En este momento estás viendo Boletin n 5 – Observatorio en Prevención de lavados de activos y compliance (OPLAC)

Boletin n 5 – Observatorio en Prevención de lavados de activos y compliance (OPLAC)

No 5 – abril de 2023
Responsables de la Edición

Mariano Corbino

En este número encontrará diversos artículos y documentos relativos al periodo referido en el encabezado. Las opiniones escritas por los autores son estrictamente personales y no reflejan, necesariamente, las del Departamento o del Instituto de Relaciones Internacionales.

Versión PDF

Artículos

Observatorio en PLA & Compliance

Mariano Corbino

Ver más

Panamá: Plan de reactivación económica y compromiso con la transparencia

Issamary Sánchez Ortega

Ver más

Nuevas Recomendaciones sobre Beneficiarios Finales

Julieta Pignanelli

Ver más

Tratados y otros instrumentos internacionales para Prevenir el Lavado de Activos y Financiamiento del Terrorismo

Claudia Gabriela Fornari

Ver más

La Transparencia Pública y Argentina como país

Luisa Fernanda Herrera

Ver más

Observatorio en PLA & Compliance

Mariano Corbino[1]

Desde el año 2021estamos desarrollando desde este espacio que nos brinda el Instituto de Relaciones Internacionales de la Universidad de la Plata distintas tareas relacionadas con la Prevención de Lavado de Activos & Compliance y es un orgullo y un compromiso desempeñarme como Secretario del Observatorio.

Este año dando inicio a las actividades académicas en el mes de abril, me es grato comunicarles que el Observatorio llevará distintas actividades para poder exponer, conversar y debatir sobre estos temas tan apasionantes que nos convocan año tras año junto al equipo que me acompaña.

Teniendo en cuanta la 4ta ronda de evaluación que se llevará adelante en la Argentina y la Evaluación Nacional de Riesgos de Lavado de Activos que concluyó en junio de 2022, estaremos analizando los resultados y al mismo tiempo intentando aportar desde la academia y el ámbito profesional, más y mejores soluciones para combatir el lavado de activos y la financiación del terrorismo.

En cuanto a los temas de compliance más allá de los temas diarios, se intentará continuar concientizando y aportando ideas sobre cómo las organizaciones pueden y deben cumplir no solo con las regulaciones sino con la legislación gubernamental.

Es necesario recordar, y así lo haremos en cada oportunidad que tengamos, que el cumplimiento corporativo se aplica a las normas, reglamentos y prácticas que una organización establece para el cumplimiento de acuerdo con los reglamentos externos y las políticas internas.

Haremos hincapié en la función más crítica del cumplimiento corporativo, que es asegurarse que los empleados y otras personas que puedan representar a la empresa, conozcan las reglas de antemano y que las sigan continuamente, siempre teniendo en cuenta que toda esta información, proceso, estructura y liderazgo deben implementarse en un programa de cumplimiento eficaz.

En resumidas cuentas este año el Observatorio realizará actividades en las que el grupo que conforma el mismo podrá exponer en distintas reuniones tanto presenciales como de manera online los diferentes acontecimientos que se vayan desarrollando no solo en el país sino en el mundo.

Les doy la bienvenida a un nuevo año lleno de desafíos, en las que el equipo que conforma el Observatorio tendrá un rol más activo y estaremos abiertos a propuestas que nos envíen y con posibilidades de incorporar nuevos participantes al equipo.

Panamá, puerta de las Américas.

Issamary Sánchez Ortega[2]

La privilegiada ubicación geográfica y las condiciones climáticas de Panamá hacen que sea uno de los países con mejor conectividad del continente americano, beneficios que le permiten entrelazar el norte con el sur y ser el punto en donde se encuentran las principales rutas del tráfico mundial.

Estos son algunos de los principales recursos que nos hacen ofrecer al mundo una amplia plataforma de servicios marítimos, comerciales, inmobiliarios y financieros, acompañada del desarrollo tecnológico requerido.

