Departamento de África
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Colombia y la RASD: del reconocimiento de la autodeterminación saharaui al aval de la violación al del derecho internacional
Luz Marina Mateo
Introducción
Desde la publicación en este mismo espacio del artículo “El rol de América Latina en la descolonización del Sáhara Occidental”, en 2015. Mucho ha cambiado el escenario latinoamericano respecto de la causa saharaui. Allí citábamos al entonces representante del Frente Polisario en la ONU, Bujari Ahmed, quien afirmaba que ““América Latina es nuestra apuesta de futuro. Nos ofrece la motivación suficiente para considerarla como nuestra profundidad estratégica tanto para coadyuvar en el logro de una solución justa y duradera del actual conflicto con nuestro vecino como para la consolidación de la construcción nacional de la única nación afro-árabe de habla hispana”, que referían tanto al idioma como a la herencia colonial compartida entre nuestra región y el Sáhara Occidental (Mateo, 2015, 2020).
En tan sólo una década, demasiada agua ha corrido bajo los puentes de las relaciones de poder global, lo que implicó y sigue implicando, mucha sangre de inocentes derramada. En este marco -y sin adentrarnos en los detalles que se suponen conocidos por la opinión pública- es que abordaremos el caso de la relación diplomática entre Colombia y la República Árabe Saharaui Democrática, cuyos lazos en ese nivel fueron abruptamente interrumpidos por el nuevo presidente colombiano quien, en sintonía con las derechas latinoamericanas (incluyendo el actual gobierno argentino), a pocas horas de asumir tomó decisiones que evidencian su alianza con Donald Trump, Benjamin Netanyahu y todo el entorno que apoya sus políticas.
La decisión adoptada por el gobierno de Abelardo de la Espriella el 10 de agosto de 2026 modificó en pocos días una política colombiana hacia el Sáhara Occidental que había experimentado un proceso de progresiva institucionalización durante el gobierno de Gustavo Petro. La Cancillería colombiana anunció el congelamiento de las relaciones con la República Árabe Saharaui Democrática (RASD), el retiro del respaldo diplomático a sus autoridades y el reconocimiento de la soberanía del Reino de Marruecos sobre el Sáhara Occidental. La medida alcanza una dimensión particular por la participación de Colombia en el Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas como miembro no permanente.
El alcance de esta modificación requiere distinguir tres planos. El primero corresponde al reconocimiento de la RASD como sujeto estatal. El segundo refiere al establecimiento y mantenimiento de relaciones diplomáticas entre Colombia y la República Saharaui. El tercero se vincula con la posición colombiana respecto del estatuto internacional del Sáhara Occidental y, en particular, con el derecho del pueblo saharaui a la libre determinación. Estos planos se relacionaron estrechamente durante el gobierno de Petro, aunque conservan contenidos jurídicos y políticos diferentes. Su separación permite dimensionar el alcance del cambio producido en agosto de 2026.
De la relación diplomática al restablecimiento del vínculo
Colombia estableció relaciones diplomáticas con la RASD el 27 de febrero de 1985, bajo el gobierno de Belisario Betancur. La decisión se produjo en un contexto regional marcado por la ocupación marroquí del Sáhara Occidental y por la consolidación internacional de la causa saharaui como una cuestión vinculada con la descolonización y la libre determinación. En 2001, el vínculo fue suspendido durante el gobierno de Andrés Pastrana.
Sin embargo, lo ocurrido en 1985 cobró relevancia durante el gobierno de Gustavo Petro. El 10 de agosto de 2022, apenas iniciado su mandato, Petro recibió al entonces ministro de Relaciones Exteriores saharaui, Mohamed Salem Ould Salek y al representante del Frente Polisario para América Latina, Mohamed Zrug. En esa reunión Colombia reafirmó la Declaración Conjunta del 27 de febrero de 1985, mediante la cual habían sido establecidas las relaciones diplomáticas entre ambos gobiernos. La propia Cancillería colombiana incorporó posteriormente este hecho a sus Memorias al Congreso.
