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La 27ª Enmienda Constitucional de Pakistán (2025)

La noticia sobre la 27ª Enmienda Constitucional de Pakistán (2025)[1], sancionada hace apenas unos días, es de suma relevancia ya que plantea serios interrogantes sobre el equilibrio de poderes, el rol del Ejército y el futuro de la democracia constitucional en el país del Sur de Asia.

I. El Desmantelamiento del Control Judicial

El aspecto más alarmante de la 27ª Enmienda, desde una perspectiva de teoría jurídico constitucional, es su impacto directo y devastador en el Poder Judicial pakistaní. Debido a que el Ejecutivo de este país ha optado por una restructuración institucional que neutraliza activamente al tribunal superior.

A. La Fragmentación de la Jurisdicción Constitucional

  • Creación de un Tribunal Constitucional Federal (TCF): La enmienda establece un nuevo Tribunal Constitucional Federal, el cual se apropia de las competencias cruciales que antes residían en la Corte Suprema de Pakistán (CSP), incluyendo la interpretación de la Constitución y los casos de derechos fundamentales[2].
  • Downgrade de la Corte Suprema: La CS pakistaní así queda relegada a ser, esencialmente, un tribunal de apelación final para casos civiles y penales, despojada de su autoridad máxima en materia constitucional. Por lo que jueces de la CSP han protestado y renunciado, calificando la enmienda como un «asalto grave a la Constitución» y una fractura de la unidad del máximo tribunal[3].
  • Subordinación al Ejecutivo: Los jueces del nuevo TCF serán nombrados directamente por el Ejecutivo[4]. Esto socava la independencia judicial y garantiza que el órgano encargado de interpretar la Ley Fundamental tenga una alineación predeterminada con el Gobierno de turno y las élites militares.

Esta medida no es un simple ajuste judicial; es un claro intento del Ejecutivo, en connivencia con el Ejército (véase el siguiente punto), de eliminar el último contrapeso institucional efectivo. La CSP ha sido, históricamente, la única institución civil que ha podido frenar o destituir a primeros ministros y desafiar ciertas políticas gubernamentales. Al atomizar y subordinar la función constitucional, el Ejecutivo desmantela el judicial review sobre sus acciones más sensibles.

II. La Constitucionalización del Poder Militar

El segundo eje de la enmienda profundiza un fenómeno endémico en Pakistán: la consolidación del poder militar sobre la autoridad civil, pero esta vez, blindándolo con protección constitucional formal.

A. Centralización del Mando y Super-Empoderamiento

  • Jefe de las Fuerzas de Defensa (JFD): Se crea el nuevo rol de Jefe de las Fuerzas de Defensa, que será ejercido por el Jefe del Ejército (actualmente el General Asim Munir). Esto formaliza y constitucionaliza la supremacía del Jefe del Ejército sobre la Marina y la Fuerza Aérea, centralizando el poder militar bajo un único mando con autoridad constitucional[5].
  • Inmunidad de por Vida: La disposición más controvertida es la concesión de inmunidad legal de por vida (penal y civil) a los oficiales militares que alcancen el rango de cinco estrellas (como el JFD)[6].

La inmunidad de por vida es una violación flagrante del principio de igualdad ante la ley (Karim, 2011)[7] y del concepto de supremacía civil (Khan, 2017). Otorga a los oficiales de más alto rango un estatus de extralegalidad, colocándolos, de jure, por encima de cualquier responsabilidad por sus acciones, lo cual es incompatible con cualquier noción moderna de democracia constitucional. Además, requerir una supermayoría de dos tercios en el Parlamento para destituir a un oficial de cinco estrellas —mientras el propio gobierno puede caer con una mayoría simple— invierte la jerarquía democrática, subordinando la institución civil a la militar (Siddiqa, 2007).

III.  Implicaciones para la Gobernanza Global y la Teoría Constitucional

Es así que este evento ofrece varias conclusiones críticas:

  • Elusión vs. Usurpación Formal: El caso pakistaní resulta en una usurpación formal (a través de la 27ª Enmienda) para eliminar los contrapesos institucionales, utilizando una mayoría parlamentaria controlada para desmantelar la arquitectura constitucional en el Poder Judicial y codificar la hegemonía militar.
  • Debilitamiento del Estado de Derecho: La combinación de la inmunidad militar y la subordinación del TCF significa un retroceso monumental para el Estado de Derecho en Pakistán. La ley se transforma en una herramienta para proteger a las élites en lugar de limitar su poder.
  • Precedente Peligroso: Esta enmienda establece un precedente nefasto en la región y en el Sur Global. Demuestra una peligrosa alianza entre el Ejecutivo civil y la élite militar para desmantelar la democracia por medios legales (a través de la enmienda constitucional), lo que el constitucionalista estadounidense Karl Loewenstein llamaría una «mutación» de la Constitución[8].

En resumen, la 27ª Enmienda de Pakistán representa un cambio de régimen constitucional que formaliza el dominio militar sobre la política y el control ejecutivo sobre el aparato judicial en dicho país clave del Sur de Asia (el cual se encuentra en una escalada en su conflicto con Afganistán y su histórica rivalidad con India). Es un momento decisivo que amenaza con profundizar la inestabilidad política y el autoritarismo, socavando los ya frágiles cimientos de su orden democrático.

Ignacio Portela
Integrante
Departamento de Asia y el Pacífico
IRI-UNLP

Bibliografía

– Karim, Fazal (2011) Judicial Review of Constitutional Amendments, Ed. Pakistan Law House.
– Khan, Hamid (2017) Constitutional and Political History of Pakistan, Tercera Edición, Oxford University Press.
– Siddiqa, Ayesha (2007) Military Inc.: Inside Pakistan’s Military Economy. Pluto Press, 2007. JSTOR, http://www.jstor.org/stable/j.ctt18fs92c. Visitado el 17 Nov. 2025.

Referencias

[1] The Constitution (Twenty-Seventh Amendment) Bill, 2025, Sitio web oficial del Senado de Pakistán: https://senate.gov.pk/uploads/documents/1762777118_819.pdf

[2] Véase la Cláusula 19 de la Enmienda.

[3] Los jueces que dimitieron horas después de la sanción de la mentada enmienda son Mansoor Ali Shah y Athar Minallah. Fuente: https://www.swissinfo.ch/spa/dimiten-dos-jueces-del-tribunal-supremo-paquistan%C3%AD-tras-aprobarse-enmienda-constitucional/90329594

[4] Este mecanismo fue inmediatamente puesto en práctica, lo que confirma el control del Ejecutivo sobre el nombramiento inicial: «El juez del Tribunal Supremo, Aminuddin Khan, fue nombrado el jueves (13 de noviembre de 2025) como el primer Presidente del nuevo Tribunal Constitucional Federal de Pakistán (TCF). El Presidente Asif Ali Zardari aprobó el nombramiento a instancias del Primer Ministro Shehbaz Sharif…», Fuente: Notificación oficial del nombramiento, reportada por The Hindu, 14 de noviembre de 2025.

[5] Véase la Cláusula 36 de la Enmienda.

[6] Véase la Cláusula 38 de la Enmienda.

[7] Fazal Karim es un jurista y ex Juez de la Corte Suprema de Pakistán.

[8] Loewenstein, Karl (1957) Teoría de la Constitución (Verfassungslehre), Ediciones Ariel S.A., Barcelona.