Nuestro país cuenta con varias zonas francas, siendo la Zona Libre de Colón la más grande del continente y la segunda del mundo, alimentada por el Canal de Panamá y nuestros recintos portuarios, lo cual ha hecho que muchas empresas multinacionales hayan elegido a Panamá como su casa matriz, considerando que concentra todo el comercio de la región, con las facilidades de transporte a través del Aeropuerto Internacional de Tocumen, el ferrocarril, el Metro de Panamá, entre otros.

De lo anterior, el sistema bancario ha crecido a través de los años, convirtiéndose en uno de los más importantes centros financieros. Cuenta con la presencia de 66 bancos nacionales e internacionales regulados por la Superintendencia de Bancos y su economía es dolarizada.

Panamá es un líder en materia de sostenibilidad ambiental y prioriza el clima en todas sus políticas económicas. La estrategia climática de Panamá le ha permitido alcanzar el estatus de ser uno de los tres países carbono-negativo, sentando así un estándar para otras naciones a nivel mundial.

Se proyecta que las emisiones de su sector energético disminuirán en – al menos – un 11.5% para el año 2030 y en un 24% para el año 2050, donde su agenda de transición energética constituye un modelo para América Latina y el Caribe. El pasado mes de marzo se celebró en nuestro país el evento internacional “Our Ocean 2023”, donde se concluyó el mismo con más de 300 nuevos compromisos tangibles para la protección de este recurso.

En materia de turismo, Panamá es un país rico en historia, cultura y tradiciones que ofrece una ciudad moderna, playas y montañas, permitiendo fácilmente la movilización dentro del territorio y el tránsito hacia otros destinos.

Como hub humanitario, proporciona una infraestructura con los servicios necesarios que facilitan la coordinación estratégica de recurso humano y equipos, así como la recepción, manejo y despacho de suministros orientados a apoyar en situaciones de catástrofes nacionales e internacionales, incluso en el paso de migrantes irregulares.

Panamá es uno de los países con mejor calificación de riesgo emitida a estados latinoamericanos, por las tres principales calificadoras de riesgo a nivel internacional.

Además, posee un crecimiento económico permanente. Recientemente y de acuerdo con la CEPAL, es el país que ha logrado mayor rendimiento en la región durante el periodo de reactivación económica 2020-2022 y según Bloomberg es uno de los tres países con menor riego país en Latinoamérica, lo que nos posiciona como un lugar preparado para seguir recibiendo buenas inversiones extranjeras que generen empleos, optimizando las cadenas de suministros eficientes.

Nuestro país posee toda la infraestructura de un hub logístico, aéreo, de servicios, valor agregado, digital y energético, para seguir siendo “Pro mundi beneficio” que significa “para beneficio del mundo”.

Documentos consultados:

https://www.bloomberglinea.com/2023/01/16/riesgo-pais-en-america-latina-que-gobiernos-tienen-los-bonos-mas-peligrosos/

https://www.sela.org/es/prensa/servicio-informativo/20230130/si/85339/panama-pais-de-centroamerica-con-mayor-crecimiento-tras-la-pandemia

https://www.superbancos.gob.pa

Lineamientos de comunicación del Ministerio de Relaciones Exteriores de Panamá en materia de ambiente y del evento Our Ocean.

Nuevas Recomendaciones sobre Beneficiarios Finales

Julieta Pignanelli[3]

Plenario GAFI febrero 2023:

Se acordaron nuevas pautas orientativas que ayudarán a los países y al sector privado a implementar los requisitos más exigentes del GAFI de la Recomendación 24 sobre transparencia y beneficiario final de las personas jurídicas

El pleno del GAFI aprobó un informe sobre la disrupción de los flujos financieros relacionados con el ransomware (secuestro de datos), y recibieron novedades sobre otros trabajos que se encuentran en curso, incluido un proyecto sobre el uso indebido de la ciudadanía y de la residencia a través de los esquemas de inversión (relacionados con acuerdos como los intercambios de información fiscal FATCA/OCDE) , así como sobre los trabajos para reforzar el recupero de activos y las posibles revisiones de las Recomendaciones 4 y 38 relativas al decomiso y las medidas provisionales y sobre asistencia legal mutua: congelamiento y decomiso, respectivamente. El Plenario también acordó la publicación del informe sobre lavado de activos y financiamiento del terrorismo en el mercado del arte y las antigüedades. Asimismo, el Plenario acordó llevar a cabo nuevos proyectos sobre el lavado de activos y el financiamiento del terrorismo en relación con el fraude cibernético y sobre el uso del crowdfunding para el financiamiento del terrorismo.