El restablecimiento del vínculo tuvo consecuencias diplomáticas concretas. En agosto de 2023, el vicecanciller Francisco Coy recibió las copias de las cartas credenciales de Mah Lahdih Nan, quien se convirtió en el primer representante diplomático de la RASD residente en Colombia desde el restablecimiento de las relaciones. La Cancillería destacó entonces la existencia del Grupo de Amistad Parlamentaria entre la Cámara de Representantes colombiana y el Consejo Nacional Saharaui (Parlamento), además de la cooperación entre la Universidad Pedagógica Nacional y la Universidad de Tifariti.
La presencia diplomática saharaui adquirió así una dimensión institucional. El vínculo dejó de estar limitado a declaraciones presidenciales y pasó a involucrar representación diplomática, cooperación académica y contactos parlamentarios. La diplomacia colombiana incorporó a la RASD dentro de una política de relacionamiento con África que otorgaba un lugar significativo a la cooperación Sur-Sur.
La continuidad de esa orientación llegó hasta 2026. El 9 de febrero de ese año, el director colombiano para el Desarrollo y la Integración Fronteriza, José Miguel Sánchez Giraldo, mantuvo una reunión con el embajador saharaui Mohamed Alí Ali Salem. Las delegaciones acordaron profundizar la cooperación en materia de diplomacia y educación, avanzar en un proyecto de Centro/Biblioteca destinado al intercambio y la preservación de la memoria cultural y trabajar conjuntamente de cara al Foro CELAC-África 2026.
Dos meses después, el 10 de abril de 2026, Petro recibió en la Casa de Nariño las cartas credenciales de Mohamed Ali Muley Ahamed Sidah, nuevo embajador de la RASD en Colombia. La ceremonia formalizó el inicio de sus funciones diplomáticas. La secuencia resulta significativa: hasta cuatro meses antes del cambio de gobierno, Colombia mantenía relaciones diplomáticas activas con la RASD, contaba con representación saharaui acreditada y desarrollaba una agenda bilateral de cooperación.
El Sáhara Occidental como cuestión de descolonización
El vínculo diplomático Colombia-RASD se inscribe en una controversia territorial cuyo tratamiento internacional posee antecedentes jurídicos específicos. El Sáhara Occidental permanece incluido desde 1963 en la lista de Territorios No Autónomos de las Naciones Unidas. La cuestión forma parte, por tanto, del proceso de descolonización bajo la responsabilidad de los órganos de Naciones Unidas.
La Corte Internacional de Justicia examinó el estatuto del territorio en su Opinión Consultiva de 16 de octubre de 1975. La Corte descartó que el Sáhara Occidental hubiera sido terra nullius al momento de la colonización española. Reconoció la existencia de determinados vínculos jurídicos de lealtad entre el sultán de Marruecos y algunas tribus del territorio. Al mismo tiempo, concluyó que los elementos presentados ante ella no establecían un vínculo de soberanía territorial entre el Sáhara Occidental y el Reino de Marruecos. La Corte vinculó el proceso de descolonización con la expresión libre y genuina de la voluntad de la población del territorio.
La posición internacional sobre el territorio se desarrolló posteriormente alrededor de ese principio. Naciones Unidas continúa incluyendo al Sáhara Occidental entre los Territorios No Autónomos. La Misión de las Naciones Unidas para el Referéndum del Sáhara Occidental (MINURSO) fue creada en 1991 en el marco del proceso de solución del conflicto. El estatuto definitivo del territorio permanece pendiente[1].
La situación adquirió una nueva complejidad en 2025. El Consejo de Seguridad aprobó el 31 de octubre la Resolución 2797 (2025), que prorrogó el mandato de la MINURSO y colocó la propuesta marroquí de autonomía bajo soberanía de Marruecos en el centro del proceso negociador. El texto afirma simultáneamente el compromiso con una solución política justa, duradera y mutuamente aceptable, consistente con los propósitos y principios de la Carta de Naciones Unidas, incluido el principio de autodeterminación. También señala que una autonomía genuina bajo soberanía marroquí podría constituir una solución viable. Así, pretende pasar “de una lógica de ‘paz justa’, arraigada en la doctrina clásica de la descolonización, a una lógica de ‘paz posible’ (o del mal menor), centrada en contener una disputa enquistada”[2] (López Belloso, 2026).
