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Dominic Ongwen, la sentencia necesaria

Las sanciones por crímenes sexuales en el marco de la Corte Penal Internacional (CPI) eran una materia pendiente. Es por ello que su sentencia del 4 de febrero de 2021 sienta un precedente que, aunque el imputado apele, servirá para casos en curso así como para futuras investigaciones.

Recientemente la Corte encontró culpable a Dominic Ongwen, miembro del Ejército de Resistencia del Señor (más conocido internacionalmente por sus siglas en inglés LRA), de 61 de los 70 cargos, entre crímenes de guerra y lesa humanidad que se le atribuían.El Ejército de Resistencia del Señor, es una organización de extrema cristiana, que opera con suma crueldad en el norte de Uganda, con presencia en la zona desde 1987, cuyos integrantes  se caracterizan por la brutalidad de los ataques contra campos de desplazados internos y secuestros. Muchas de las prácticas del LRA estaban relacionadas con abducciones de mujeres y niñas.

Joseph Kony, Dominic Ongwen y los líderes de la brigada Sinia designaron a las mujeres y niñas secuestradas también llamadas «esposas» de los miembros masculinos de la brigada Sinia. En ocasiones, se celebraban ceremonias para el supuesto «matrimonio». Con frecuencia no se celebraba tal ceremonia, y las mujeres y niñas secuestradas eran consideradas «esposas» desde el momento en que se las obligaba a mantener relaciones sexuales con el hombre al que se las había asignado. Las mujeres y niñas secuestradas no podían negarse. Dominic Ongwen asignaba personalmente a las mujeres y niñas como supuestas «esposas» y utilizaba su autoridad como comandante del LRA para imponer el denominado «matrimonio» en la brigada de Sinia[1].

Dominic Ongwen, Joseph Kony y los dirigentes de la brigada de Sinia ordenaron a los soldados del Sinia secuestrar a niños para que sirvieran como soldados de Sinia. Los soldados de Sinia, en ejecución de las órdenes de Joseph Kony, Dominic Ongwen y la dirección de la brigada del Sinia, secuestraron a un gran número de niños menores de 15 años en el norte de Uganda entre el 1ro de julio de 2002 y el 31 de diciembre de 2005. Los niños menores de 15 años también fueron secuestrados durante los cuatro ataques  relevantes para los cargos. Dominic Ongwen también secuestró a niños él mismo.[2]

El juicio en La Haya contra Ongwen, iniciado en diciembre del 2016,  ha arribado a una sentencia histórica que dará mucha tela para cortar no solo por los crímenes a los que refiere, sino también por la historia del imputado. En este fallo ha operado la responsabilidad del artículo 25 del Estatuto de Roma, en relación a la responsabilidad penal individual por aquellos crímenes cometidos directa e indirectamente por el acusado.

La sentencia es un avance necesario en lo que respecta a los crímenes sexuales en el marco de crímenes de guerra y crímenes de lesa humanidad, especialmente si tomamos en cuenta los vacíos vergonzosos que al respecto nos ha dejado la resolución del caso Lubanga del 14 de marzo del 2012 en relación a los crímenes sexuales, en especial los embarazos forzados y las violaciones a los menores reclutados.

Hasta hace poco, debíamos remitirnos a sentencias como las de los casos Akayesu o Musema del Tribunal Penal Internacional para Ruanda si queríamos citar jurisprudencia internacional sobre el tema, y aun así no eran suficientes para abordar la temática.

Dominic Onwen fue encontrado culpable por responsabilidad directa e indirecta de crimen de esclavitud sexual, esclavitud (realizando una diferenciación entre ambas), reclutamiento de menores de quince años, violación, tortura, matrimonio forzado, embarazo forzado, asesinato, y tortura en relación con los artículos 7 (crimen de lesa humanidad) y  8 (crimen de guerra) del  Estatuto de Roma.

Otro condimento de la sentencia, como ya se ha mencionado, es la situación particular del imputado. Dominic Ongwen fue reclutado a los 10 años por milicianos de la LRA y juzgado por la Corte Penal Internacional por los crímenes cometidos siendo mayor de edad entre el 1ero de julio de 2002 y el 30 de diciembre de 2005 al mando de la brigada Sinia del LRA junto con Joseph Kony, sobre quien pesa una orden de arresto por parte de la CPI y continua prófugo.

Muchos de los cargos que se le atribuyen se suscitaron en  los ataques contra los campos de desplazados internos Pajule en octubre de 2003, Odek en abril del 2004, Lukod de mayo del 2004 y Abok  en el 2004 en el norte de Uganda. La mayoría de los crímenes en los que se encontró culpable -de naturaleza sexual, tanto de guerra como de lesa humanidad-, fueron aquellos comprendidos entre el 1 de julio del 2002 y el 31 de diciembre del 2005. De esta manera, se sienta un precedente  importante para los juicios que continúan llevándose a cabo en similar contexto, como la situación en Darfur o en República Centroafricana, ya que en el caso de algunos de sus imputados hay razones suficientes para creer que pueden ser responsables  de crímenes de naturaleza sexual.

La sentencia se encuentra disponible en la página de la Corte Penal Internacional y se recomienda su lectura,[3] mientras se abre el paréntesis hasta tanto la decisión determine el monto de la pena, y que la defensa presente su apelación. Al parecer, la Corte comienza a sentar jurisprudencia en relación a los crímenes sexuales cometidos contra niñas y mujeres, tan necesaria para tantas víctimas. Quedamos a la espera de una posible ampliación para aquellos crímenes sexuales perpetrados contra niños y hombres. Aguardamos.

Referencias:

[1]      “Joseph Kony, Dominic Ongwen and the Sinia brigade leadership designated abducted women and girls as so-called ‘wives’ of male members of Sinia brigade. Occasionally, ceremonies were performed to mark the so-called ‘marriage’. Frequently no such ceremony occurred, and abducted women and girls were considered so-called ‘wives’ from the time they were first forced to have sex with the man they had been assigned to. The abducted women and girls were not able to refuse. Dominic Ongwen personally assigned women and girls as so-called ‘wives’ and used his authority as LRA commander to enforce the so-called ‘marriage’ in Sinia brigade” Trial Judgment The Prosecutor v. Dominic Ongwen  ICC-02/04-01/15-1762-Red 04-02-2021 69/1077 NM T . Párr 216 (traducción propia)

[2]      “Dominic Ongwen, Joseph Kony and the Sinia brigade leadership ordered Sinia soldiers to abduct children to serve as Sinia soldiers. Sinia soldiers, in execution of orders of Joseph Kony, Dominic Ongwen and the Sinia brigade leadership, abducted a large number of children under 15 years of age in Northern Uganda between 1 July 2002 and 31 December 2005. Children under the age of 15 were also abducted during the four attacks relevant to the charges. Dominic Ongwen also abducted children himself.” Trial Judgment The Prosecutor v. Dominic Ongwen ICC-02/04-01/15-1762-Red 04-02-2021 69/1077 NM T . Párr 223 (traducción propia)

[3]      Trial judgment. The Prosecutor v. Dominic Ongwen. ICC 02/04-01/15-1762-red. 04 Februrary 2021. https://www.icc-cpi.int/Pages/record.aspx?docNo=ICC-02/04-01/15-1762-Red

 

Mayra Scaramutti
Integrante
Departamento de Derecho internacional
IRI – UNLP