Beneficiario Final

El GAFI incluyó entre sus prioridades mejorar la transparencia del beneficiario final e impedir que los delincuentes, los corruptos y los evasores de sanciones oculten sus actividades ilegales y sus activos de origen ilícito detrás de sociedades fantasma anónimas, de otras empresas o estructuras jurídicas. En marzo de 2022, el GAFI acordó la adopción de estándares generales sobre el beneficiario final más exigentes, los cuales exigen a los países garantizar que las autoridades competentes tengan acceso a información adecuada, precisa y actualizada sobre los verdaderos propietarios de las sociedades. Como consecuencia, la Recomendación 24 revisada del GAFI exige a los países garantizar que la información sobre el beneficiario final sea conservada por una autoridad u organismo públicos que funcione como registro del beneficiario final o un mecanismo alternativo que posibilite un acceso efectivo a dicha información. Actualmente, el Plenario del GAFI concluyó un documento orientativo que ayudará a los países a implementar los requisitos revisados de la Recomendación 24. Ello también incluye la evaluación y la mitigación de los riesgos de lavado de activos y de financiamiento del terrorismo asociados a las sociedades extranjeras a los que sus países están expuestos. Esta guía es el resultado de varios meses de un intenso proceso de consulta a actores interesados externos y al sector privado a fin de garantizar que dicha guía sea clara y brinde respuestas a las preguntas que los actores interesados de los sectores público y privado puedan tener. La guía tiene como objetivo facilitar la implementación de las medidas necesarias para que las sociedades fantasma ya no puedan ser un refugio seguro para las ganancias de origen ilícito vinculadas a los delitos o al terrorismo.

Guia para Beneficiarios Finales del GAFI 2023:

En primer lugar destacan el rol estatal en la transparencia de las personas jurídicas, en nuestro sistema en principio los encargados de estos temas son los registros de personas jurídicas junto con la UIF. Se ha propuesto en 2022 a través de un proyecto de ley del PEN que esto sea implementado a futuro por la AFIP.

Esta identificación facilita que las autoridades pueden seguir la ruta del dinero en las investigaciones financieras. Los primeros estándares fueron realizados en 2003 y luego reforzados en 2012

Esta revisión debía incluir el enfoque basado en riesgo incluyendo las estructuras extranjeras que actúan en los países miembros del GAFI

Los cambios especifican el acceso a la información por las autoridades competentes, el cual debe ser rápido y la información debe ser adecuada para la identificación de los beneficiarios finales y debe estar actualizada. Los cambios incluyen mejor control para prevenir el mal uso de acciones/ valores al portador y prevenir el mal uso de los acuerdos de representación.

Se deberán tener en cuenta para reportar operaciones inusuales/ sospechosas, los siguientes factores: a) acceso a los registros por parte de los sujetos obligados, b) discrepancias materiales: Las autoridades de cada país deben definir que debe ser reportado c) se deben revisar y adjudicar los reportes con enfoque basado en riesgos

Las sociedades y estructuras jurídicas deben ser informadas de estas discrepancias y sus razones para que puedan ser rectificadas en tiempo y forma. Cuando la información sea presentada, la autoridad estatal debe considerar informar este hecho al sujeto obligado, esto debería socializarse/ compartirse con todos los organismos competentes. Para esto debemos tener en cuenta la legislación de confidencialidad de cada país.

Marco nacional y conclusiones

En nuestro país existen numerosas leyes que regulan el derecho societario como la ley general de sociedades (ley 19550 y cc) y la ley de capital emprendedor (ley 27349 y cc.). Asimismo, de acuerdo al objeto social también existen regulaciones nacionales específicas: ley de entidades financieras, ley de seguros, ley de mercado de capitales, etc.

La ley de nominatividad de los títulos valores (ley 25587 de 1995) establece que los mencionados valores deben ser nominativos no endosables o escriturales, prohibiendo los títulos al portador.