La resolución representa un desplazamiento político dentro del proceso de Naciones Unidas. Su lenguaje parece favorecer la propuesta marroquí como base de las negociaciones. La soberanía marroquí sobre el territorio permanece, sin embargo, como una cuestión distinta de la orientación política del proceso negociador. La resolución 2797 no contiene una transferencia jurídica de soberanía ni una declaración mediante la cual Naciones Unidas reconozca al Sáhara Occidental como parte integrante del territorio marroquí. Esta distinción resulta especialmente relevante para evaluar la decisión posterior de Colombia.
Petro: reconocimiento, relaciones y autodeterminación
Durante el gobierno de Petro, las tres dimensiones adquirieron una articulación definida. Colombia reconoció a la RASD, mantuvo relaciones diplomáticas con sus autoridades y sostuvo una posición favorable al derecho del pueblo saharaui a la autodeterminación. El vínculo bilateral se convirtió en uno de los instrumentos mediante los cuales esa posición fue proyectada hacia el ámbito multilateral.
La política colombiana se profundizó durante 2025. Petro manifestó públicamente su respaldo al derecho del pueblo saharaui a la autodeterminación y cuestionó la explotación de los recursos naturales del territorio ocupado. La cuestión de los recursos adquirió especial relevancia porque vinculó descolonización, soberanía sobre los recursos naturales y relaciones económicas internacionales.
Ese enfoque posee antecedentes dentro del sistema de Naciones Unidas. Documentos de la organización han señalado la relación entre el estatuto de Territorio No Autónomo, el derecho de su pueblo a la libre determinación y la soberanía permanente sobre sus recursos naturales.
La posición colombiana durante los últimos meses del gobierno Petro puede leerse dentro de esa matriz. La diplomacia hacia la RASD combinó reconocimiento estatal, relaciones bilaterales y defensa de la autodeterminación. La cooperación académica y cultural adquirió además una función de construcción de vínculos Sur-Sur y de reconocimiento de la memoria histórica saharaui.
El episodio de abril de 2026 posee, por ello, un valor que excede el protocolo diplomático. La recepción del nuevo embajador saharaui por parte de Petro confirmó la continuidad de una relación que llevaba cuatro años de restablecimiento y que había alcanzado una estructura diplomática estable.
¿Después? Sí importa del “después”
Aunque este Anuario tiene como cierre el 30 de junio de 2026, lo que ocurrió con el cambio de gobierno colombiano producido el 7 de agosto de 2026 al asumir Abelardo de la Espriella, alteró rápidamente esa orientación. Tres días después, la Cancillería anunció una nueva política hacia el Sáhara Occidental. Colombia decidió congelar las relaciones con la RASD y reconocer la soberanía de Marruecos sobre todo su territorio, incluido el Sáhara Occidental. El comunicado establece que la medida comprende la ausencia de contactos políticos o diplomáticos, el cese del intercambio de misiones y el retiro del respaldo a la RASD en foros multilaterales, incluidas las Naciones Unidas y el Consejo de Seguridad.
La formulación posee tres efectos diferenciados. Colombia abandona el reconocimiento que había restablecido en 2022. Congela las relaciones diplomáticas que había desarrollado desde entonces. Adopta una posición expresa sobre la soberanía del Sáhara Occidental favorable a Marruecos.
La tercera dimensión es la de mayor alcance internacional. El reconocimiento colombiano de la soberanía marroquí sobre el territorio modifica la posición de Colombia respecto de una cuestión que Naciones Unidas continúa tratando dentro del proceso de descolonización. El gobierno de De la Espriella fundamentó su decisión en una revisión de la política exterior y en la evolución del proceso negociador del Consejo de Seguridad, con particular referencia a la Resolución 2797.
El argumento requiere una lectura cuidadosa. Si bien la Resolución 2797 coloca la propuesta de autonomía dentro de las negociaciones, el texto conserva, al mismo tiempo, la referencia al principio de autodeterminación. La posición colombiana va más allá de esa fórmula al reconocer directamente la soberanía marroquí sobre el Sáhara Occidental. La pregunta -retórica, por cierto- es: ¿amparada en qué derecho?
