierno dictatorial de Daniel Ortega en Nicaragua:

Entre abril y septiembre de 2018 se llevaron a cabo en Nicaragua protestas pacíficas reclamando cambios sociales para la población. La respuesta del gobierno fue la represión, dejando más de 300 muertos.

En 2021 se desarrollaron las elecciones presidencialistas, que perpetuaron en el poder a Daniel Ortega junto con Rosario Murillo, con la condena de algunos actores de la sociedad aduciendo fraude en las mismas, donde la mayoría de los opositores políticos habían sido encerrados no pudiendo así presentar sus candidaturas.

El régimen se caracterizó por las detenciones arbitrarias, denuncias de torturas, vejaciones. Y en el último mes se le sumó cambios en la constitución nacional que “habilitaron” la quita de la nacionalidad a más de 300 personas que habían sido detenidas. La característica común a todos ellos es que se han manifestado abiertamente como opositores al régimen, lo que los ha convertido en “traidores a la patria”.

La comunidad internacional cuenta con el principio de jurisdicción universal por el cual, si dentro de su ordenamiento jurídico se encuentran estipulados los crímenes de lesa humanidad, pueden llevar a cabo procesos judiciales penales sobre este tipo de delitos cometidos en otras partes del mundo. En este sentido, un grupo de abogados presentó una demanda e inició el proceso en la justicia federal argentina. El mismo está siendo llevado adelante por el juez Ariel Lijo, quien envió un exhorto al gobierno nicaragüense para que dé cuenta si se están llevando a cabo investigaciones sobre estos asuntos (a lo que aún no ha habido respuesta alguna). Así, el Estado argentino continúa con su legado de la defensa de los Derechos Humanos y la investigación en procesos judiciales de los peores crímenes llevados adelante por gobiernos de diferentes partes del mundo, como lo hace también, por ejemplo, investigando el Franquismo.

El Grupo de Expertos en Derechos Humanos sobre Nicaragua hizo público el informe que inició con los acontecimientos de 2018 hasta el día de hoy, confirmando el uso de balas de alto calibre en aquella represión. Afirmaron que “se han cometido, y se siguen cometiendo graves violaciones y abusos a los derechos humanos” en ese país. Dichas violaciones incluyen ejecuciones extrajudiciales,  detenciones arbitrarias,  tortura, privación arbitraria de la nacionalidad y del derecho a permanecer en el propio país.

De la mano con esto, cabe decir que en febrero, en una Legislatura se llevó a cabo una reforma express del artículo 21 de la Constitución Política de Nicaragua sin respetar los procesos que esa misma Constitución establece. Así, el artículo 20 dice: “Ningún nacional puede ser privado de su nacionalidad. La calidad de nacional nicaragüense no se pierde por el hecho de adquirir otra nacionalidad». Y seguidamente el 21 reformado dice: «La adquisición, pérdida y recuperación de la nacionalidad serán reguladas por las leyes. Los traidores a la patria pierden la calidad de nacional nicaragüense». Es este nuevo artículo el que le dio fundamento a Ortega para quitarles la nacionalidad a las personas opositoras que se encontraban detenidas desde hacía meses, siendo víctimas de diferentes tipos de tortura. Pero esa reforma no es funcional, además de violar el principio de no reatroactividad de la ley. Para que una reforma constitucional sea válida en ese país, debe pasar por dos Legislaturas, es decir que el próximo año debe tratarse nuevamente, y solo ha pasado por una de ellas. Por lo que el régimen continúa haciendo un uso abusivo de la arbitrariedad en contra de la oposición a su gobierno.

El Alto Comisionado de Naciones Unidas para los Refugiados (ACNUR), Filippo Grandi, se manifestó sobre esta situación pidiéndole a Nicaragua que respete sus obligaciones internacionales y recordandole que el derecho internacional prohíbe la quita arbitraria de la nacionalidad: “El ejercicio de derechos fundamentales como la libertad de expresión, de reunión y otros asociados a las opiniones políticas no puede justificar jamás la retirada de la nacionalidad”.

En este sentido, el país centroamericano es Estado Parte en Tratados Internacionales que protegen contra el instituto de la apatridia, tales como el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos (art. 20 y 24), la Convención sobre Derechos del Niño (art. 7). A su vez, observando las denuncias y confirmaciones de casos de tortura perpetrados de manera sistemática y generalizada por el gobierno nicaragüense, hay que destacar que también es Estado Parte de la Convención contra la Tortura y Otros Tratos o Penas Crueles, Inhumanos o Degradantes y su Protocolo Facultativo.

Sobre esto último, el Grupo de Expertos en Derechos Humanos sobre Nicaragua confirmó un “uso generalizado y sistemático de la detención arbitraria como resultado de la instrumentalización, del derecho penal y del sistema de justicia para perseguir, imputar y acusar a personas de la población civil de Nicaragua, opositoras a su Gobierno o percibidas como tales”. Lo definió como un “patrón de conducta” conducido “por agentes de la Policía Nacional e integrantes de grupos armados progubernamentales que actuaron de manera conjunta y coordinada”.

Es así, que se confirma, por parte de la Organización de Naciones Unidas, que el régimen de Ortega y Murillo ha cometido crímenes de lesa humanidad.

En el informe del grupo de expertos se recomienda al Estado nicaragüense a abstenerse de continuar con estas prácticas vejatorias a los derechos humanos, la liberación inmediata de todas las personas detenidas arbitrariamente, cesar la privación arbitraria de nacionalidad y la deportación forzosa entre otras modalidades de persecución política, investigar de forma independiente y exhaustiva los abusos y violaciones para que haya rendición de cuentas, entre otras. Además, insta a la comunidad internacional a tomar medidas respecto a lo que allí sucede, pidiendo priorizar el respeto de los Derechos Humanos cuando se negocien proyectos de cooperación e inversión en Nicaragua, e iniciar procesos judiciales penales a aquellos países que sostienen el principio de jurisdicción universal como ya lo está haciendo Argentina.

Desde este Departamento alzamos la voz en repudio a las acciones llevadas a cabo por Ortega y Murillo, reafirmando el respeto incondicional de los Derechos Humanos, y solicitamos a nuestros gobernantes a hacer lo mismo. La bandera de los Derechos Humanos que Argentina fue pionera en levantar debe seguir flameando, sin hacer distinciones según el sesgo político, porque recordando a Willy Brandt «Permitir una injusticia es abrir el camino a todas las que siguen».

Ángela Del Águila Hurtado        
Coordinadora
Noeli Scarpelli
Secretaria

 

Documentos Relevantes

Base de datos de los órganos de Tratados de de las Naciones Unidas https://tbinternet.ohchr.org/_layouts/15/TreatyBodyExternal/Treaty.aspx?CountryID=125&Lang=SP

Grupo de expertos en derechos humanos sobre Nicaragua https://news.un.org/es/story/2023/03/1519007