Por último, cabe recordar que la resolución 112/21 de la UIF regula a las estructuras jurídicas para que individualicen sus beneficiarios finales.

Podemos concluir que en la actualidad el registro de beneficiarios finales se encuentra diseminado en los distintos registros de estructuras jurídicas del país (provinciales y nacional), es importante que las autoridades nacionales, su poder legislativo y ejecutivo trabajen conjuntamente para alcanzar plenamente los estándares solicitados por el GAFI para beneficiarios finales.

Bibliografía.

Plenario del GAFI febrero 2023

Mejores prácticas sobre beneficiarios finales. GAFI. Marzo 2023. Versión en inglés.

Tratados y otros instrumentos internacionales para Prevenir el Lavado de Activos y Financiamiento del Terrorismo.

Claudia Gabriela Fornari[4]

Introducción

El objetivo del presente trabajo es presentar brevemente el resultado de la investigación sobre la regulación internacional para la prevención del lavado de activos y financiamiento del terrorismo – en adelante PLAFT – a los efectos de aportar al lector un resumen orientativo de las regulaciones emitidas por los distintos organismos intervinientes.

Regulación internacional sobre la Prevención del Lavado de Dinero y Financiamiento del Terrorismo

Para el abordaje del tema es importante establecer el contexto y a tal efecto detallar, por un lado, la nómina de organismos internacionales emisores de estándares y normas antilavado de activos y contra el financiamiento del terrorismo (ALA/CFT), a saber:

  • Organización de las Naciones Unidas (ONU) convenciones, UNSCRS.
  • Comité de Basilea sobre Supervisión Bancaria (1974) (Bancos centrales)
  • G10, declaración de principios (Conozca a su cliente (KYC) marcos de cooperación, entre otros)
  • Grupo Egmont de Unidades de Inteligencia Financiera (1995) agrupa a la UIF del mundo, establece memorandos de entendimientos (MOU), mecanismos de intercambios de información.
  • Banco Mundial y Fondo Monetario Internacional (BM-FMI)
  • Grupo de Acción Financiera Internacional (GAFI) (1989)
  • Grupo de Acción Financiera de América Latina (GAFILAT) (2000)
  • OEA: Comisión Interamericana para el Control del Abuso de Drogas (CICAD); Comité Interamericano contra el Terrorismo (CICTE) y Departamento contra la Delincuencia Organizada Transnacional (DDOT).

Por otro lado, se encuentran los instrumentos jurídicos internacionales contra el LA/FT a partir de la implementación a nivel internacional del sistema antilavado de activos y contra el financiamiento del terrorismo – en adelante ALACFT – en el que se puede observar que hasta los años 80’s había un incremento del crimen organizado transnacional a partir de lo cual hacia los años 90’s se establece el marco jurídico internacional que se materializa a través de convenciones, y surge el Grupo de Acción Financiera – en adelante GAFI ante la necesidad de fortalecer y armonizar las legislaciones nacionales y los estándares internacionales.

Así encontramos convenciones internacionales relevantes en el marco de la Organización de las Naciones Unidas – en adelante ONU -, tales como:

  • Convención de las Naciones Unidas contra el Tráfico Ilícito de Estupefacientes y Sustancias Psicotrópicas (Convención de Viena).
  • Convenio Internacional para la Represión de la Financiación del Terrorismo (Convención CFT).
  • Convención de las Naciones Unidas contra la Delincuencia Organizada Transnacional y sus Protocolos Complementarios (Convención de Palermo).
  • Convención de las Naciones Unidas contra la Corrupción (Mérida, 2003)

Asimismo, de la Organización de los Estados Americanos – en adelante OEA – emanan:

  • El Reglamento Modelo Americano Sobre Delitos de Lavado Relacionados con el Tráfico IIícito de Drogas y Delitos Conexos (1992) OEA- CICAD
  • La Convención Interamericana contra la Corrupción

En tanto, la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos – en adelante OCDE, establece:

La Convención para Combatir el Cohecho de Servidores Públicos Extranjeros en Transacciones Comerciales Internacionales (Convención OCDE sobre soborno transnacional).