La diferencia adquiere especial importancia desde la perspectiva del Derecho Internacional. Naciones Unidas continúa registrando al Sáhara Occidental como Territorio No Autónomo. La Opinión Consultiva de la Corte Internacional de Justicia de 1975 tampoco estableció soberanía marroquí sobre el territorio. La decisión colombiana constituye, en consecuencia, una toma de posición estatal propia frente a un estatuto territorial que permanece objeto de un proceso internacional de solución.
Un giro con consecuencias multilaterales
La oportunidad temporal del cambio colombiano amplifica sus efectos. Colombia integra actualmente el Consejo de Seguridad como miembro no permanente. La propia Cancillería señala que el congelamiento de las relaciones con la RASD supone retirar el respaldo colombiano a sus posiciones en ese órgano. La modificación afecta, por tanto, una relación bilateral y también el comportamiento futuro de Colombia en un espacio institucional directamente involucrado en el conflicto.
La decisión también reconfigura el vínculo con Marruecos. La nueva política exterior colombiana busca profundizar la cooperación bilateral en comercio, inversiones, turismo, seguridad alimentaria, infraestructura portuaria y conectividad atlántica. El Sáhara Occidental aparece así integrado a una reorientación más amplia de la política exterior colombiana hacia el Reino de Marruecos.
El contraste con la etapa anterior resulta particularmente marcado. Petro había utilizado el vínculo con la RASD para articular una política exterior centrada en la autodeterminación, la cooperación Sur-Sur y una lectura de la cuestión saharaui vinculada con la descolonización y los recursos naturales. De la Espriella introduce una política que prioriza el reconocimiento de la soberanía marroquí y el fortalecimiento de los vínculos estratégicos con Rabat.
La secuencia permite observar un fenómeno más amplio de la política internacional contemporánea. La disputa por el estatuto del Sáhara Occidental se desarrolla simultáneamente en el terreno de las relaciones bilaterales, en las instituciones multilaterales y en las relaciones económicas vinculadas con los recursos del territorio. Las decisiones de reconocimiento producen efectos sobre los otros dos espacios.
El caso colombiano ofrece, además, una expresión particularmente clara de la relación entre cambios de gobierno y política exterior. Entre agosto de 2022 y abril de 2026, Colombia pasó del restablecimiento de las relaciones con la RASD a la recepción formal de su embajador y a la ampliación de los mecanismos de cooperación. En agosto de 2026, la misma estructura diplomática fue congelada y acompañada por el reconocimiento de la soberanía marroquí sobre el Sáhara Occidental. La rapidez de la reversión muestra hasta qué punto el reconocimiento diplomático puede convertirse en un instrumento de reorientación geopolítica.
El cambio también modifica el lugar de la cuestión saharaui dentro de la política exterior latinoamericana. Colombia había ocupado una posición relevante entre los Estados de la región que mantenían relaciones diplomáticas con la RASD y defendían el principio de autodeterminación. El nuevo gobierno colombiano se suma a aquellos Estados que han respaldado la propuesta marroquí de autonomía y la soberanía de Marruecos sobre el territorio.
La cuestión queda abierta en un punto central: la evolución del proceso negociador de Naciones Unidas y la relación entre la autonomía bajo soberanía marroquí promovida por la Resolución 2797 y el derecho de autodeterminación del pueblo saharaui. La decisión colombiana introduce una definición propia sobre ese vínculo. Su reconocimiento de la soberanía marroquí convierte a Colombia en actor explícito de una controversia cuyo estatuto internacional continúa bajo tratamiento de Naciones Unidas.
La trayectoria de los últimos cuatro años permite identificar, finalmente, dos concepciones diferentes de la política exterior colombiana frente al Sáhara Occidental. La etapa de Petro vinculó reconocimiento de la RASD, relaciones diplomáticas, cooperación Sur-Sur y autodeterminación. La etapa inaugurada por De la Espriella vincula reconocimiento de Marruecos, congelamiento de la relación con la RASD y convergencia con la propuesta marroquí. El desplazamiento afecta simultáneamente el vínculo bilateral, la posición multilateral colombiana y la interpretación política del proceso de descolonización del Sáhara Occidental.
Conclusiones
El giro producido por el gobierno de Abelardo de la Espriella frente al Sáhara Occidental adquiere una dimensión distinta cuando se lo observa junto con la decisión adoptada, el mismo 10 de agosto de 2026, de reconocer la soberanía de Israel sobre los Altos del Golán. Ambos territorios se encuentran atravesados por procesos de ocupación, disputas sobre soberanía y controversias sometidas a consideración de las Naciones Unidas. En ambos casos, el nuevo gobierno colombiano adopta como propia la posición del Estado que ejerce el control territorial y la vincula con argumentos de seguridad y estabilidad. Para el Sáhara Occidental, Colombia reconoce la soberanía marroquí; para los Altos del Golán, reconoce la soberanía israelí.
La simultaneidad de ambas decisiones permite identificar una orientación de política exterior que excede el vínculo de Colombia con la RASD. Se trata de una determinada concepción de la soberanía en territorios ocupados. La soberanía aparece asociada al control efectivo del territorio, a las necesidades estratégicas del Estado ocupante y a su capacidad para garantizar seguridad. La historia de la ocupación, la voluntad de las poblaciones afectadas y el principio de autodeterminación quedan desplazados de ese centro de gravedad. El ego conquiro dusseliano en su máxima expresión.
Este desplazamiento resulta significativo porque la colonialidad también opera en la definición de quién puede hablar en nombre de un territorio, quién puede administrar sus recursos y quién posee capacidad para convertir una situación de hecho en una situación jurídicamente reconocida. El reconocimiento diplomático interviene en ese proceso. Cuando un Estado reconoce la soberanía del ocupante, contribuye a transformar una relación de poder territorial en una relación susceptible de adquirir legitimidad internacional.
El caso del Sáhara Occidental muestra con especial claridad esa operación. Durante el gobierno de Petro, Colombia había articulado reconocimiento de la RASD, relaciones diplomáticas y defensa del derecho del pueblo saharaui a la autodeterminación. La política exterior colombiana había incorporado la cuestión saharaui dentro de una lectura vinculada con la descolonización, la cooperación Sur-Sur y la soberanía permanente sobre los recursos naturales. El gobierno de De la Espriella desarma esa arquitectura y la sustituye por el reconocimiento de la soberanía marroquí sobre el territorio.
El caso de los Altos del Golán permite observar el mismo desplazamiento desde otra geografía colonial. Israel ocupa el territorio sirio desde 1967 y en 1981 extendió allí su legislación, jurisdicción y administración. El Consejo de Seguridad, mediante la Resolución 497, declaró nula y sin efecto jurídico internacional esa decisión. El reconocimiento colombiano de agosto de 2026 introduce una posición estatal que otorga legitimidad a la soberanía israelí a partir de la importancia estratégica del territorio para la seguridad de Israel. La Cancillería colombiana presenta precisamente esa seguridad como fundamento de la decisión.
La seguridad adquiere así una función discursiva central. Un territorio ocupado puede ser presentado como indispensable para la defensa del Estado que lo controla. La necesidad de seguridad puede convertirse en argumento para consolidar el control territorial y, mediante el reconocimiento de terceros Estados, avanzar hacia su legitimación. La perspectiva del pueblo que habita el territorio y su derecho a decidir sobre su estatuto político queda subordinada a la seguridad definida por el Estado con mayor capacidad militar y diplomática.
Aquí aparece una de las operaciones características de la colonialidad: la transformación de una relación histórica de dominación en una relación aparentemente natural de soberanía. El control territorial antecede al reconocimiento; el reconocimiento contribuye luego a naturalizar ese control. La ocupación produce una situación material y la diplomacia puede contribuir a convertirla en una situación política legítima. La frontera entre hecho y derecho comienza entonces a desplazarse en favor de quien posee el poder suficiente para imponer el hecho.
La cuestión adquiere una dimensión adicional cuando se incorpora el extractivismo. En el Sáhara Occidental, el territorio constituye un espacio de explotación de recursos naturales cuya legitimidad ha sido cuestionada desde la perspectiva de los derechos del pueblo saharaui como así también en sentencias del TJUE, y en resoluciones y declaraciones de la ONU, la Unión Africana y tribunales sudafricanos, entre una larga nómina de documentos en ese sentido.