Se suman al sistema internacional ALA/CFT las 40 Recomendaciones del Grupo de Acción Financiera – en adelante GAFI – que establecen los estándares para el marco de prevención ALA/CFT, con participación activa del organismo que ejerce un mecanismo de control, respecto de la implementación de dichos estándares, a partir de las evaluaciones mutuas de las cuales emergen las recomendaciones del organismo para los países miembros.

También contribuye con la lucha ALA/CFT el Convenio del Consejo de Europa Sobre el Blanqueo, Identificación, Embargo y Decomiso de los Productos Derivados de Actos Delictivos (Estrasburgo, 1990)

Por último, se complementa con la normativa internacional específica para el combate del terrorismo, a saber:

  • Convenio sobre la Prevención y el Castigo de Delitos contra Personas Internacionalmente Protegidas, incluso los Agentes Diplomáticos, aprobado por la Asamblea General de las Naciones Unidas el 14 de diciembre de 1973
  • Convenio Internacional contra la Toma de Rehenes, de 1979 Convenio Sobre la Protección Física de los Materiales Nucleares, de 1980
  • Protocolo para la Supresión de Actos Ilícitos de Violencia en Aeropuertos que sirven a la Aviación Comercial Suplementario a la Convención para la Supresión de Actos Ilícitos de Violencia en Aeropuertos que sirven a la Aviación Comercial. Hecho en Montreal el 24 de febrero de 1988.
  • Convenio para la Supresión de Actos Ilícitos en contra de la Seguridad de la Navegación Marítima, 1988 (Actividades terroristas en los barcos)
  • Protocolo para la Supresión de los Actos Ilícitos en contra de la Seguridad de las Plataformas Fijas en la Plataforma Continental, 1988 (Actividades terroristas sobre las plataformas fijas offshore)
  • Convenio sobre la Marcación de Explosivos Plásticos para Facilitar su Detección en el Combate del Sabotaje de Aeronaves, 1991
  • Convenio Internacional para la Represión de los atentados Terroristas cometidos con Bombas, aprobado por la Asamblea General de las Naciones Unidas el 15 de diciembre de 1997
  • En el marco de la ONU tenemos la Convención Interamericana Contra el Terrorismo (CICT)
  • Convenio Internacional para la Represión de los Actos de Terrorismo Nuclear 14 de septiembre de 2005
  • Por parte de la ONU encontramos Resoluciones del Consejo de Seguridad de Naciones Unidas que son vinculantes:
  • Resolución 1267 (1999) del Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas Ref. congelamiento de los fondos y otros recursos financieros, incluidos los fondos producidos o generados por bienes de propiedad de los Talibanes o bajo su control directo o indirecto, o de cualquier otra empresa de propiedad de los Talibanes o bajo su control.
  • Resolución 1373 (2001) del Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas Ref. a prevenir y reprimir la financiación de los actos de terrorismo, como también tipificar como delito la provisión o recaudación de fondos con intención de que se utilicen, o con conocimiento de que dichos fondos se utilizarán para perpetrar actos de terrorismo.

En tanto, en el ámbito de la Organización de los Estados Americanos (OEA) se encuentra:

  • La Convención Interamericana contra el Terrorismo (2002) OEA Convención

Conclusiones

Sin perjuicio de la abundante normativa internacional y de la adopción por parte de Argentina de las 40 Recomendaciones del GAFI en virtud de la cual emanan sendas resoluciones de la Unidad de Información Financiera, nuestro país ha ratificado las convenciones internacionales referidas a estas materias, a saber:

  • La Convención de las Naciones Unidas Contra el Tráfico Ilícito de Estupefacientes y Sustancias Sicotrópicas, aprobada por Ley N° 24.072; la Convención Internacional Contra la Delincuencia Organizada Transnacional, Aprobada por Ley N° 25.632; la Convención Interamericana Contra el Terrorismo, aprobada por ley n° 26.023; el Convenio Internacional para la Represión de la Financiación del Terrorismo, aprobado por ley n° 26.024 y la Convención de las Naciones Unidas Contra la Corrupción (https://www.argentina.gob.ar/normativa/nacional/decreto-652-2022-371866/texto).