El reconocimiento de la soberanía del ocupante interviene sobre esa estructura porque modifica las condiciones de legitimidad en las que pueden desarrollarse las relaciones económicas. Cuando la soberanía marroquí sobre el Sáhara Occidental es reconocida por terceros Estados, las actividades económicas desarrolladas en el territorio adquieren un marco político diferente. La cuestión de los recursos deja de aparecer únicamente como una consecuencia de la ocupación y pasa a integrarse en una relación bilateral considerada legítima.
La comparación con los Altos del Golán permite ampliar la mirada. Allí también territorio, recursos y seguridad se encuentran estrechamente vinculados. La meseta posee una importancia estratégica y recursos hídricos relevantes. El reconocimiento colombiano adopta como fundamento la seguridad de Israel y el mantenimiento de su control territorial. El territorio ocupado aparece, de este modo, desde la perspectiva del Estado ocupante: como espacio estratégico, como frontera de seguridad y como componente de su soberanía.
La operación política del nuevo gobierno colombiano puede leerse entonces como una redefinición del lugar de Colombia frente a determinadas controversias territoriales. La política exterior abandona una posición que otorgaba centralidad a sujetos históricamente subordinados y adopta otra que privilegia a Estados con capacidad de control territorial y peso geopolítico. El cambio alcanza una dimensión particularmente relevante porque Colombia ocupa actualmente un asiento no permanente en el Consejo de Seguridad de Naciones Unidas.
El problema excede la alternancia entre dos gobiernos colombianos. La cuestión que plantea es qué ocurre con el principio de autodeterminación cuando las relaciones internacionales comienzan a privilegiar el control territorial, la seguridad estratégica y los intereses económicos asociados con territorios ocupados. En el caso del Sáhara Occidental, la decisión colombiana se produce mientras Naciones Unidas continúa considerando el territorio como Territorio No Autónomo y mientras el proceso de descolonización permanece abierto. En los Altos del Golán, se produce frente a un territorio cuya anexión por Israel no ha obtenido reconocimiento internacional generalizado.
La experiencia colombiana muestra que la política exterior puede intervenir activamente en la producción de una determinada geografía del poder. Reconocer una soberanía implica también contribuir a establecer quién tiene derecho a definir el territorio. Congelar relaciones con la RASD implica reducir el espacio diplomático de un pueblo que sostiene una reivindicación de autodeterminación. Reconocer la soberanía israelí sobre el Golán implica otorgar legitimidad a la pretensión territorial del Estado que ocupa ese territorio. Reconocer la soberanía marroquí sobre el Sáhara Occidental produce un efecto equivalente en relación con Marruecos.
La colonialidad se expresa allí como una disputa por la capacidad de nombrar. Territorio ocupado, territorio disputado, territorio autónomo, territorio marroquí o territorio israelí no son denominaciones políticamente inocentes. Cada una organiza una determinada distribución de derechos, sujetos y recursos. Nombrar soberanía también significa producir soberanía.
Desde esta perspectiva, el giro colombiano de agosto de 2026 puede ser leído como una política de normalización diplomática de situaciones de ocupación. La normalización opera mediante el reconocimiento, la cooperación y la incorporación de esos territorios a relaciones estatales ordinarias. El conflicto colonial pierde centralidad en el lenguaje diplomático mientras la relación de poder que lo sostiene adquiere apariencia de normalidad.
La trayectoria entre 2022 y 2026 adquiere así un significado que excede la política exterior de Colombia. Durante el gobierno de Petro, el reconocimiento de la RASD y la defensa de la autodeterminación permitieron recuperar una tradición internacionalista latinoamericana vinculada con la descolonización. Durante el gobierno de De la Espriella, el reconocimiento de Marruecos sobre el Sáhara Occidental y de Israel sobre los Altos del Golán sitúa a Colombia en una posición diferente frente a la cuestión territorial y frente a los procesos de ocupación.