Claramente los avances son concretos en materia de regulación, sin embargo el crimen organizado transnacional avanza, es cada vez más sofisticado y la tecnología es un factor clave para su diseminación encriptada, en conclusión, puede que se llegue a la disuasión de los delitos precedentes, y en consecuencia tarde para prevenir el lavado de activos, tal como y no limitado a: el caso de la trata de personas con fines de explotación sexual que utilizan como método de captación las redes sociales (Tinder, Facebook, Instagram) y cibercrimen.

Respecto del terrorismo, aún no existe una definición universal sobre el mismo, no hay un consenso a nivel internacional y conviven el sistema dualista y monista en materia de legislación ante la necesidad de tipificar una pena.

Lo mismo sucede con la corrupción, delito que aún no se encuentra tipificado en ciertos códigos penales, incluyendo el de Argentina.

Estas zonas grises son permeables a los delitos, son oportunidades para el crimen organizado, y en consecuencia deterioran las economías y debilitan a los Estados.

El dinero ilícito es la contracara de los Derechos Humanos.

Fuentes de información

Sitio oficial PROCELAC. Convenciones y Convenios internacionales. Ministerio Público Fiscal. https://www.mpf.gob.ar/procelac-lavado/normativa/

Sitio oficial de la UIF. Tratados y otros instrumentos internacionales

https://www.argentina.gob.ar/uif/normativa/tratados

La Transparencia Pública y Argentina como país

Luisa Fernanda Herrera[5]

Cuando se habla de cómo está la Argentina como país en relación a un ítem tan importante como la transparencia, hay que preguntarse acerca de varias cuestiones.

Para empezar, habría que preguntarse por: ¿Cómo está la Argentina en cuanto a las compras públicas? ¿Cuáles han sido sus avances? Lo último, teniendo en cuenta que no todo es malo ni negativo en la búsqueda de la transparencia. Y ¿en qué lugar se encuentra hoy frente a los índices de transparencia internacional?

Una posible respuesta a ello debe tener en cuenta la adquisición de bienes, servicios y el desarrollo de la obra pública en la Argentina que maneja grandes márgenes de discrecionalidad ya que no existe una ley nacional que los regule. En este contexto, los avances se asocian con el establecimiento de un sistema de compras electrónicas y la creación de portales digitales en los que se publicitan los procesos de adquisiciones estatales. Como, por ejemplo, el portal de COMPR.AR (comprar.gob.ar) para bienes y servicios y el portal de CONTRAT.AR (contrat.ar) en materia de obras públicas, que aglutinan la información referida a estos procedimientos, aunque no de forma integral, pero dejándola disponible para cualquier interesado.

A lo anterior se suma la existencia de un Sistema de Proveedores (SIPRO) que registra a todos los oferentes y beneficiarios de las contrataciones que realizan los órganos de la Administración Pública Nacional. Este Sistema (SIPRO) también registra a quienes se encontraban excluidos en el pasado o a quienes presenten problemas en la actualidad para contratar con el Estado.

Otra pregunta que importa es saber ¿Cómo está la Argentina en cuanto a la Transparencia del Beneficiario Final?

Por el momento en el país no existen registros en un sitio en línea y existen, por el contrario, muchas barreras para el acceso a la información. Por ejemplo, cualquier sujeto obligado que se encuentre interesado en conocer la información de beneficiarios finales, debe presentar un requerimiento formal a la Inspección General de Justicia (IGJ), solicitud que tiene un costo dinerario establecido por la IGJ.

El proyecto que existe hoy busca que la información de los beneficiarios finales pase a estar bajo la titularidad de la AFIP (Administración Federal de Ingresos Públicos) para que entonces la UIF (Unidad de Información Financiera) pueda tener pleno acceso a la información que requiera al respecto. Lo que constituye que el principal desafío para el país se condense en la creación de un Registro Nacional Centralizado de personas jurídicas, asegurando el acceso público y gratuito a cualquier ciudadano.

De todos modos, hoy por hoy, está pendiente definir con claridad los organismos públicos que deben vigilar, monitorear y sancionar estas obligaciones. Faltando definir además sus competencias y articular sus acciones en torno a ese sistema integral aún inexistente.

La tercera pregunta a hacerse es ¿Cómo esta la Argentina en cuanto a la recuperación de activos?

Hoy en la Argentina se permite el decomiso de bienes sin necesidad de una condena en los casos de delitos de narcotráfico y contra el orden económico y financiero. Para otros casos y según la Ley 20.785 que trata sobre los bienes objeto de secuestro en causas penales, su custodia y su disposición que data del año de 1974, se requiere una condena firme antes de proceder a decomisar activos.

La tarea de recuperar los bienes sustraídos del patrimonio público se dificulta debido a la inexistencia de un registro completo e histórico de bienes secuestrados y decomisados durante los procesos penales y debido a la falta de diferenciación entre los delitos contra la Administración Pública y los delitos comunes. Los activos recuperados encuentran obstáculos para ingresar al patrimonio del Poder Judicial. La desorganización administrativa, hace que cada juez deba manejar los bienes decomisados según el caso.

Hablando un podo de la organización administrativa que tiene la Argentina al respecto, en el ámbito del Ministerio Público Fiscal, existe la Procuraduría de Criminalidad Económica y Lavado de Activos (PROCELAC) que contribuye al trabajo de los Fiscales, colaborando con las investigaciones o realizando investigaciones preliminares que luego dan pie a una denuncia formal y existe también la Procuraduría de Investigaciones Administrativas (PIA), que cumple el mismo rol de la PROCELAC pero trata únicamente los delitos contra la Administración Pública.

La cuarta y última pregunta a hacerse es ¿Cómo está la Argentina en cuanto a la integridad en la Administración Pública?

Recién en el año 2017 se creó un registro de obsequios y otro registro de viajes financiados por terceras personas, con el fin de asegurar la transparencia en este tipo de obsequios.

En lo que hace a las declaraciones juradas integrales que deben presentar los funcionarios públicos, las mismas contienen, junto con datos patrimoniales, información sobre su situación laboral y sus incompatibilidades y conflictos de interés. Pero la falta de independencia orgánica de la Autoridad de Aplicación, la Oficina Anticorrupción (OA) que depende del Ejecutivo Nacional y directamente de la Presidencia de la Nación, y el bajo cumplimiento de la norma por parte del Poder Legislativo y Judicial, en la Argentina aumentan los niveles de debilidad de esta ley que carece de elementos mínimos para llevar adelante un efectivo control de la gestión pública.

Lo anterior ha derivado en la búsqueda de la modificación de la Ley de Ética de la Función Pública, la Ley 25.188, que fue sancionada hace veinticuatro años atrás, en 1999.

En Febrero del año pasado, 2022, la Oficina Anticorrupción habilitó la participación ciudadana en la modificación de la ley ya existente, y hasta Septiembre de 2022, se pudieron hacer aportes de manera virtual. Una vez definido el texto deberá contar con el aval del Ejecutivo y del Congreso para su avance.

La Argentina como país ha dado pequeños pasos en su camino hacia la Transparencia Pública, pero se hace evidente que no es suficiente lo que se ha hecho ni lo que se esta proyectando hacer en un futuro, para conseguir materializar mejores niveles de transparencia en el sector público y respecto a temas como la prevención del lavado de activos. Hay que seguir trabajando y en la dirección correcta, eso, seguro.

[1] Lic. y. Mgtr. en Relaciones Internacionales. Miembro. Departamento del Área de Seguridad & Defensa. Instituto de Relaciones Internacionales (IRI), Universidad Nacional de La Plata. Docente. Director de la consultora Mente Inter-Nazionale.

[2] Embajadora de Panamá en Francia.

[3] Abogada especialista en asesoría jurídica de empresas UBA. Docente en la Maestría en Inteligencia Estratégica Nacional. Universidad Nacional de la Plata.

[4] Abogada. CEC-IFCA. Integrante de la Red de Expertos del Observatorio Interamericano de Gobernanza e Innovación Pública (OIGIP).

[5] Magíster (Mgtr.) en Políticas Públicas. FLACSO, Argentina. Calificación DISTINGUIDA. (2021)-Lic. en Antropología. Universidad ICESI, Colombia (2015)-Lic. en Ciencia Política con énfasis en Relaciones Internacionales. Universidad ICESI, Colombia (2015)-Coordinadora General: Mente Inter-Nazionale