El interrogante que queda abierto es, finalmente, qué lugar conserva la autodeterminación en un orden internacional en el que el poder militar, la capacidad económica y la posición estratégica pueden producir hechos territoriales susceptibles de ser posteriormente legitimados por terceros Estados. La experiencia del Sáhara Occidental vuelve a colocar esa pregunta en el centro. Mientras el territorio permanezca bajo ocupación y su población continúe privada de una decisión libre sobre su estatuto político, la descolonización seguirá siendo una tarea pendiente. El reconocimiento internacional de la situación de hecho puede modificar el lenguaje de la diplomacia y dar lugar a nuevas disputas en la arena del sentido. Lo que no debería poder, en modo alguno, es tergiversar la historia y acallar lo que nos dice a gritos el derecho internacional.
Referencias documentales y bibliográficas
Cancillería de Colombia. Memorias al Congreso 2022-2023. Ministerio de Relaciones Exteriores.
https://www.cancilleria.gov.co/sites/default/files/FOTOS2023/Memorias%20al%20Congreso%202022-2023.pdf
Cancillería de Colombia. “Vicecanciller Francisco Coy recibió copia de Cartas Credenciales de los embajadores de Costa Rica, China, Italia, Países Bajos y la República Árabe Saharaui Democrática”, 5 de agosto de 2023. https://www.cancilleria.gov.co/sala-de-prensa/noticias/vicecanciller-francisco-coy-recibio-copia-de-cartas-credenciales-de-los-embajadores-de-costa-rica-china-italia-paises-bajos-y-la-republica-arabe-saharaui-democratica
Cancillería de Colombia. “Colombia y la República Árabe Saharaui Democrática fortalecen lazos de cooperación intercontinental y académica”, 11 de febrero de 2026.
https://www.cancilleria.gov.co/sala-de-prensa/noticias/colombia-y-la-republica-arabe-saharaui-democratica-fortalecen-lazos-de-cooperacion-intercontinental-y-academica
Cancillería de Colombia. “Colombia congela relaciones diplomáticas con la entidad denominada como República Árabe Saharaui Democrática (RASD)”, 10 de agosto de 2026. https://www.cancilleria.gov.co/sala-de-prensa/noticias/colombia-congela-relaciones-diplomaticas-con-la-entidad-denominada-como-republica-arabe-saharaui-democratica-rasd
Colmundo Radio (2026). “Petro recibe a siete nuevos embajadores en Colombia y fortalece relaciones diplomáticas”. https://colmundoradio.com.co/petro-recibe-a-siete-nuevos-embajadores-en-colombia-y-fortalece-relaciones-diplomaticas/
Naciones Unidas. Western Sahara — The United Nations and Decolonization. https://www.un.org/dppa/decolonization/en/nsgt/western-sahara
Corte Internacional de Justicia. Western Sahara, Advisory Opinion, 16 October 1975. https://www.icj-cij.org/case/61
Corte Internacional de Justicia. Advisory Opinion of 16 October 1975. https://www.icj-cij.org/node/103758
Consejo de Seguridad de Naciones Unidas. Resolution 2797 (2025), S/RES/2797 (2025), 31 de octubre de 2025.
https://digitallibrary.un.org/record/4093660/files/S_RES_2797_%282025%29-EN.pdf
López Belloso, M. (2026). “Self-determination without choice: how Western Sahara signals a quiet shift in international law”. Global Campus of Human Rights. https://www.gchumanrights.org/preparedness/self-determination-without-choice-how-western-sahara-signals-a-quiet-shift-in-international-law/
Mateo, L. (2015) El rol de América Latina en la descolonización del Sáhara Occidental. Anuario IRI 2015.
http://www.iri.edu.ar/publicaciones_iri/anuario/anuario_2015/Indices/africa.htm
Mateo, L. (2022). “Decires Nómadas. La lucha del pueblo saharaui por derribar el muro del silencio”. Prometeo Editorial. Ruiz Miguel, C.; Ponce de León Iglesias, M. y Blanco Souto, Y. (2019) “El Sáhara Occidental, prontuario jurídico: 15 enunciados básicos sobre el conflicto”. 2º edición. Ed. Andavira.
[1] Para profundizar en las resoluciones y declaraciones históricas de la ONU, la Unión Africana y los tribunales europeos, véase Ruiz Miguel, C.; Ponce de León Iglesias, M. y Blanco Souto, Y. (2019) “El Sáhara Occidental, prontuario jurídico: 15 enunciados básicos sobre el conflicto”. 2º edición. Ed. Andavira.
[2] Traducción propia.
